Diario Oficial de Galicia · 20 Aug 2026 · 6 vistas
El Consejo de Cuentas aprueba su primera política de inteligencia artificial
Por FactBox Admin

El Pleno del Consello de Contas de Galicia aprobó el 29 de julio de 2026 el proyecto de política de uso de la inteligencia artificial de esta entidad, la primera de este tipo adoptada por un órgano de control externo gallego. El texto fue publicado en el Diario Oficial de Galicia (DOG núm. 157, del 20 de agosto de 2026, pág. 45511) mediante la Resolución del 13 de agosto de 2026 del consejero mayor, Juan Carlos Aladro Fernández, que ordena su publicación íntegra.
La política regula el uso, implantación, evaluación, supervisión y control de las tecnologías basadas en inteligencia artificial en el Consello, órgano estatutario encargado de la fiscalización externa del sector público de la Comunidad Autónoma, de la prevención de la corrupción y de la función consultiva. La norma se enmarca en el eje 3 del Plan estratégico del Consello de Contas (2023-2028), que impulsa el gobierno del dato y el modelo digital y colaborativo de auditoría.
Marco normativo y referentes
La política se sitúa en el contexto de la regulación europea y estatal sobre inteligencia artificial. En el ámbito de la Unión Europea atiende al Reglamento (UE) 2024/1689 y al Reglamento (UE) 2016/679 de protección de datos personales; en el plano estatal considera el Real decreto ley 6/2023, del 19 de diciembre. En el campo autonómico, aunque la Ley 2/2025, del 2 de abril, para el desarrollo e impulso de la inteligencia artificial en Galicia no incluye al Consello en su ámbito subjetivo, este hace suyos los principios de la norma en ejercicio de su autonomía organizativa.
Como referentes próximos, se tuvieron en cuenta las estrategias del Tribunal Europeo de Cuentas, la guía práctica de fiscalización con inteligencia artificial elaborada en el marco de Asocex, la política del CTEAXE y la Instrucción 2/2026 del Pleno del Consello Xeral do Poder Xudicial.
Principios rectores
La inteligencia artificial tendrá exclusivamente carácter de apoyo y asistencia técnica, sin que pueda sustituir en ningún caso el juicio profesional del personal. La norma establece como principios rectores:
- Primacía del juicio humano e independencia institucional respecto de las entidades fiscalizadas.
- Legalidad, ética y proporcionalidad en el uso de los sistemas.
- Transparencia, explicabilidad e interpretabilidad, con uso auditable y documentable.
- No discriminación y control de sesgos, con prohibición de sistemas que produzcan sesgos discriminatorios.
- Formación y capacitación continuada del personal, incluidos los riesgos de la inteligencia artificial generativa, los sesgos algorítmicos y las alucinaciones.
Gobernanza y usos permitidos
Créase el Comité de Gobernanza de la Inteligencia Artificial, órgano colegiado presidido por el consejero o consejera mayor e integrado por auditores de los departamentos sectoriales, la persona responsable del Servicio de Informática y la titular de la Delegación de Protección de Datos. Entre sus funciones destacan autorizar nuevos usos y adquisiciones, evaluar riesgos, mantener un registro de sistemas autorizados y prohibidos y elaborar un informe anual que se hará público en el portal de transparencia.
En la fiscalización podrán emplearse sistemas, bajo supervisión humana, para el análisis masivo de datos públicos, la búsqueda semántica, la detección preliminar de riesgos o anomalías, el apoyo a borradores internos y la clasificación documental. Queda prohibido el tratamiento masivo de datos personales y de fiscalización, así como la elaboración de perfiles de personas físicas, predicción de comportamientos o evaluación de riesgos individuales. Los resultados generados tendrán carácter auxiliar y no constituirán por sí mismos evidencia de auditoría suficiente, y todo uso deberá quedar documentado e identificado en los papeles de trabajo.
La política entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOG, y constituye un referente para la administración pública gallega en la adopción responsable de la inteligencia artificial, al conciliar la eficiencia con la protección de los datos y la salvaguarda del juicio profesional.
Fuente: Diario Oficial de Galicia, núm. 157, 20 de agosto de 2026, sección III (Otras disposiciones), pág. 45511 (referencia oficial: CVE-DOG by5ais30-dza5-vi47-ibi1-e6yrhqqxsac1).