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Diario Oficial de Galicia · 07 Oct 2026 · 28 vistas

El IGVS amplía en 1,4 millones el fondo de rehabilitación municipal

Por FactBox Admin

O IGVS amplía en 1,4 millóns o fondo de rehabilitación municipal

El Instituto Galego da Vivenda e Solo (IGVS) amplía en 1.428.894,53 euros la dotación presupuestaria de la convocatoria de 2026 del Fondo de cooperación para el apoyo a la financiación de actuaciones de rehabilitación y conservación del patrimonio construido en ayuntamientos de menos de 50.000 habitantes. La decisión se recoge en la Resolución del 28 de septiembre de 2026, publicada en el Diario Oficial de Galicia (DOG) núm. 191, del 7 de octubre de 2026, en la sección III, páginas 51731 a 51733. La ampliación se justifica porque el número de solicitudes presentadas supera el crédito previsto inicialmente.

El fondo nació con la Resolución del 20 de septiembre de 2016, publicada en el DOG el 23 de septiembre de 2016, con la finalidad de financiar a las entidades locales en el ejercicio de sus competencias de rehabilitación y conservación, evitando el deterioro de los inmuebles hasta llegar a la ruina. La Ley 1/2019, de 22 de abril, de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas de Galicia, regula este instrumento en sus artículos 82 y 83 como un fondo sin personalidad jurídica propia para la gestión de préstamos a los ayuntamientos de menos de cincuenta mil habitantes. Las devoluciones efectuadas por los ayuntamientos vuelven a formar parte del fondo para ser reutilizadas en nuevas disposiciones.

La dotación máxima del fondo se fijó inicialmente en 10.000.000,00 euros, procedentes de los depósitos obligatorios de las fianzas, y en 2022 se elevó a 20.000.000,00 euros con la Resolución del 17 de marzo de 2022, publicada en el DOG el 24 de marzo de 2022. La convocatoria de 2026, aprobada por la Resolución del 18 de marzo de 2026 y publicada el 25 de marzo de 2026 bajo el código de procedimiento VI438A, estaba dotada con 3.044.893,20 euros.

Más solicitudes que crédito disponible

El punto 5 de la resolución justifica la ampliación en que el número de solicitudes presentadas y susceptibles de obtener el acceso al fondo supera el importe del crédito presupuestario previsto inicialmente en la convocatoria. El plazo de presentación de solicitudes termina el 15 de octubre de 2026. Para cubrir el exceso, el IGVS recurre a los importes disponibles de las reposiciones de los ayuntamientos que tuvieron acceso al fondo en convocatorias anteriores, de acuerdo con el ordinal décimo de la Resolución del 20 de septiembre de 2016.

La resolución amplía la dotación de la aplicación 11.81.451A.821.60 por un importe de 1.428.894,53 euros, respetando la disposición máxima prevista en el artículo 13 de la Ley 3/1988, de 27 de abril, de creación del IGVS. La competencia para dictar la resolución corresponde a la persona titular de la Presidencia del IGVS, según el artículo 4 del Decreto 143/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica del organismo. El texto lleva la firma de la presidenta, María Martínez Allegue, en Santiago de Compostela el 28 de septiembre de 2026.

Efectos, plazos y vías de recurso

  • La ampliación no implica la modificación del plazo para presentar solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo del plazo máximo para resolver.
  • La resolución produce efectos desde el día de su publicación en el DOG.
  • Contra ella, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición ante la Presidencia del IGVS en un plazo de un mes, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
  • Alternativamente, cabe recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente, según el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

La ampliación da margen a que más ayuntamientos de menos de 50.000 habitantes, e indirectamente los propietarios de inmuebles deteriorados, puedan acceder a financiación para rehabilitación y conservación, en un contexto en el que la demanda de ayudas superó el crédito inicialmente reservado para 2026.


Fuente: Diario Oficial de Galicia (DOG), núm. 191, 7 de octubre de 2026, sección III, págs. 51731-51733 (referencia oficial: CVE-DOG: gkmcn131-lh44-vrk3-9uz9-twttm8lgksb7).