Diario Oficial · 07 Sep 2026 · 3 vistas
Nuevo decreto fija la contribución azucarera de la zafra 2026/2027
Por FactBox Admin

El Decreto No. 651 fija la contribución que deberán aportar los productores de caña y las centrales azucareras o ingenios por el azúcar extraído durante la zafra 2026/2027. La disposición fue publicada en el Diario Oficial Tomo Nº 452, Número 165, correspondiente al lunes 7 de septiembre de 2026, dentro de la sección del Órgano Legislativo, en las páginas 8 y 9. Los recursos recaudados financiarán el Presupuesto de Gastos e Inversiones Anuales del Consejo Salvadoreño de la Agroindustria Azucarera para el ejercicio financiero fiscal 2027.
Las tarifas que regirán la próxima zafra
El decreto establece dos referencias equivalentes para calcular el aporte, una por libra y otra por kilogramo de azúcar extraída:
- 0.000890 dólares de los Estados Unidos de América por libra de azúcar extraída, equivalentes a ochocientas noventa y un millonésimas de dólar.
- 0.001963 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo de azúcar extraído, equivalentes a un mil novecientas sesenta y tres millonésimas de dólar.
La obligación recae sobre dos grupos: los productores de caña y las centrales azucareras o ingenios. El ámbito temporal de aplicación es la zafra 2026/2027, según el texto publicado en el Diario Oficial.
Destino de los fondos
La contribución tiene un destino específico: financiar el Presupuesto de Gastos e Inversiones Anuales del Consejo Salvadoreño de la Agroindustria Azucarera para el ejercicio financiero fiscal 2027. Se trata del organismo que ordena y supervisa la actividad del sector azucarero nacional, de modo que el aporte de productores e ingenios sostiene directamente su operación anual.
El mismo ejemplar del Diario Oficial incluye el Decreto No. 651 junto al Decreto No. 650, que introduce modificaciones en la Ley de Presupuesto vigente en la parte correspondiente al Ramo de Educación, Ciencia y Tecnología, publicado en las páginas 3 a 7.
Aprobación y firmas
El decreto fue aprobado por el Órgano Legislativo y sancionado en la Casa Presidencial de San Salvador el 4 de septiembre de 2026. La publicación recoge las firmas de:
- Nayib Armando Bukele Ortez, Presidente de la República.
- Jerson Rogelio Posada Molina, Ministro de Hacienda.
- Ernesto Alfredo Castro Aldana, Presidente del Órgano Legislativo.
- Suecy Beverley Callejas Estrada, Primera Vicepresidenta.
- Katheryn Alexia Rivas González, Segunda Vicepresidenta.
- Elisa Marcela Rosales Ramírez, Primera Secretaria.
- José Serafín Orantes Rodríguez, Segundo Secretario.
- Reinaldo Alcides Carballo Carballo, Tercer Secretario.
El Diario Oficial es dirigido por Oswaldo Stanley Morales Hidalgo y se publica bajo el Tomo Nº 452.
La nueva contribución define el costo que el sector azucarero trasladará a lo largo de la zafra 2026/2027 y el monto con que se sostendrá el presupuesto del Consejo Salvadoreño de la Agroindustria Azucarera en el ejercicio fiscal 2027. Para productores, ingenios y consumidores, el decreto fija una referencia oficial de costos por libra y por kilogramo de azúcar extraída que regirá durante toda la cosecha.
Fuente: Diario Oficial, Tomo Nº 452, Número 165, 7 de septiembre de 2026, Órgano Legislativo, págs. 8-9 (referencia oficial: Decreto No. 651).