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BOP de Ciudad Real · 02 Sep 2026 · 1 vistas

Porzuna regula los matrimonios civiles y fija una tasa de 20 y 50 euros

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Porzuna ha aprobado definitivamente la Ordenanza Municipal Reguladora de la Realización de Matrimonios Civiles y de la Regulación de las Tasas por la Prestación del Servicio, que establece una tasa de 20 euros para los contrayentes empadronados en el municipio y de 50 euros para quienes no lo estén. La norma, adoptada en sesión ordinaria del Pleno del 8 de julio de 2026, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real de 2 de septiembre de 2026 (anuncio número 2812).

El expediente se sometió a información pública durante 30 días mediante anuncio publicado en el BOP n.º 130 de 10 de julio de 2026 y en el tablón de anuncios de la sede electrónica municipal. Al no haberse formulado reclamación ni alegación alguna, y en aplicación del artículo 49.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el acuerdo provisional se entiende definitivamente adoptado. La ordenanza fue firmada por el alcalde, Carlos Jesús Villajos Sanz, el 31 de agosto de 2026.

Objeto y marco normativo

La ordenanza unifica en una sola norma la regulación de la celebración de matrimonios civiles y las tasas por la prestación del servicio, dando respuesta a unas necesidades sociales “cada día más demandadas por nuestra ciudadanía”. Se dicta de conformidad con la Ley 35/1994, de 23 de diciembre, de modificación del Código Civil, y las instrucciones de 26 de enero de 1995 y 10 de enero de 2013 de la Dirección General de los Registros y el Notariado sobre celebración de matrimonios civiles ante Alcaldía o Concejal delegado.

En el plano fiscal, la exacción se fundamenta en el Real Decreto Legislativo 2/2004, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales. La tasa se exigirá en régimen de autoliquidación y su pago deberá realizarse con carácter previo a la celebración, presentando el justificante junto con la documentación del expediente.

Lugar, fechas y tramitación

La celebración tendrá lugar con carácter general en la sala de plenos del Ayuntamiento de Porzuna, aunque podrá autorizarse en otras dependencias o locales municipales que reúnan condiciones adecuadas de decoro y funcionalidad. Los matrimonios se celebrarán de lunes a viernes, excluidos los festivos, si bien Alcaldía podrá excluir días por motivos de agenda.

  • Con carácter excepcional, cuando al menos un contrayente esté empadronado en Porzuna y por motivos laborales no pueda adecuarse a los días ordinarios, podrá contraer matrimonio en fin de semana o festivo si la agenda lo permite.
  • No se admitirán compromisos de fechas por un plazo superior a doce meses desde la recepción de cada solicitud.
  • Las celebraciones serán otorgadas por Alcaldía, que podrá delegar en un Concejal para fechas concretas, períodos o turnos.
  • Queda prohibido arrojar arroz, confetis, pétalos u otros elementos en el interior de la sala, y la ornamentación especial correrá a cargo de los interesados.

Cuotas y deducciones

La ordenanza fija dos cuotas en función del empadronamiento de los contrayentes:

  • 20 euros cuando al menos uno de los contrayentes esté empadronado en Porzuna.
  • 50 euros cuando ninguno de los contrayentes esté empadronado en el municipio.

Cuando existan razones sociales o benéficas que lo aconsejen, el Alcalde, previa solicitud de los sujetos pasivos y a propuesta de los Servicios Sociales del Ayuntamiento, podrá conceder una deducción íntegra de la cuota tributaria. La tasa se devenga en el momento de presentación de la solicitud para concreción de fecha y hora, y no procederá devolución alguna cuando la no prestación del servicio sea imputable al sujeto pasivo.

Entrada en vigor y recursos

La ordenanza entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real y permanecerá vigente hasta su modificación o derogación expresa por el Pleno del Ayuntamiento. Contra el acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses desde la publicación, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

La nueva regulación aporta seguridad jurídica a las parejas que deseen casarse en Porzuna y dota al municipio de un marco claro de tarifas y condiciones, con un tratamiento diferenciado y más favorable para los vecinos empadronados y una vía de exención para quienes acrediten circunstancias sociales o benéficas.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, 2 de septiembre de 2026, sección Ayuntamientos (anuncio número 2812).