FactBox.

Gazette of the Government of Maldives · 05 Nov 2026 · 8 vistas

La Oficina de Pensiones modifica las normas de liberación del fondo del Hajj con un nuevo depósito del 20 por ciento

Por FactBox Admin

Pension Office amends Hajj fund release rules with new 20 percent deposit

La Oficina de Administración de Pensiones de Maldivas ha endurecido las normas para la liberación de los ahorros jubilatorios destinados al pago del Hajj obligatorio, estableciendo que un pago en efectivo del 20 por ciento a la empresa gubernamental de servicios de Hajj sea el detonante para que el 80 por ciento restante sea retirado de la cuenta de ahorros jubilatorios del miembro. El cambio se detalla en el Reglamento No. 2026/R-92, la segunda enmienda al Reglamento No. 2019/R-1032, publicado en la Gaceta del Gobierno de Maldivas, Volumen 55, Número 163, el 5 de noviembre de 2026, correspondiente al 25 de Jumada al-Ula de 1448. Entró en vigor en la fecha de su publicación en la Gaceta.

El reglamento es emitido por la Oficina de Administración de Pensiones de Maldivas en Malé bajo la Ley de Pensiones, citando las secciones 32(h) y 32-1(r) de dicha ley y las facultades conferidas por las secciones 3(n) y 6(f). El texto reescribe las disposiciones operativas centrales del texto de 2019 —artículos 6, 7, 8, 10, 13, 14, 15 y 16— e inserta varios artículos nuevos, incluyendo un nuevo artículo 6-1 que confirma que los miembros que ya hayan alcanzado la edad de jubilación aún pueden liberar ahorros pensionarios para el Hajj obligatorio.

Las normas vinculan a dos grupos: los miembros del Plan de Pensiones de Jubilación de Maldivas que poseen ahorros en una cuenta de ahorros jubilatorios, y los operadores de Hajj que transportan peregrinos desde Maldivas, quienes ahora deben firmar un acuerdo escrito con la Oficina de Pensiones antes de que se mueva cualquier cantidad de dinero.

Veinte por ciento por adelantado, ochenta de los ahorros

Según el nuevo artículo 7-1, un miembro que cumpla las condiciones de elegibilidad establecidas en el artículo 30 de la Ley de Pensiones puede reservar una plaza de Hajj a través de la empresa gubernamental y luego solicitar a la Oficina de Pensiones que liquide el saldo. La mecánica se fija de la siguiente manera:

  • El 20 por ciento del precio del Hajj debe pagarse directamente a la empresa gubernamental de servicios de Hajj.
  • El 80 por ciento restante se solicita de la cuenta de ahorros jubilatorios, utilizando el formulario de la Oficina de Pensiones o un canal electrónico.
  • La empresa debe confirmar a la Oficina de Pensiones que se ha pagado el 20 por ciento.
  • La empresa debe informar qué miembros reservaron plazas y para qué año.
  • La empresa y la Oficina de Pensiones deben firmar un acuerdo que cubra las reservas y la liberación de fondos.

Los miembros que organicen el Hajj fuera de la empresa gubernamental están cubiertos por el artículo 7-2, según el cual el operador debe proporcionar a la Oficina de Pensiones los datos del miembro y el año en que se reservó la plaza. El artículo 7-3 establece el mecanismo de retención: la Oficina de Pensiones mantiene hasta el 80 por ciento del precio oficial del Hajj, o la cantidad que el miembro solicitó, en la cuenta hasta que la empresa solicite la transferencia o la reserva sea cancelada.

Plazos de siete, quince y treinta días

La enmienda fija una cadena de plazos cortos para las tres instituciones involucradas, y el artículo 15-1 establece que los días festivos oficiales quedan excluidos al contabilizar dichos periodos.

  • Las solicitudes pueden presentarse a través del canal electrónico de la empresa gubernamental no más de ocho meses antes del día del Hajj de ese año Hijri.
  • En un plazo de siete días a partir de la solicitud, la Oficina de Pensiones debe informar a la empresa si el miembro califica.
  • En un plazo de quince días, el dinero del miembro calificado debe transferirse al proveedor de servicios del Hajj.
  • La empresa debe informar cualquier cambio en el precio oficial del Hajj en un plazo de siete días.
  • Si el miembro no viaja, todos los fondos liberados deben reembolsarse a la Oficina de Pensiones dentro de los treinta días posteriores al día del Hajj, y depositarse nuevamente en la cuenta de ahorros en un plazo adicional de quince días.
  • Se intercambia una lista de miembros con el Ministerio de Asuntos Islámicos, con un plazo de catorce días para recibir la información de vuelta.

Cuando un reembolso se retrase, ambas partes deben incorporar una salvaguarda en su acuerdo para que el miembro no pierda los rendimientos de la inversión mientras el dinero esté pendiente.

Garantías, fluctuaciones de precios y cambios de año

El Artículo 7-5 aborda un cambio en el precio oficial del Hajj del gobierno: si el precio cae por debajo del nivel establecido al momento de la reserva, la Oficina de Pensiones libera el excedente que mantenía; si sube, el miembro cubre la diferencia o cancela, a discreción de la empresa y bajo los términos del operador. Un año de reserva no puede ser cambiado, transferido ni cancelado excepto con el consentimiento del miembro, aunque un recorte en la cuota de Hajj de Maldivas o un cambio en la política gubernamental otorga margen de maniobra a la empresa, siempre que informe a la Oficina de Pensiones y al miembro sin demora. El nuevo artículo 16(n) define la “colateralización” como el dinero pignorado en una cuenta de ahorros para la jubilación como garantía de un préstamo para comprar, construir o reparar una vivienda —y el dinero retenido para el Hajj no puede utilizarse de esa manera—. La retención también finaliza si el miembro fallece, y una pensión solo puede pagarse después de deducir el monto retenido.

El efecto práctico recae sobre cada miembro del plan que planee la peregrinación y sobre los operadores licenciados, quienes ya no pueden recibir dinero de pensiones sin un acuerdo firmado con la Oficina de Pensiones. Para los ahorradores, el depósito del 20 por ciento es ahora la llave: sin el pago a la empresa gubernamental, no hay liberación del otro 80 por ciento.


Fuente: Gaceta del Gobierno de Maldivas, Volumen 55, Número 163, 5 de noviembre de 2026 (referencia oficial: Reglamento No. 2026/R-92).