BOP de Badajoz · 23 Oct 2026 · 1 vistas
Oliva de Mérida reparte 10.849 euros en ayudas para suministros vitales
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Oliva de Mérida ha aprobado la convocatoria pública y las bases para la concesión directa de ayudas económicas destinadas a suministros mínimos vitales, dotadas con 10.849,00 euros. La decisión se formaliza mediante la Resolución de Alcaldía 440/2026, firmada por el alcalde Juan Carlos Benítez Casillas, y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz nº 204, de 23 de octubre de 2026, con la referencia Anuncio 4215/2026.
Financiación autonómica y marco normativo
El importe de la convocatoria procede íntegramente de la subvención concedida al consistorio por la Junta de Extremadura dentro del Programa de Colaboración Económica Municipal para suministros mínimos vitales para 2026. Ese programa se aprobó por Acuerdo de 14 de abril de 2026 del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura y se publicó mediante Resolución de 21 de abril de 2026 de la Consejera en el Diario Oficial de Extremadura nº 78, de 24 de abril de 2026, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma.
Las bases reguladoras ya habían sido aprobadas por acuerdo de Pleno de 6 de agosto de 2026 y se publicaron en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz nº 155, de 14 de agosto de 2026 (Anuncio 3222/2026). El marco legal invocado incluye la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía Municipal de Extremadura, la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura y la Ley 7/2016, de 21 de julio, que atribuye a estas ayudas el carácter de medidas extraordinarias y urgentes contra la exclusión social.
Qué se puede pagar y con qué límites
Las ayudas cubren el pago de los suministros de la vivienda habitual de las personas empadronadas y residentes en el municipio. Los conceptos financiables son:
- Energía eléctrica, gas natural y gas propano, incluida la potencia contratada, la energía consumida, el alquiler de equipos de medida y los impuestos asociados.
- Agua potable, con cuota de servicio, tasas, cánones, alcantarillado y basura cuando consten en la misma factura.
- Gastos de alta y reconexión por impago de electricidad, gas natural, propano o agua.
- Gas butano.
La cuantía máxima por unidad de convivencia y anualidad se escalona según el número de miembros: 950,00 euros hasta dos miembros, 1.100,00 euros entre tres y cuatro, y 1.200,00 euros para cinco o más. Los límites de renta se fijan en porcentajes del IPREM, desde el 120% (840,00 euros mensuales) para una persona hasta el 192% (1.344,00 euros) para diez; si algún miembro tiene una discapacidad reconocida igual o superior al 65% o situación de dependencia, los umbrales suben del 130% (910,00 euros) al 220% (1.540,00 euros).
Requisitos, trámites y plazos
Podrán ser beneficiarias las unidades de convivencia cuyos miembros sean mayores de edad o estén emancipados, residan legal y efectivamente en Extremadura y acrediten al menos seis meses de antigüedad en el municipio, salvo excepciones por emergencia social. Es imprescindible un informe motivado favorable del Servicio Social de Atención Social Básica del Ayuntamiento, que también instruye el procedimiento.
- Plazo de presentación: desde el día siguiente a la publicación en el BOP hasta el 31 de diciembre de 2026, ambos inclusive.
- Lugar: oficina de los servicios sociales de atención social básica, con formulario normalizado y modelos también disponibles en el tablón de anuncios y la sede electrónica.
- Resolución: por el alcalde, por orden de registro de entrada, en un plazo máximo de seis meses, con silencio administrativo desestimatorio.
- Subsanación: diez días para completar la solicitud o la documentación.
Las ayudas son compatibles con otras prestaciones de la misma finalidad siempre que el total no supere el gasto facturado, y están exentas de tributación en el IRPF conforme al artículo 7, letra y), de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre. Quien afronte alquiler o hipoteca sobre su vivienda habitual podrá deducir hasta 350,00 euros mensuales en el cómputo de rentas.
Impacto para las familias del municipio
La convocatoria llega con el crédito ya asignado y con un calendario que se extiende hasta final de año, de modo que las familias vulnerables de Oliva de Mérida pueden regularizar facturas impagadas de luz, agua o gas y evitar cortes de suministro. El Ayuntamiento deberá dar cuenta de la resolución al Pleno en su primera sesión, mientras el programa se financia con cargo a los presupuestos de la Junta de Extremadura y se agota por orden de solicitud, sin ampliación automática si se consumen los fondos.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, nº 204, 23 de octubre de 2026, Administración Local, pág. 2 (referencia oficial: Anuncio 4215/2026).