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BOP de Burgos · 30 Sep 2026 · 20 vistas

Peral de Arlanza convoca ayudas a la natalidad y al material escolar

Por FactBox Admin

Peral de Arlanza convoca ayudas a la natalidad y al material escolar

El Ayuntamiento de Peral de Arlanza ha convocado subvenciones para el fomento de la natalidad y para la compra de libros y material escolar del curso 2026/2027, por el procedimiento de concurrencia competitiva. La convocatoria se aprobó mediante Resolución de Alcaldía de 16 de septiembre de 2026 y su extracto se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos núm. 186, de 30 de septiembre de 2026, con la referencia BOPBUR-2026-04035. El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, donde la convocatoria tiene asignado el código 929871.

La medida se ampara en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, que regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las ayudas públicas. Las bases reguladoras son las de la ordenanza específica para la concesión de subvenciones en materia de fomento de la natalidad y compra de libros o material escolar, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos n.º 84, de 5 de mayo de 2017.

Beneficiarios y objeto de las ayudas

Podrán acogerse a las subvenciones el padre, la madre o el tutor legal de los alumnos que cursen educación infantil, primaria o educación secundaria obligatoria y cumplan los requisitos de las bases. En la línea de fomento de la natalidad se incluye expresamente a:

  • Los progenitores, ya sean cónyuges, parejas de hecho inscritas en el registro municipal o autonómico, o familias monoparentales con hijos.
  • Los adoptantes de los niños.

En la línea de adquisición de material escolar, los beneficiarios son los padres o tutores del niño o niña matriculado en cualquier centro que imparta enseñanzas regladas hasta el final de la educación secundaria obligatoria. Serán subvencionables cada nacimiento o adopción formalizada por los beneficiarios y la compra de libros de texto o material escolar para el alumnado de infantil, primaria y ESO.

Cuantías y bases reguladoras

Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención corresponden a la aplicación 334 480, y la cuantía total máxima convocada es de 1.500 euros. El importe de la ayuda se fija en:

  • 100 euros por cada niño o niña matriculado en enseñanzas obligatorias, hasta la ESO.
  • 300 euros por cada nacimiento o adopción.

En ambos casos, las ayudas se concederán hasta agotar el límite máximo de 1.500 euros.

Plazo, requisitos y documentación

Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como anexo de la convocatoria, se dirigirán al alcalde-presidente y se presentarán en el Registro de entrada del ayuntamiento o por cualquiera de los medios del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. El plazo es de diez días naturales desde la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos, por lo que finaliza el 10 de octubre de 2026.

Los solicitantes deberán acreditar la matrícula en un centro con enseñanzas regladas y, en su caso, el nacimiento o la adopción, además de:

  • Copia compulsada de la matrícula o, en nacimientos, certificado del Registro Civil.
  • Certificado de empadronamiento que acredite residencia efectiva en el municipio durante al menos los dos últimos meses.
  • Certificación municipal de estar al corriente de las obligaciones fiscales municipales del año anterior.
  • Cuenta corriente bancaria para el ingreso y declaración jurada de otras ayudas recibidas por la misma finalidad.

El extracto está firmado en Peral de Arlanza a 16 de septiembre de 2026 por el alcalde, Ricardo de la Peña García.

La convocatoria ofrece un apoyo directo a las familias del municipio en un curso marcado por el coste de los libros y el material escolar, y refuerza el objetivo municipal de fijar población mediante un incentivo económico por cada nacimiento o adopción. Con un máximo de 1.500 euros y ayudas de 100 y 300 euros, el margen de solicitud es limitado, por lo que las familias interesadas deben reunir la documentación y presentarla dentro del plazo de diez días naturales.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Burgos, núm. 186, de 30 de septiembre de 2026, sección III. Administración Local, págs. 16-18 (referencia oficial: BOPBUR-2026-04035).