BOP de Cádiz · 10 Sep 2026 · 1 vistas
Paterna de Rivera abre el plazo para elegir Juez de Paz
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Paterna de Rivera ha abierto el plazo de quince días hábiles para presentar candidaturas al cargo de Juez de Paz, tanto titular como sustituto. La convocatoria, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz número 175, de 10 de septiembre de 2026, responde a un requerimiento del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
El anuncio, firmado por el alcalde-presidente Andrés Clavijo Ortiz, establece que la propuesta de nombramiento corresponderá al Pleno del Ayuntamiento, que deberá adoptarla con el quórum de la mayoría absoluta una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes.
Requisitos de los aspirantes
Los interesados deberán acreditar que reúnen los requisitos necesarios para el desempeño del cargo, que se detallan en el propio anuncio:
- Ser español y mayor de edad, presentando fotocopia del DNI.
- No estar incurso en las causas de incapacidad previstas en el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
- No es necesario estar licenciado en Derecho.
- No estar incurso en las causas de incompatibilidad del artículo 389 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Plazo y presentación de solicitudes
El plazo de quince días hábiles comenzará a contar a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. El modelo de solicitud está a disposición de los interesados en el Registro Municipal del Excmo. Ayuntamiento y en su Sede Electrónica, en el apartado de Oferta de Empleo Público.
Junto con la solicitud, los aspirantes deberán hacer constar sus datos de identificación completos, en especial la profesión u oficio a que se dedican, acompañar fotocopia del DNI y presentar declaración jurada de no hallarse incurso en causa alguna de incapacidad o incompatibilidad, pudiendo aportar documentación acreditativa de méritos.
Incompatibilidades del cargo
El anuncio recuerda las causas de incompatibilidad que excluyen del cargo, entre las que figuran:
- Ejercer cualquier otra jurisdicción ajena a la del Poder Judicial.
- Ostentar cargos de elección popular o designación política del Estado, Comunidades Autónomas, Provincias y demás entidades locales.
- Ostentar empleos o cargos retribuidos por la Administración del Estado, las Cortes Generales, la Casa Real, Comunidades Autónomas, Provincias o Municipios.
- Ostentar empleos en los Tribunales y Juzgados de cualquier orden jurisdiccional.
- El ejercicio de la Abogacía y de la Procuraduría, así como todo tipo de asesoramiento jurídico.
- El ejercicio de toda actividad mercantil, por sí o por otro.
Quienes, hallándose en alguno de estos supuestos, fueren nombrados, deberán optar en el plazo de ocho días por uno u otro cargo o cesar en el ejercicio de la actividad incompatible.
Relevancia del cargo
La elección del Juez de Paz reviste especial importancia para el municipio, pues se trata de la figura que garantiza la administración de justicia de proximidad en las localidades que carecen de juzgado propio. La convocatoria, tramitada a instancias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, permitirá renovar tanto la titularidad como la suplencia del cargo, asegurando la continuidad del servicio judicial en Paterna de Rivera.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, núm. 175, 10 de septiembre de 2026, sección Administración Local, pág. 4 (referencia oficial: Nº 283.137).