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BOP de Ourense · 02 Oct 2026 · 20 vistas

O Carballiño convoca 7.000 euros en ayudas para actividades culturales asociativas

Por FactBox Admin

O Carballiño convoca 7.000 euros en axudas para actividades culturais asociativas

El Ayuntamiento de O Carballiño convoca 7.000 euros en subvenciones para que las asociaciones e instituciones culturales sin ánimo de lucro del municipio financien actividades culturales y de animación sociocultural durante el año 2026. La convocatoria, tramitada en régimen de concurrencia competitiva, se da a conocer en el extracto de bases publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense del 2 de octubre de 2026, en la sección IV. Entidades Locales, con el identificador BDNS 930266. Cada entidad podrá recibir como máximo 3.000 euros y dispondrá de un mes para presentar su solicitud.

El extracto se publica de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, norma que regula el procedimiento de publicidad de las convocatorias de ayudas de las administraciones públicas. El texto completo de las bases está a disposición de las entidades interesadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, accesible a través del portal infosubvenciones.es con el número de convocatoria 930266.

El objetivo declarado de las bases es regular la concesión de subvenciones a asociaciones e instituciones culturales del municipio de O Carballiño, destinadas a la realización de actividades culturales y de animación sociocultural para el año 2026. La resolución tiene fecha del 18 de septiembre de 2026 y está firmada por el alcalde en funciones, Rafael Castro-Gil Seijas, con el número de registro R. 2.238.

Quién puede solicitar y cuánto dinero hay

  • Importe total consignado en el presupuesto municipal: 7.000 euros.
  • Ayuda máxima por beneficiario: 3.000 euros.
  • Beneficiarios: asociaciones e instituciones culturales legalmente constituidas y sin ánimo de lucro.
  • Domicilio social: en el municipio de O Carballiño.
  • Inscripción: en el Registro Municipal de Asociaciones, con una antigüedad mínima de seis meses.

Las ayudas serán compatibles con otras subvenciones concedidas para el mismo fin, siempre que el importe total de todas ellas no supere el 100 % de la inversión prevista para las actividades objeto de la subvención. De este modo, las entidades pueden combinar varias fuentes de financiación sin que la suma supere el coste real de la actividad subvencionada.

Plazo de un mes para presentar las solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes es de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense, una vez efectuada la comunicación correspondiente en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Las entidades que quieran concurrir al reparto de los fondos deben formalizar su petición dentro de ese plazo.

La convocatoria reparte los 7.000 euros en régimen de concurrencia competitiva, es decir, entre todas las solicitudes que cumplan los requisitos y en función de los criterios fijados en las bases, y no por orden de entrada. El límite de 3.000 euros por beneficiario implica que, como mínimo, tres entidades podrán recibir ayuda si las solicitudes presentadas agotan el crédito disponible.

La publicación en el boletín provincial es el punto de partida efectivo del plazo, por lo que las asociaciones culturales del municipio deben tener preparada la documentación acreditativa de su constitución, del domicilio social y de la inscripción en el registro municipal antes de que transcurra el mes establecido.

La convocatoria da respuesta a la necesidad de financiación del tejido asociativo local, que depende en buena medida de este tipo de ayudas para sostener programaciones culturales y de animación sociocultural a lo largo del año. Con el límite de un mes de plazo y un máximo de 3.000 euros por entidad, el reparto de los 7.000 euros condicionará la actividad cultural asociativa de Carballiño durante 2026.


Fuente: Boletín Oficial da Provincia de Ourense, 2 de octubre de 2026, sección IV. Entidades Locais (referencia oficial: BDNS 930266, R. 2.238).