BOP de Cáceres · 19 Oct 2026 · 3 vistas
Plasencia abre la convocatoria de 4.000 euros para las asociaciones de mayores
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Plasencia ha abierto la convocatoria de subvenciones para las actividades a desarrollar por las asociaciones de mayores durante 2026, dotada con 4.000 euros y tramitada en régimen de concurrencia competitiva. Las bases se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres número 0200, de 19 de octubre de 2026, en la Sección I - Administración Local, con la referencia oficial BOP-2026-4878 y firma del alcalde-presidente, David Casimiro Dóniga Estévez, el 15 de octubre de 2026.
Objeto: actividades, igualdad y funcionamiento
La convocatoria financia el fomento de las actividades previstas en el proyecto de cada asociación de mayores de Plasencia, con atención al desarrollo y promoción del movimiento asociativo y a la participación de los mayores. También se subvencionan las actividades que promuevan la igualdad de género entre los mayores del distrito correspondiente a cada asociación y la ciudadanía placentina en general, así como los gastos de funcionamiento de las asociaciones legalmente constituidas e inscritas en el Libro Registro municipal de Asociaciones.
El marco normativo lo componen la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba su Reglamento. Se aplica además la Ordenanza reguladora del Régimen General de Subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia, aprobada por el Pleno el 30 de octubre de 2006 y publicada en el BOP de Cáceres número 30, de 12 de febrero de 2007, junto con el Plan estratégico de subvenciones aprobado por la Junta de Gobierno Local el 16 de mayo de 2026 (BOP número 137, de 21 de julio de 2026).
Cuatro mil euros y un techo de 2.500 por entidad
El importe total de las subvenciones no excederá de 4.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria 0105-23114-48927, si bien la Junta de Gobierno Local se reserva el derecho de no utilizar la totalidad de esa cantidad. La cuantía máxima por beneficiario no superará en ningún caso los 2.500 euros y la ayuda no podrá exceder del 75% del presupuesto total del proyecto subvencionado.
Podrán ser beneficiarias las asociaciones que cumplan estos requisitos:
- Estar inscritas en el Libro Registro municipal de Asociaciones.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Plasencia.
- No incurrir en las circunstancias del artículo 13.2 de la Ley 38/2003.
- Haber justificado las subvenciones recibidas del Consistorio en ejercicios anteriores.
Quince días naturales y sede electrónica
Las solicitudes, firmadas por la presidencia de la asociación, se presentarán únicamente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Plasencia en el plazo de quince días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP, y se dirigirán al alcalde. La documentación exigida incluye:
- El anexo normalizado de solicitud de la Orden de Subvención 2026.
- Fotocopia del NIF de la asociación y del DNI de su representante.
- Proyecto de actividades cuantificado y presupuestado, y presupuesto de gastos de funcionamiento.
- Certificados del secretario de la Junta Directiva sobre representación legal y número de socios.
- Declaración responsable sobre el artículo 13 de la Ley 38/2003 y documentación acreditativa de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, exigible si la subvención supera los 3.000 euros.
- Copias del Libro de Actas y justificación de la subvención del ejercicio anterior.
Si la solicitud está incompleta, se concede un plazo improrrogable de diez días para subsanar; de lo contrario se tendrá por desistida.
Baremo de 150 puntos y reparto proporcional
La valoración asigna hasta 150 puntos, equivalentes a la cuantía máxima de 4.000 euros, y el reparto se hace multiplicando el precio por punto obtenido por cada asociación solicitante. Los criterios son:
- Proyecto de actividades: hasta 50 puntos, con 25 puntos por cada actividad realizada con otra asociación vinculada a la promoción de Plasencia y el norte extremeño o de carácter intergeneracional.
- Actividades por la igualdad de género: 10 puntos por evento, hasta 40.
- Número de socios: 5 puntos hasta 100 socios y 10 puntos a partir de 101.
- Sede social: 0 puntos sin sede, 10 con local municipal y 20 con local propio.
- Participación en convocatorias y actividades municipales de 2026: 10 puntos por evento, hasta 30.
La instrucción corresponde a la Concejalía Delegada de Mayores y la resolución a la Junta de Gobierno Local, en el plazo máximo de seis meses desde la publicación en el BOP. El órgano colegiado de evaluación lo preside la concejalía de Mayores, con los concejales de Hacienda y Servicios Sociales como vocales, el secretario general como fedatario y un técnico de la Administración Local. El abono se realiza como pago anticipado del 100% sin garantías, y la justificación debe presentarse antes del 31 de diciembre de 2026.
Impacto para el movimiento asociativo
La convocatoria llega con un presupuesto contenido —4.000 euros frente a un techo de 2.500 por entidad— y un baremo que prima la colaboración entre asociaciones y la sede propia, por lo que las entidades pequeñas dependen de sumar puntos con actividades conjuntas. Para el movimiento asociativo de mayores de Plasencia el calendario es ajustado: quince días para solicitar, seis meses de resolución y justificación antes de fin de año, con la advertencia de que la falta de justificación obliga al reintegro. Contra las bases cabe recurso potestativo de reposición en un mes ante la Junta de Gobierno Local o contencioso-administrativo en dos meses.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, número 0200, de 19 de octubre de 2026, Sección I - Administración Local, págs. 23735-23744 (referencia oficial: BOP-2026-4878).