Narodne novine · 09 Sep 2026 · 2 vistas
El Reglamento establece el Registro estatal fundamental de islas con un catálogo de códigos único
Por FactBox Admin

La Ministra de Desarrollo Regional y Fondos de la Unión Europea, Nataša Mikuš Žigman, ha promulgado el Reglamento sobre la metodología de organización y gestión del Registro de Islas, publicado en el Boletín Oficial (Narodne novine) n.º 100 del 9 de septiembre de 2026, bajo el número 1203. El Reglamento establece un registro estatal fundamental con un catálogo único de islas, que sirve como herramienta para la gestión eficiente, la planificación estratégica y la orientación de la política de desarrollo de las islas.
La normativa ha sido adoptada sobre la base del artículo 12, párrafo 3, de la Ley de Islas («Narodne novine», n.º 13/26), y entrará en vigor a los ocho días de su publicación en el boletín oficial.
Qué es el Registro de Islas
El Registro de Islas se define como el registro fundamental de la República de Croacia con un catálogo único de islas, así como registros de datos y cartográficos para el área de las islas. Se trata de un registro electrónico oficial organizado y gestionado por el Ministerio de Desarrollo Regional y Fondos de la Unión Europea, y se compone del Registro Básico de Islas y el Sistema de Información Integrado de Indicadores Insulares.
El concepto de isla, en el sentido del Reglamento, incluye las islas y los islotes de la República de Croacia, incluyendo la península de Pelješac, que tiene estatus de isla. El Ministerio organiza y gestiona el registro de manera que permita la vinculación de datos con otros registros oficiales de los órganos de la administración estatal y los organismos de derecho público, de acuerdo con las normativas sobre la infraestructura de información estatal.
Datos en el Registro Básico de Islas
El Registro Básico de Islas contiene categorías de datos obligatorias, entre las que se encuentran:
- datos de identificación
- datos sobre la clasificación de las islas según la Ley de Islas
- datos geográficos
- datos sobre la competencia territorial
- datos demográficos
- datos catastrales y de planificación espacial
- datos sobre la red de transporte
- datos sobre la protección de la naturaleza y el medio ambiente, así como la gestión de los recursos naturales
- datos sobre bienes culturales e infraestructura cultural
- datos sobre asistencia sanitaria
- datos sobre servicios sociales y educativo-formativos
- datos económicos
- datos sobre infraestructura municipal
- representaciones gráficas y datos geoespaciales
El registro puede contener otros datos relativos a las islas. El Sistema de Información Integrado de Indicadores Insulares abarca las islas habitadas, para las cuales se muestran los valores de los indicadores de desarrollo insular, y su propósito es la gestión eficiente, la planificación estratégica y la orientación de la política de desarrollo de las islas.
Vinculación y sostenibilidad de los datos
El Ministerio, en colaboración con los órganos de la administración estatal y los organismos de derecho público, establece modelos de datos para el desarrollo de las islas. La modificación de los datos se realiza informáticamente a través de servicios de red electrónicos, y los datos se actualizan periódicamente, de acuerdo con la dinámica de actualización de los registros oficiales originales de los que se obtienen.
Si los datos necesarios para el registro no están incluidos en la infraestructura nacional de datos o no es posible obtenerlos al nivel espacial solicitado, los organismos competentes están obligados, a petición del Ministerio, a proporcionar los datos solicitados en la forma y los plazos que el Ministerio determine. Cada entrada, modificación o eliminación de datos queda registrada permanentemente en el registro, el cual permite la revisión del historial de las entradas registradas. Se consideran datos públicamente disponibles aquellos datos mencionados en el artículo 5 del Reglamento, y el nombre del organismo que posee los datos o del cual se obtienen debe indicarse obligatoriamente en el Registro Básico de Islas.
El Reglamento lleva la Clase: 304-01/26-04/14 y el Número de documento: 538-08-1-1-1/660-26-13, y fue firmado en Zagreb, el 3 de septiembre de 2026. El establecimiento de un registro único es un paso fundamental hacia un seguimiento integral y armonizado del estado de las islas croatas, lo que permitirá una planificación más fiable de la política insular y una mejor interconexión de todos los registros estatales pertinentes.
»El presente Reglamento prescribe la forma de gestión y los datos que se llevan en el Registro de Islas, así como el procedimiento, la metodología de organización y la vinculación del Registro de Islas con otros registros oficiales.« — Reglamento sobre la metodología de organización y gestión del Registro de Islas, artículo 1, Narodne novine n.º 100/2026.