BOP de Ciudad Real · 06 Nov 2026 · 5 vistas
Pedro Muñoz somete a alegaciones la revisión de la tasa del agua potable
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Pedro Muñoz ha abierto a información pública la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de distribución de agua potable, aprobada provisionalmente por el Pleno en sesión ordinaria del 30 de octubre de 2026. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real número 215, de hoy viernes 6 de noviembre de 2026, mediante el Anuncio número 3598, y afecta directamente al recibo del agua que pagan todos los vecinos del municipio. Los interesados disponen de treinta días hábiles para examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
La tramitación se ajusta a los artículos 15.1, 16.1 y 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, norma que obliga a someter a información pública cualquier modificación de las ordenanzas fiscales municipales antes de su aprobación definitiva. El anuncio está firmado por el Alcalde-Presidente, Alberto Lara Fonseca, en Pedro Muñoz a 4 de noviembre de 2026.
Treinta días hábiles para alegar
El plazo de exposición pública comenzará a contar a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y se extiende durante treinta días hábiles. Durante ese periodo, según el texto oficial, los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que consideren oportunas.
La misma publicación advierte de una consecuencia práctica relevante para los vecinos: si no se presenta ninguna reclamación en ese plazo, el acuerdo se entenderá definitivamente adoptado tal como fue aprobado de forma provisional, sin necesidad de un nuevo acuerdo plenario, de conformidad con el artículo 17.3 del TRLRHL.
Cuatro ordenanzas fiscales revisadas el mismo día
El Anuncio número 3598 forma parte de un bloque de cuatro modificaciones de ordenanzas fiscales aprobadas en la misma sesión plenaria del 30 de octubre de 2026 y publicadas en el mismo número del boletín provincial:
- Anuncio número 3597: modificación puntual de la ordenanza fiscal reguladora de tasas por la ocupación privativa y aprovechamiento especial del dominio público.
- Anuncio número 3598: modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa de distribución de agua potable.
- Anuncio número 3599: modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
- Anuncio número 3600: modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de depuración de aguas residuales.
Los cuatro anuncios comparten el mismo trámite, el mismo plazo de treinta días hábiles y el mismo punto de consulta, de modo que el Ayuntamiento concentra en una sola tanda la actualización de las figuras tributarias vinculadas al ciclo del agua, los vehículos y el dominio público local.
Dónde consultar el expediente
El expediente podrá consultarse en dos sedes:
- El Departamento de Intervención del Ayuntamiento de Pedro Muñoz.
- La sede electrónica municipal.
El texto publicado no detalla las modificaciones concretas de la ordenanza ni las tarifas resultantes, que deberán examinarse en el propio expediente. Tampoco especifica la fecha de entrada en vigor de la nueva regulación, que en todo caso queda condicionada a la resolución de este trámite de información pública.
La publicación se produce en un contexto de revisión ordenada de la fiscalidad local del municipio: apenas un mes antes, el 6 de octubre de 2026, el mismo Ayuntamiento ya había sometido a información pública la modificación de la ordenanza del impuesto sobre bienes inmuebles, aprobada inicialmente en el pleno del 28 de septiembre (boletín número 192).
Impacto para los vecinos
La revisión de la tasa de distribución de agua potable condiciona el importe del recibo del agua de todos los hogares y actividades económicas de Pedro Muñoz, por lo que el periodo abierto ahora es la única oportunidad formal de intervenir antes de que la nueva ordenanza quede fijada. Cualquier vecino, empresa o colectivo afectado puede consultar el expediente y presentar alegaciones dentro de los treinta días hábiles siguientes a la publicación, sin más requisito que dirigirse al registro municipal o a la sede electrónica; transcurrido ese plazo sin reclamaciones, la modificación pasará a ser definitiva de forma automática.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, núm. 215, 6 de noviembre de 2026, sección I (Ayuntamientos), pág. 10492 (referencia oficial: Anuncio número 3598).