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BOP de Albacete · 26 Aug 2026 · 9 vistas

Nuevo convenio colectivo para el Colegio de Farmacéuticos de Albacete

Por FactBox Admin

El Boletín Oficial de la Provincia de Albacete, número 99, de 26 de agosto de 2026, publica el anuncio de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo en Albacete de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por el que se inscribe y registra el nuevo convenio colectivo del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Albacete, con código de convenio 02000322011990, vigente del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2027.

El texto fue concertado por la Junta Directiva del colegio, presidida por Pablo Silvestre Molina, en representación de la empresa, y por José Luis López Cifuentes, como Delegado de Personal. El anuncio, firmado el 4 de agosto de 2026 por el delegado provincial Nicolás Merino Azorí, se tramita conforme al artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores (texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre) y al Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos.

Ámbito y vigencia

El convenio es de aplicación exclusiva a la empresa Colegio Oficial de Farmacéuticos de Albacete y afecta a todas las personas trabajadoras, cualquiera que sea el carácter de su contratación. Entra en vigor a todos los efectos el 1 de enero de 2026, con una duración de dos años, y sus efectos retributivos se aplican desde esa misma fecha.

Las condiciones pactadas tienen carácter de mínimas y forman un todo orgánico e indivisible. Cualquiera de las partes podrá denunciar el convenio en los dos meses anteriores a la finalización de sus efectos, mediante comunicación escrita a la otra parte.

Clasificación profesional y jornada

El personal se integra en tres grupos profesionales, definidos en atención a la formación, titulación y contenido de la prestación:

  • Grupo profesional I. Centro de Información al Medicamento (C.I.M.): personal con titulación de Licenciatura o Grado en Farmacia, con puestos de Dirección Técnica y Farmacéuticos/as.
  • Grupo profesional II. Administración y finanzas: Jefatura Administrativa y Secretaría, Secretaría adjunta y personal administrativo.
  • Grupo profesional III. Facturación: Jefatura de Facturación, personal de facturación y Secretaría adjunta, y personal oficial administrativo.

La jornada máxima de trabajo efectivo será de 1.792 horas en cómputo anual, sin superar las nueve horas ordinarias diarias. El horario se adecúa al de las oficinas de farmacia, con jornada partida de mañana y tarde, y el departamento de facturación desarrolla una jornada semanal de 37,5 horas. Durante la Feria local (del 7 al 17 de septiembre) el horario será de 8:00 a 13:00 horas para todo el personal.

Retribuciones

Se aplica un incremento salarial del 3 % para los años 2026 y 2027. La estructura salarial se compone de salario base, antigüedad (por trienios del 5 % sobre el salario base, hasta el 60 %), pagas extraordinarias, incentivos y pluses. Entre los complementos destacan:

  • Plus de Jefatura de Equipo: 407,81 € mensuales en 2026 y 420,04 € en 2027.
  • Plus de control de la facturación informática: 118,13 € en 2026 y 121,67 € en 2027.
  • Incentivo por especial dedicación: 425,41 € en 2026 y 438,17 € en 2027.

En la tabla salarial anexa, los sueldos base mensuales para 2026 van desde los 2.674,25 € de la Dirección Técnica del C.I.M. hasta los 1.430,49 € del personal oficial administrativo, con el Farmacéutico/a en 2.122,25 € y la Jefatura Administrativa y Secretaría en 2.229,22 €. Para 2027 las cuantías se elevan en el 3 % pactado.

Conciliación e igualdad

El convenio regula 26 días laborales de vacaciones retribuidas, permisos sin sueldo de 15 días a tres meses, y la acumulación del permiso de lactancia en jornadas completas. Incluye además un amplio bloque de igualdad de género y no discriminación, con medidas de acceso al empleo, contratación y retribución, así como el compromiso de implantar, en un plazo de seis meses, un conjunto planificado de medidas para la igualdad de las personas LGTBI conforme al Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre. Se establece también un protocolo de actuación frente al acoso sexual, por razón de sexo y moral, cuya constatación se tipifica como infracción muy grave.

La publicación en el boletín oficial otorga publicidad y eficacia al acuerdo, que ya había sido pactado con ejecutividad inmediata de retribuciones y horario. El convenio afecta directamente a los trabajadores del colegio y, a través de la dispensación farmacéutica provincial, a las oficinas de farmacia de Albacete, que verán garantizado el soporte y la asistencia del colegio durante el bienio 2026-2027.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Albacete, número 99, 26 de agosto de 2026, Sección segunda. Administración Autonómica (referencia oficial: código de convenio 02000322011990).