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BOP de Tarragona · 02 Nov 2026 · 11 vistas

Perafort habilita 660.800 euros de crédito extraordinario para inversiones y servicios

Por FactBox Admin

Perafort habilita 660.800 euros de crèdit extraordinari per a inversions i serveis

El Ayuntamiento de Perafort ha aprobado una modificación de crédito del presupuesto vigente por un importe global de 660.800 euros, destinada a cubrir gastos de inversión y corrientes que no tenían crédito consignado suficiente ni ampliable. La operación se desglosa en un suplemento de crédito de 240.900 euros y un crédito extraordinario de 419.900 euros. El anuncio, firmado por el alcalde Jordi Cacho Pallarès con fecha de firma electrónica del 29 de octubre de 2026, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona (BOPT) del 2 de noviembre de 2026, con la referencia CVE 2026-10173 (pág. 1-3).

El acuerdo se enmarca en el artículo 169.1, por remisión del artículo 177.2, del Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo. El texto justifica la modificación en la «inexistencia de crédito por diversos gastos de inversión y corrientes» con crédito consignado insuficiente y no ampliable, y articula la operación con cargo a mayores ingresos e incorporación de remanente.

Con el suplemento, las aplicaciones afectadas pasan de 743.369,58 euros a 984.269,58 euros; el crédito extraordinario, que parte de cero en todas las partidas, añade 419.900. El conjunto de la modificación llega así a los 660.800 euros.

El detalle del suplemento de crédito

El suplemento afecta a dieciséis aplicaciones presupuestarias, con una aportación adicional de 240.900 euros. Las más relevantes son:

  • Fiestas diversas: 90.000 euros (de 157.000 a 237.000).
  • Contratación de personal (ETT): 32.000 euros (de 118.000 a 150.000).
  • Estudios y trabajos técnicos: 20.000 euros (de 150.000 a 170.000).
  • Edificio Escuela Infantil, trabajos técnicos de otras empresas: 15.000 euros (de 35.000 a 50.000).
  • Jurídicos, contenciosos y tribunales: 12.000 euros (de 5.000 a 17.000).
  • Edificios y otras construcciones: 12.000 euros (de 18.000 a 30.000).
  • Infraestructuras y bienes naturales: 9.000 euros (de 8.000 a 17.000).
  • Construcción del muro de la calle del Castell: 5.000 euros (de 109.069,58 a 114.069,58).
  • Inversiones en centros educativos y subvención al Centro Juventud (Nadal): 3.000 euros cada una.
  • Reuniones, conferencias y cursos y vestuario de vigilantes: 2.000 euros cada una.
  • Vestuario de brigada y limpieza, prensa y publicaciones, transferencia a Comarcas y desplazamiento de la caja de luz de la plaza Generalitat: entre 800 y 1.000 euros por partida.

Crédito extraordinario: 419.900 euros, con los inmuebles como gran partida

El crédito extraordinario financia diez actuaciones que no tenían ninguna consignación inicial. La compra de inmuebles, con 375.000 euros, concentra casi nueve de cada diez euros de este bloque y se convierte en la decisión económica más voluminosa de la operación.

El resto de partidas son:

  • Bombas para los sistemas de saneamiento: 15.000 euros.
  • Sustitución de hidrantes en el polígono industrial: 12.000 euros.
  • Ampliación de la acequia para el riego por aspersión del césped de la piscina de Puigdelfí: 5.500 euros.
  • Equipo de sonido para los plenos municipales: 5.100 euros.
  • GPS para el control de vehículos del Ayuntamiento: 2.100 euros.
  • Servicio de podología: 2.000 euros.
  • Conexión eléctrica y cuadro del aula de costura: 1.800 euros.
  • Reposición de la antena wifi de las aulas de la Escuela Infantil: 1.100 euros.
  • Plastificadora para el Ayuntamiento: 300 euros.

Financiación y publicación oficial

La financiación se completa con mayores ingresos, incorporación de remanente y una baja en aplicaciones de gastos: la aplicación de jardinería de la zona de la avenida Catalunya se reduce en 175.800 euros y pasa de 236.900 a 61.100 euros.

Contra el acuerdo, el documento indica que los interesados pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos de los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta jurisdicción, de acuerdo con el artículo 171 del Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales. La interposición del recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acuerdo impugnado, según el artículo 113.3 de la Ley 7/1985.

La operación llega en el tramo final del ejercicio y deja el presupuesto de Perafort mucho más cerca de las necesidades reales del municipio: ordena gastos que hasta ahora no tenían cobertura, como el personal contratado a través de ETT, los servicios jurídicos o el mantenimiento de equipamientos, y reserva la mitad de los recursos nuevos para inversión. Para los vecinos, el dato más relevante es la compra de inmuebles por 375.000 euros, una decisión patrimonial de gran alcance que deberá concretarse en los próximos meses.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona, 2 de noviembre de 2026, sección I, pág. 1-3 (referencia oficial: CVE 2026-10173 / anuncio 365987).