FactBox.

BOP de Lugo · 25 Sep 2026 · 9 vistas

Pantón aprueba la tasa del agua con tarifas por bloques desde 2027

Por FactBox Admin

Pantón aproba a taxa da auga con tarifas por bloques desde 2027

El Ayuntamiento de Pantón aplicará desde el 1 de enero de 2027 una nueva tasa por el abastecimiento de agua, con tarifas por bloques de consumo y una cuota de 172,50 euros al trimestre para los usuarios que carezcan de contador. La modificación de la Ordenanza fiscal nº 3 quedó aprobada definitivamente al no presentarse alegaciones durante el período de exposición pública y se publica íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo, BOP núm. 220 del 25 de septiembre de 2026, con la referencia oficial R. 2528.

El Pleno del Ayuntamiento de Pantón, en la sesión ordinaria del 26 de junio de 2026, aprobó provisionalmente la modificación de la ordenanza reguladora de la tasa por el abastecimiento de agua. El expediente se sometió a información pública durante treinta días hábiles mediante anuncio en el BOP núm. 151 del 4 de julio de 2026 y en el tablón de anuncios de la sede electrónica municipal. Al no registrarse reclamaciones, el acuerdo se eleva automáticamente a definitivo, en cumplimiento del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

El anuncio va firmado por el alcalde, José Luis Álvarez Blanco, con fecha del 16 de septiembre de 2026, y la norma deroga la anterior ordenanza fiscal del agua.

Tarifas por bloques para usos domésticos

La cuota tributaria resulta de aplicar a la base imponible —los metros cúbicos consumidos— el precio por metro cúbico, con una cuota fija de mantenimiento del servicio y cuatro bloques de consumo, calculados por trimestre natural:

  • Cuota de mantenimiento del servicio: 7,763 euros.
  • Entre 0 y 18 m³: 0,087 euros.
  • Entre 19 y 30 m³: 1,380 euros.
  • Entre 31 y 50 m³: 2,243 euros.
  • Más de 51 m³: 3,278 euros.

La ordenanza establece además una tarifa por uso eficiente para los titulares que acrediten el número de habitantes de la vivienda mediante solicitud, comprobada por los servicios municipales a través del Padrón. La acreditación tiene validez de dos años y, en los casos de cuatro o más personas, modifica el límite superior del primer bloque según la expresión 3 m³/mes multiplicado por el número de habitantes reconocidos.

Industriales, obras y acometidas

Para los usos industriales y para las obras, la ordenanza fija precios distintos a los domésticos:

  • Usos industriales: mantenimiento de 7,763 euros y bloques de 0,087 euros (0-18 m³), 0,575 euros (19-30 m³), 1,380 euros (31-50 m³) y 1,898 euros (más de 51 m³).
  • Usos para obras: cuota de mantenimiento de 40,00 euros, mínimo de 100 m³ al mes a 0,173 euros y 3,795 euros por cada metro cúbico que exceda de ese mínimo.
  • Cuota de acometida a la red general de abastecimiento en viviendas: 115,00 euros, en liquidación única.
  • Cuota de acometida a la red general de abastecimiento para uso industrial: 143,75 euros.

Asimismo, se asimilan a usos domésticos los usos no domésticos que consuman menos de 2.000 metros cúbicos en un año natural, a menos que la carga contaminante vertida eleve la cuota del canon del agua en un 20% sobre la resultante en la modalidad de volumen.

Sin contador, averías y entrada en vigor

Los usuarios que carezcan de contador abonarán una cuota trimestral de 172,50 euros. En caso de paralización o avería del contador que impida una liquidación correcta, el consumo se liquidará conforme a lo registrado en el mismo período del año anterior y, de no existir ese dato, por la media aritmética de los dos trimestres inmediatamente anteriores.

La cuota exigida en todo caso por la prestación del servicio será la mínima establecida según el tipo de consumo, y el devengo de la cuota por suministro se produce el primer día de cada trimestre natural. La ordenanza no reconoce otros beneficios fiscales que los previstos en normas con rango de ley.

La disposición última fija la entrada en vigor el 1 de enero de 2027, tras la publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia, y la norma se mantendrá aplicable hasta su modificación o derogación expresa. Contra el acuerdo se puede interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, con sede en La Coruña.

La nueva tasa afecta a todos los vecinos y locales con suministro municipal, que verán actualizadas sus facturas trimestrales a partir del próximo ejercicio, con un recargo específico para las viviendas que aún no disponen de contador individual.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Lugo, núm. 220 del 25 de septiembre de 2026, Ayuntamiento de Pantón (referencia oficial: R. 2528).