Boletín Oficial de La Rioja · 06 Oct 2026 · 19 vistas
Ortigosa de Cameros fracciona en dos plazos el cobro del IBI urbano
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Ortigosa de Cameros ha aprobado con carácter provisional la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana para fraccionar el cobro en dos plazos. El acuerdo lo adoptó el Pleno municipal en sesión celebrada el 2 de octubre de 2026 y se publica en el Boletín Oficial de La Rioja núm. 192, de 6 de octubre de 2026, con la referencia oficial 202610020124778 (III.3751).
Aprobación inicial y trámite abierto
El anuncio, encabezado por el Ayuntamiento de Ortigosa de Cameros, precisa que la modificación afecta a una única norma: la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana del municipio. El texto aprobado inicialmente introduce el fraccionamiento del cobro del tributo en dos plazos, una fórmula de pago que la ordenanza municipal no contemplaba hasta ahora.
El expediente, con todos sus antecedentes, permanecerá expuesto al público en la Secretaría del Ayuntamiento durante un plazo de treinta días hábiles. Ese cómputo arranca el día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, esto es, a partir del 7 de octubre de 2026.
Alegaciones y aprobación definitiva
Durante ese periodo, los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas ante el Consistorio. La publicación se ajusta a lo dispuesto en el artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, norma que rige el procedimiento de aprobación de las ordenanzas fiscales locales.
Si no se presenta ninguna reclamación, el acuerdo de modificación quedará definitivamente aprobado sin necesidad de un nuevo pronunciamiento plenario. En caso contrario, el Ayuntamiento de Ortigosa de Cameros deberá resolver las alegaciones antes de que la nueva redacción de la ordenanza despliegue efectos.
Un pleno con dos expedientes fiscales
La sesión plenaria del 2 de octubre abordó además otra modificación fiscal del mismo municipio: la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de agua potable domiciliaria, publicada en el mismo número del boletín con la referencia 202610020124779 (III.3752). Ambos expedientes siguen idéntico trámite de información pública por treinta días hábiles.
El anuncio está firmado en Ortigosa de Cameros a 2 de octubre de 2026 por el Alcalde-Presidente, Víctor Martínez Crespo.
Qué supone para los contribuyentes
El fraccionamiento en dos plazos del IBI urbano responde a la voluntad municipal de repartir la carga tributaria anual entre dos pagos, lo que afecta directamente a los vecinos titulares de inmuebles de naturaleza urbana en el municipio. La medida se enmarca en el calendario de cobranza ya en marcha: el padrón del IBI Urbano, Rústico, BICES e IAE de Ortigosa de Cameros correspondiente a 2026 fue aprobado por la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno y publicado en el Boletín Oficial de La Rioja núm. 166, de 31 de agosto de 2026 (referencia 202608280124172, III.3334).
La relevancia de la noticia es doble para los residentes: por un lado, el fraccionamiento en dos plazos aliviará el desembolso único del recibo del IBI urbano; por otro, el trámite de exposición pública abre un plazo limitado en el que cualquier contribuyente del municipio puede alegar contra el texto antes de que quede aprobado de forma definitiva.
Fuente: Boletín Oficial de La Rioja, núm. 192, de 6 de octubre de 2026, sección III. Otras Disposiciones y Actos, pág. 16902 (referencia oficial: 202610020124778 / BOR-A-20261006-III–3751).