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Butlletí Oficial de la Província de Barcelona · 05 Nov 2026 · 11 vistas

Palau-solità abre a información pública las tarifas del agua de 2027

Por FactBox Admin

Palau-solità obre a informació pública les tarifes de l'aigua del 2027

El Pleno del Ayuntamiento de Palau-solità i Plegamans aprobó inicialmente, en la sesión del 29 de octubre de 2026, la modificación de las tarifas del servicio de suministro de agua potable para el año 2027, y acordó someter el texto a un trámite de información pública de treinta días hábiles. El anuncio se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona del 5 de noviembre de 2026, con la referencia CVE 202610165745, y lo firma el alcalde Oriol Lozano Rocabruna con fecha 3 de noviembre de 2026.

El documento objeto del trámite es la Ordenanza reguladora de la prestación patrimonial pública de carácter no tributario relativa a la prestación del servicio público de suministro de agua, un texto de dieciséis páginas que incluye, en el anexo 1, el cuadro tarifario completo. La titularidad del servicio corresponde al Ayuntamiento de Palau-solità i Plegamans, que lo gestiona de forma indirecta a través de la concesionaria CASSA Aigües i Depuració, SLU, y las tarifas tienen naturaleza de ingreso no tributario percibido directamente por la adjudicataria, en aplicación del principio de autofinanciación.

La articulación del procedimiento se encuentra en el artículo 8: el establecimiento o modificación de las tarifas corresponde al Pleno de la corporación, la propuesta debe partir de la concesionaria y las tarifas aprobadas no tienen validez ni eficacia si no son posteriormente autorizadas por la Comisión de Precios de Cataluña.

Treinta días hábiles para consultar el expediente y alegar

El expediente, que incluye el texto íntegro de la ordenanza, se puede examinar en las oficinas municipales en las siguientes condiciones:

  • Días laborables, de 9 a 13 horas.
  • Plazo de treinta días hábiles contados desde la publicación del anuncio en el boletín provincial.
  • Presentación por escrito de reclamaciones, alegaciones o sugerencias ante el Ayuntamiento, por cualquiera de los medios del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Si no se presenta ningún escrito en tiempo y forma, la ordenanza quedará aprobada definitivamente de manera automática, sin ningún trámite ulterior, de acuerdo con el artículo 178.1.c) del Decreto Legislativo 2/2003, el artículo 70.2 de la Ley 7/1985 y el artículo 66 del reglamento de obras, actividades y servicios de las entidades locales.

Cuotas fijas y bloques de consumo progresivo

La tarifa tiene dos componentes: una cuota fija de servicio por la disponibilidad del suministro, independiente del consumo, y una cuota variable con estructura de bloques, con precios más altos en los tramos superiores. Los importes principales del anexo 1 son:

  • Uso doméstico: seis tipos de subdivisión (A a F) con cuotas de entre 2,55 y 16,23 euros por abonado y mes, según el caudal instalado y el contador.
  • Consumo doméstico: 0,4697 €/m³ hasta 6 m³ mensuales, 0,5636 €/m³ de 7 a 9 m³, 1,1269 €/m³ de 10 a 15 m³ y 2,9350 €/m³ por el exceso.
  • Comerciales y hoteles: cuota fija de 10,54 a 47,08 euros según el diámetro del contador y bloques de 0,7774, 2,2131 y 3,7612 €/m³.
  • Riegos y huertos urbanos: 11,75 euros por abonado y mes y bloque único de 2,2114 €/m³.
  • Industria: cuotas fijas de hasta 2.091,95 euros por abonado y mes para los contadores de 150 mm, con bloques de 2,1556, 3,0643 y 3,8124 €/m³.
  • Agua alta: 245,20 euros por abonado y mes y 0,7569 €/m³.

Sobre la cuota resultante se aplica el tipo vigente del Impuesto sobre el Valor Añadido. El anexo también fija los precios de nuevas conexiones, la instalación de contadores, los hidrantes de incendio, el restablecimiento del servicio y los importes por fraude detectado en contador (516,61 euros) y en escombro (1.211,96 euros).

Bonificaciones familiares, tarifa social y entrada en vigor

La ordenanza mantiene la modulación de los tramos para las viviendas con más de tres personas, calculada a partir de una dotación básica de 100 litros por persona y día, con incrementos de tres, dos y un metro cúbico por persona adicional en el primer, segundo y tercer tramo respectivamente. La acreditación se realiza mediante el procedimiento concedido por la Agencia Catalana del Agua según el reglamento del canon del agua.

También prevé una tarifa social doméstica para los abonados con canon social concedido y para aquellos a los cuales los servicios sociales municipales otorguen la bonificación por circunstancias económicas. En cuanto a la facturación, la liquidación es trimestral para todos los usos y mensual para los industriales, y la cuota de fugas solo se aplica con justificación documental de la reparación por un instalador homologado y estudio previo del historial de consumos.

La disposición final establece que la ordenanza entrará en vigor una vez transcurridos quince días hábiles desde la publicación en el boletín provincial, y se mantendrá vigente hasta su modificación o derogación expresa.

El calendario importa a cualquier vecino con contrato de agua: la modificación afecta la cuota fija y el precio del metro cúbico de todas las viviendas, comercios e industrias del municipio, y el periodo de treinta días hábiles es la única ventana para discutir el texto antes de que quede aprobado de manera automática.


Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Barcelona, 5 de novembre de 2026, Administració local, pàg. 1-16 (referència oficial: CVE 202610165745).