BOP de Cádiz · 12 Aug 2026 · 9 vistas
Ortiz Quevedo asumirá la Diputación de Cádiz durante las vacaciones de agosto
Por FactBox Admin

La presidenta de la Diputación Provincial de Cádiz, Almudena Martínez del Junco, se ausentará del 15 al 31 de agosto de 2026, ambos inclusive, y delegará con carácter accidental el ejercicio de sus funciones en el vicepresidente primero, Juan José Ortiz Quevedo. Así lo decide un decreto de la Presidencia de 5 de agosto de 2026, cuyo extracto se publica como edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz número 154, de 12 de agosto de 2026, con número de registro 264.646.
La medida se adopta al amparo del artículo 67.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y del artículo 41 del Reglamento Orgánico Provincial. La normativa considera la ausencia prevista de la presidenta causa de sustitución en la totalidad de sus funciones, lo que obliga a atribuir la Presidencia con carácter accidental a la vicepresidencia que corresponda.
Quién gobierna durante la ausencia
- Almudena Martínez del Junco, presidenta: prevé ausentarse del 15 al 31 de agosto de 2026, ambos inclusive.
- Juan José Ortiz Quevedo, vicepresidente primero: asume con carácter accidental y por sustitución de la Presidencia el ejercicio de las funciones y competencias que la vigente legislación atribuye a dicho órgano.
- Diputación Provincial de Cádiz: el edicto se tramita a través del Área de Presidencia y la Secretaría General, que da publicidad al acuerdo para general conocimiento.
Alcance y límites de la sustitución
La delegación se confiere sin perjuicio de que la presidenta pueda asumir su función con carácter puntual dentro de ese periodo si fuera necesario o se estimara conveniente. De este modo, el reparto efectivo de la responsabilidad durante las vacaciones estivales queda en manos de la propia Martínez del Junco, que conserva la facultad de retomar decisiones concretas en cualquier momento del mes.
Además, conforme a los artículos 68 del Real Decreto 2568/1986 y 42 del Reglamento Orgánico Provincial, el vicepresidente que asume las funciones de Presidencia no podrá revocar las delegaciones que la presidenta hubiera otorgado con anterioridad. Se garantiza así la continuidad de las decisiones ya adoptadas por el equipo de gobierno provincial durante el periodo de sustitución.
Tramitación y publicidad
- El decreto de la Presidencia se dicta el 5 de agosto de 2026 y consta de tres pronunciamientos: la atribución de funciones, la prohibición de revocar delegaciones previas y la orden de publicar el extracto en el boletín oficial.
- El edicto que lo difunde lleva fecha de 7 de agosto de 2026 y aparece firmado por la presidenta.
- Se publica en la página 2 del B.O.P. de Cádiz número 154, de 12 de agosto de 2026, dentro del apartado de administración local, bajo el epígrafe “Área de Presidencia, Secretaría General, Edicto”.
La publicación garantiza la seguridad jurídica de los actos que se dicten durante el mes de agosto, ya que cualquier ciudadano puede conocer quién ostenta la representación de la institución en ese periodo. Para los municipios y entidades de la provincia, la vigencia de la delegación coincide con el tramo central del calendario estival, un momento de menor actividad administrativa pero en el que la Diputación debe seguir respondiendo ante los ayuntamientos, los proveedores y la ciudadanía.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, núm. 154, 12 de agosto de 2026, Administración Local (Diputación Provincial de Cádiz, Área de Presidencia, Secretaría General), pág. 2 (referencia oficial: Nº 264.646).