BOE · 24 Oct 2026 · 4 vistas
Nuevos precios del tabaco en estancos de Península y Baleares
Por FactBox Admin

El Comisionado para el Mercado de Tabacos ha actualizado los precios de venta al público (PVP) de varias labores de tabaco en las expendedurías de tabaco y timbre de la Península e Illes Balears, entre ellas la cajetilla de King Compact Nimbo (20 unidades), que pasa a costar 4,80 euros. La medida la firma el presidente del organismo, Luis Gavira Caballero, y se publica en el Boletín Oficial del Estado núm. 264, de 24 de octubre de 2026, con referencia BOE-A-2026-22229. La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación.
La norma se ampara en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, que obliga a publicar en el BOE los precios propuestos por los fabricantes e importadores. Los importes fijados incluyen los diferentes tributos y son de aplicación obligatoria en todas las expendedurías del área territorial indicada, de modo que el fumador paga lo mismo con independencia del estanco donde compre.
El texto aparece en la Sección I, Disposiciones generales, bajo el epígrafe del Ministerio de Hacienda, y ocupa las páginas 142361 y 142362 del diario oficial. Se trata de una resolución de alcance limitado: no revisa el conjunto del catálogo, sino solo las referencias que los operadores han decidido mover en esta ocasión.
Los precios que cambian
La resolución ordena las novedades en cinco bloques según el tipo de labor y la unidad de venta empleada:
- Cigarrillos: King Compact Nimbo (20), 4,80 euros por cajetilla; King Red (40), 9,40 euros.
- Cigarros y cigarritos (euros por unidad): Partagás Serie D N.º 4 50 Aniversario (15), 35,00 euros.
- Cigarros y cigarritos (euros por envase): Denim Blue Filter Cigar (envase de 17), 2,40 euros.
- Picaduras de liar: New Monn Quality 30 gr. Tabaco de Liar (30 g), 5,40 euros.
- Picaduras de pipa: Baroudeur Gold (500 g), 33,00 euros; Baroudeur Gold (999 g), 65,00 euros.
La lista es corta y heterogénea: convive una marca de cigarrillo de precio bajo con un puro de edición conmemorativa de 35 euros la unidad y con picaduras de pipa de formato grande, lo que refleja que el ajuste responde a decisiones comerciales de cada fabricante o importador y no a una revisión lineal del conjunto de la tarifa.
Un ajuste que no siempre va al alza
El documento no incluye comparación con los precios anteriores, pero el propio BOE permite reconstruirla. En la resolución publicada el 11 de abril de 2026 (BOE-A-2026-8071), la picadura de pipa Baroudeur Gold figuraba a 34,90 euros el envase de 500 gramos y a 69,00 euros el de 999 gramos; ahora queda en 33,00 y 65,00 euros respectivamente. Es decir, la misma referencia que hoy aparece en el listado baja de precio en lugar de subir.
En el caso de King Compact Nimbo no consta antecedente en el histórico del boletín consultado, por lo que la cifra de 4,80 euros corresponde a la primera fijación publicada para esa marca. King Red, en cambio, cuenta con un recorrido largo en las resoluciones de precios: en abril de 2025 se situaba en 4,60 euros la cajetilla de 20 y en mayo de ese mismo año aparecía a 2,50 euros en formato de 20 unidades dentro de otra relación de labores.
Un goteo de resoluciones a lo largo del año
La publicación de precios es una rutina administrativa que se repite con frecuencia. Solo en 2026, el BOE ha recogido resoluciones de este tipo en fechas como el 10 y el 17 de enero, el 21 de febrero, el 14 y el 21 de marzo, el 11 de abril, el 16, el 23 y el 30 de mayo, el 20 de junio, el 4, el 11, el 18 y el 25 de julio, el 1 de agosto, el 12 y el 26 de septiembre, el 3 y el 17 de octubre y, ahora, el 24 de octubre.
Hasta julio, los títulos de estas resoluciones se referían al «área del Monopolio»; a partir del 11 de julio la fórmula cambió por la de «área de Península y Baleares», que es la que emplea el texto ahora publicado. El cambio de denominación no altera el contenido: se sigue tratando de la lista de precios aplicable en las expendedurías de tabaco y timbre de ese ámbito.
El impacto es doble. Para el fumador, cada resolución traslada al mostrador el coste exacto de su marca habitual, sin margen para descuentos ni diferencias entre establecimientos. Para el expendedor, el precio publicado es el único legalmente practicables en la venta al detalle, de modo que cualquier ajuste modifica de inmediato el ticket de caja y el margen comercial de un surtido que, en esta ocasión, queda reducido a siete referencias.
Fuente: Boletín Oficial del Estado, núm. 264, 24 de octubre de 2026, Sec. I. Disposiciones generales, págs. 142361-142362 (referencia oficial: BOE-A-2026-22229).