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BOP de Sevilla · 15 Oct 2026 · 9 vistas

Peñaflor aprueba la urbanización del sector SRO-3 y desbloquea su desarrollo

Por FactBox Admin

Peñaflor aprueba la urbanización del sector SRO-3 y desbloquea su desarrollo

El Ayuntamiento de Peñaflor (Sevilla) ha aprobado definitivamente el proyecto de urbanización y el expediente de legalización del sector SRO-3 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico del municipio. La decisión se adoptó mediante la Resolución de Alcaldía n.º 489, de 29 de junio de 2026, y se hace pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla nº 200, de 15 de octubre de 2026, con referencia oficial CVE: BOP-SE-2026-200014.

Aprobación definitiva y alcance del proyecto

El anuncio lo firma el alcalde-presidente, José Ruiz Herman, y da cuenta de que el expediente fue promovido por el propio Ayuntamiento de Peñaflor, en los términos que constan en el expediente administrativo. El proyecto de urbanización fue redactado por técnico competente y se aprueba de conformidad con la documentación técnica obrante en el expediente.

La resolución de Alcaldía recoge seis pronunciamientos:

  • Primero. Aprobar definitivamente el proyecto de urbanización del sector SRO-3, en el término municipal de Peñaflor.
  • Segundo. Aprobar el anexo complementario del proyecto y la documentación técnica modificada incorporada al expediente, correspondiente a los planos R07 y R08, que pasan a formar parte integrante del proyecto aprobado.
  • Tercero. Mantener inalteradas el resto de las determinaciones del proyecto de urbanización no afectadas por las modificaciones aprobadas.
  • Cuarto. Supeditar la ejecución de las obras de urbanización al estricto cumplimiento de los condicionantes establecidos en los informes técnicos emitidos por los servicios municipales e incorporados al expediente administrativo.
  • Quinto. Notificar la resolución a los interesados, con indicación de los recursos que procedan conforme a la legislación vigente.
  • Sexto. Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla y darle publicidad a través del Portal de Transparencia y de la sede electrónica del Ayuntamiento de Peñaflor.

Condicionantes técnicos y ejecución de las obras

La aprobación no libera a los promotores de las obligaciones técnicas: la ejecución de las obras queda condicionada al cumplimiento estricto de los condicionantes fijados en los informes de los servicios municipales. El expediente administrativo y la documentación técnica correspondiente podrán consultarse a través del Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Peñaflor.

El anuncio precisa además que su publicación producirá efectos de notificación únicamente en los supuestos y con los requisitos previstos en la legislación vigente, sin perjuicio de las notificaciones individuales que deban practicarse a los propietarios y demás interesados.

Plazos y vías de recurso

Contra la resolución de aprobación definitiva, que pone fin a la vía administrativa, los interesados disponen de las siguientes vías:

  • Recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía del Ayuntamiento de Peñaflor, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación o publicación.
  • Recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación o publicación, conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

El documento aparece firmado electrónicamente por José Ruiz Herman el 13 de octubre de 2026, y se inserta en las páginas 51 y 52 del boletín provincial.

Impacto para el municipio

La aprobación definitiva cierra la tramitación del instrumento que ordena el sector SRO-3 y desbloquea su desarrollo urbanístico, al fijar las determinaciones del proyecto y las condiciones técnicas de ejecución de las obras. Propietarios y promotores del ámbito disponen así de un marco aprobado para la urbanización, mientras que cualquier disconformidad deberá canalizarse por las vías de recurso indicadas en el anuncio.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, nº 200, de 15 de octubre de 2026, Administración Local, págs. 51-52 (referencia oficial: CVE: BOP-SE-2026-200014).