BOP de Córdoba · 05 Nov 2026 · 4 vistas
Pozoblanco somete a alegaciones la revisión de la ordenanza que regula el IBI
Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Pozoblanco aprobó inicialmente, en sesión ordinaria del 27 de octubre de 2026, la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 214, de 5 de noviembre de 2026, con la referencia oficial BOP-A-2026-3721 (pág. 15893). La revisión abre un plazo de 30 días para alegaciones y condiciona el recibo que los propietarios del municipio abonarán en el próximo ejercicio.
El anuncio forma parte del acuerdo plenario por el que se aprobó inicialmente modificar «determinadas ordenanzas fiscales», aunque el detalle publicado en el boletín concreta un único texto: la ordenanza del IBI. El expediente tramitado al efecto, junto con el texto íntegro de las ordenanzas fiscales, queda a disposición de los interesados durante el periodo de información pública.
La tramitación se ampara en el artículo 17 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. El anuncio está firmado en Pozoblanco el 29 de octubre de 2026 por el Alcalde-Presidente, Santiago Cabello Muñoz.
Aprobación inicial en sesión ordinaria
Los datos esenciales del acuerdo publicado son los siguientes:
- Órgano que decide: el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Pozoblanco, en sesión ordinaria.
- Fecha de la sesión: 27 de octubre de 2026.
- Alcance: aprobación inicial de la modificación de la ordenanza reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
- Publicación: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 214, de 5 de noviembre de 2026, pág. 15893.
- Referencia oficial del anuncio: BOP-A-2026-3721.
Se trata de una aprobación inicial, no definitiva: el texto aún no está cerrado y puede variar si se admiten reclamaciones durante la exposición pública.
Treinta días para presentar reclamaciones
El expediente y el texto íntegro de las ordenanzas quedan expuestos al público durante un plazo de treinta días contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el boletín provincial, es decir, desde el 6 de noviembre de 2026.
En ese periodo podrán formularse, de conformidad con el artículo 17 del Real Decreto 2/2004, las siguientes actuaciones:
- Reclamaciones contra el contenido de la modificación aprobada.
- Reparos u observaciones sobre el expediente.
- Cuantas consideraciones se estimen convenientes sobre el texto de la ordenanza.
El trámite está abierto a cualquier interesado, incluidos los propietarios de bienes inmuebles del término municipal, que son los sujetos directamente afectados por el tributo.
Efecto sobre el recibo del próximo ejercicio
La ordenanza del IBI es la norma municipal que fija la regulación del impuesto que grava la titularidad de los bienes inmuebles en el término municipal. Por tanto, cualquier cambio en su redacción repercute en la gestión y en el importe del recibo que los propietarios abonan al Ayuntamiento.
La revisión se enmarca en el procedimiento ordinario de modificación de ordenanzas fiscales, que exige la exposición pública previa a la aprobación definitiva. Si no se presentan reclamaciones en el plazo indicado, el acuerdo inicial queda elevado a definitivo sin necesidad de un nuevo pronunciamiento plenario, conforme al mismo artículo 17.
Otros acuerdos de la misma sesión
El pleno del 27 de octubre dejó otro rastro en el mismo boletín, en este caso con un plazo distinto:
- Modificación de créditos nº 12/2026 (Gex 2026/14944), en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito, financiada con cargo al remanente de Tesorería para gastos generales resultante de la liquidación de 2025.
- Exposición pública de ese expediente durante quince días desde la publicación, en las dependencias municipales y en horario de oficina (anuncio BOP-A-2026-3720, pág. 15892, firmado el 30 de octubre de 2026).
Ambos trámites comparten origen —la sesión plenaria del 27 de octubre— pero tienen plazos y objetos diferentes: 30 días para la ordenanza fiscal y 15 días para la modificación presupuestaria.
Relevancia
La revisión de la ordenanza del IBI es el anuncio de mayor impacto económico directo de los publicados por el Ayuntamiento de Pozoblanco esta semana: afecta a todos los propietarios de inmuebles del municipio y determina el recibo del próximo ejercicio. El plazo para alegar arranca el 6 de noviembre, por lo que cualquier vecino que quiera influir en el texto tiene un mes para hacerlo por escrito ante el Consistorio.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, nº 214, 5 de noviembre de 2026, Administración Local, pág. 15893 (referencia oficial: BOP-A-2026-3721).