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BOP de Castellón · 01 Oct 2026 · 22 vistas

Peñíscola aprueba definitivamente la carrera profesional horizontal de su personal

Por FactBox Admin

Peñíscola aprueba definitivamente la carrera profesional horizontal de su personal

El Pleno del Ayuntamiento de Peñíscola aprobó con carácter definitivo el Reglamento por el que se regula la carrera profesional horizontal y la evaluación del desempeño del personal al servicio del consistorio, en sesión celebrada el 24 de septiembre de 2026. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón n.º 118, de 1 de octubre de 2026, bajo la referencia 04288-2026-U. La norma fija el 31 de diciembre de 2025 como fecha de referencia para el cómputo de antigüedad y la valoración de méritos del encuadre inicial.

El texto había sido publicado previamente en el BOP n.º 72, de 16 de junio de 2026, y la aprobación definitiva incorpora la modificación de la Disposición Transitoria Primera, dedicada al reconocimiento del encuadre inicial. El Reglamento entrará en vigor a efectos normativos según lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y a efectos económicos a partir del 1 de enero de 2026. El anuncio está firmado en Peñíscola a 30 de septiembre de 2026 por el alcalde-presidente, Andrés Martínez Castellá.

Requisitos y méritos para el encuadre inicial

El proceso de encuadre inicial en el sistema de carrera profesional horizontal se realizará por una sola vez y afectará al personal en servicio activo que cumpla los requisitos a la entrada en vigor de la norma. Para determinar el Grado de Desarrollo Profesional (GDP) inicial se toma como fecha de referencia el 31 de diciembre de 2025, de modo que todos los méritos y tiempos de servicio deben haberse perfeccionado antes de esa fecha.

Además de la antigüedad reconocida en grupos o subgrupos de igual clasificación profesional, el personal deberá acreditar alguno de estos méritos:

  • Certificado de grado medio de conocimiento del valenciano expedido u homologado por la Junta Calificadora de Conocimientos de Valenciano.
  • Acceso por promoción interna o planes de empleo a un grupo de titulación superior en los diez años anteriores.
  • Formación y perfeccionamiento en cursos homologados por cualquier centro u organismo oficial, con estas equivalencias: A1, 50 horas; A2, 40; B, 40; C1, 30; C2, 20; AP, 15.
  • Docencia en cursos de formación oficial, con las mismas equivalencias por subgrupo.
  • Título de idioma comunitario de nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia, conforme al Decreto 61/2013, de 17 de mayo, del Consell.
  • Publicaciones sobre Administración pública con depósito legal, proyectos de investigación competitivos y ponencias en congresos científicos.
  • Titulación académica superior o segunda titulación igual a la exigida para el acceso al grupo o subgrupo.

Grados de desarrollo profesional y efectos económicos

La percepción del complemento de carrera administrativa se vincula a los años de antigüedad, con cuatro grados:

  • GDP I: 5 años.
  • GDP II: 10 años.
  • GDP III: 16 años.
  • GDP IV: 22 años.

Computa el tiempo de servicios prestado en puestos del mismo grupo o subgrupo tanto en el Ayuntamiento de Peñíscola como en otras administraciones públicas; el de grupos distintos se computa de forma proporcional conforme al artículo 8 del Reglamento. Quien tenga la antigüedad pero no acredite méritos podrá solicitar el complemento con reconocimiento provisional del GDP, sin efectos económicos, y dispondrá de un año para acreditar los méritos.

Calendario y tramitación

El procedimiento se iniciará por Resolución de Alcaldía, que deberá dictarse en el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor del Reglamento y publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia. El personal dispondrá de un mes desde esa publicación para presentar instancia por Registro de Entrada con declaración responsable. El Ayuntamiento podrá requerir subsanación en 10 días y, en el plazo máximo de dos meses desde el vencimiento de solicitudes, dictará una única Resolución de Alcaldía de encuadre inicial.

El reconocimiento tendrá efectos económicos desde el 1 de enero de 2026 y no generará efectos retroactivos anteriores a esa fecha. El personal en situación distinta al servicio activo podrá acogerse en el mes siguiente a su reingreso.

Impacto

La aprobación definitiva dota al Ayuntamiento de Peñíscola de un marco estable para ordenar la progresión profesional de su plantilla y retribuir la antigüedad y los méritos acreditados. El encuadre inicial, con referencia en el 31 de diciembre de 2025 y efectos económicos desde el 1 de enero de 2026, afecta a todo el personal en servicio activo y abre un calendario concreto de solicitudes y resoluciones que los empleados municipales deberán seguir para consolidar su grado.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Castellón, n.º 118, de 1 de octubre de 2026, Administración Local (referencia oficial: 04288-2026-U).