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BOP de Ourense · 06 Nov 2026 · 15 vistas

El Pleno de Xinzo aprueba provisionalmente la subida de la tasa del agua

Por FactBox Admin

O Pleno de Xinzo aproba provisionalmente a suba da taxa da auga

El Pleno del Ayuntamiento de Xinzo de Limia aprobó provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal núm. 9, que regula la tasa por el suministro de agua a domicilio. El acuerdo se adoptó en la sesión ordinaria del 2 de noviembre de 2026 y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense del 6 de noviembre de 2026, en un anuncio que abre treinta días hábiles de información pública para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar reclamaciones.

La tramitación figura en el anuncio de exposición pública firmado por el alcalde, Amador Díaz Penín, y registrado con la referencia oficial R. 2.630 en la sección IV del boletín provincial, dedicada a las entidades locales. Se trata de la norma que fija la tasa municipal que abonan los hogares por el servicio de agua, por lo que cualquier modificación repercute directamente en el recibo que reciben los vecinos del ayuntamiento.

El expediente se somete a exposición pública en cumplimiento del artículo 17.2 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales. El anuncio no detalla en el cuerpo de la publicación las nuevas tarifas resultantes de la modificación, que deberán consultarse en el expediente depositado en dependencias municipales.

Aprobación provisional y exposición pública

El acuerdo del pleno tiene carácter provisional. El Ayuntamiento de Xinzo de Limia no aplica la modificación de forma inmediata, sino que primero abre un período de participación pública sobre el expediente completo de la ordenanza. Los plazos y condiciones del trámite son los siguientes:

  • Acuerdo de aprobación provisional adoptado por el Pleno en la sesión ordinaria del 2 de noviembre de 2026.
  • Objeto: Ordenanza fiscal núm. 9, reguladora de la tasa por el suministro de agua a domicilio.
  • Plazo de información pública: treinta días hábiles, contados desde el día siguiente a la inserción del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense.
  • Lugar de consulta: dependencias municipales, donde se puede examinar el expediente.
  • Registro de alegaciones: las reclamaciones deben presentarse en los plazos y canales ordinarios de atención al ciudadano del ayuntamiento.

El cómputo del plazo se realiza en días hábiles, es decir, excluyendo domingos y festivos, y comienza a contar el día posterior a la publicación del anuncio en el boletín provincial y no en la fecha de aprobación del acuerdo plenario, que fue cuatro días anterior.

Aprobación definitiva automática si no hay alegaciones

El anuncio establece expresamente que, si transcurre el plazo de exposición pública sin que se presenten alegaciones, el acuerdo se entenderá aprobado definitivamente. Esto significa que la modificación de la tasa del agua quedará consolidada sin necesidad de un nuevo pronunciamiento expreso del pleno del Ayuntamiento de Xinzo de Limia.

Só en el caso de que se registren reclamaciones o sugerencias durante el período de información pública será necesario resolver expresamente sobre ellas y, en su caso, introducir cambios en el texto de la ordenanza antes de su aprobación definitiva. El silencio administrativo opera aquí como mecanismo de simplificación del procedimiento tributario previsto en la normativa de haciendas locales.

Suministros y depuración, la otra ordenanza del mismo pleno

La sesión del 2 de noviembre de 2026 no modificó solo la tasa del agua. El mismo pleno aprobó provisionalmente la actualización de otra ordenanza fiscal del ciclo del agua, también sometida a información pública por el mismo plazo de treinta días hábiles:

  • Ordenanza fiscal núm. 7: tasa por el servicio de la red de suministros y por la prestación del servicio de tratamiento y depuración de aguas residuales, publicada con la referencia R. 2.631.
  • Ordenanza fiscal núm. 9: tasa por el suministro de agua a domicilio, con la referencia R. 2.630.

Ambas fueron aprobadas por el mismo órgano, en la misma sesión ordinaria del 2 de noviembre de 2026, y ambas llevan la firma del concejal Amador Díaz Penín y quedan condicionadas al trámite de información pública previsto en la Ley reguladora de las haciendas locales. La coincidencia temporal permite una revisión conjunta de las dos tasas por el servicio municipal de agua durante los treinta días hábiles de exposición.

Impacto en el recibo y en la gestión municipal

La modificación de la Ordenanza fiscal núm. 9 incide directamente en los hogares abonados al servicio municipal de agua, ya que la tasa se aplica por el suministro a domicilio, sin distinción de usos en función de la modalidad contractual. El anuncio no anticipa el importe de la subida ni la fórmula de actualización aplicada, dato que solo puede verificarse examinando el expediente durante el período de reclamaciones.

Para los lectores de Xinzo de Limia, el plazo es relevante por dos razones: determina cuándo entrará en vigor la nueva tarifa y ofrece una ventana de treinta días hábiles para consultar el documento completo. Transcurrido ese plazo sin alegaciones, la nueva tasa del agua, junto con la de suministros y depuración, se considerará definitivamente aprobada y pasará a integrarse en el recibo que pagan los vecinos del municipio.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Ourense, 6 de noviembre de 2026, sección IV. Entidades locales (referencia oficial: R. 2.630).