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Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya · 30 Jul 2026 · 10 vistas

Nueva dirección para sancionar viviendas vacías, sobreocupación y rentas abusivas

Por FactBox Admin

El Gobierno de la Generalitat ha creado una nueva unidad directiva, la Dirección General de Disciplina de la Vivienda, que asumirá la potestad sancionadora sobre las viviendas vacías, la sobreocupación, los grandes tenedores y el control de rentas. La medida se aprueba mediante el Decreto 130/2026, de 28 de julio, publicado en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) núm. 9719 el 30 de julio de 2026, y es efectiva desde el mismo día de la publicación.

El decreto modifica el Decreto 242/2025, de 4 de noviembre, de reestructuración del Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica, y traslada a la estructura departamental las competencias de inspección y régimen sancionador en materia de vivienda que hasta ahora ejercía la Agencia de la Vivienda de Catalunya. El cambio deriva de la Ley 11/2026, de 9 de julio, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público, que modificó la Ley 13/2009, de la Agencia, para que estas potestades, previstas en la Ley 18/2007, del derecho a la vivienda, pasen a depender directamente de la Administración de la Generalitat.

Una dirección general con potestad sancionadora propia

La nueva Dirección General de Disciplina de la Vivienda se adscribe a la Secretaría de Vivienda y concentra la dirección estratégica, la coordinación de la inspección, la instrucción de los procedimientos sancionadores y la ejecución de las resoluciones. Le corresponde, entre otras funciones, incoar y resolver los expedientes sancionadores, impulsar la restauración de la legalidad y adoptar medidas provisionales, cautelares y coercitivas.

De la dirección dependen tres servicios y dos secciones de instrucción:

  • Servicio de Inspección de Vivienda: inspecciona la habitabilidad, la infravivienda, la sobreocupación y las viviendas vacías, así como el régimen de las viviendas protegidas y la normativa de arrendamientos.
  • Servicio de Régimen Sancionador en Habitabilidad, Alquileres y Conservación Residencial: resuelve y ejecuta las sanciones, con la correspondiente Sección de Instrucción de Expedientes Sancionadores, que tramita las infracciones por exceso de renta y prácticas fraudulentas.
  • Servicio de Régimen Sancionador en Vivienda de Protección Oficial y Personas Usuarias de Vivienda: gestiona las sanciones relativas a las viviendas con protección oficial y a la protección de las personas usuarias.

Ámbitos sancionables

El decreto fija los ámbitos sobre los cuales la nueva estructura debe establecer criterios de actuación y directrices técnicas y jurídicas:

  • viviendas desocupadas
  • sobreocupación e infravivienda
  • grandes tenedores
  • régimen jurídico de las viviendas con protección oficial
  • cédulas de habitabilidad
  • arrendamientos urbanos y control de rentas
  • conservación del parque residencial y protección de las personas usuarias

De la Agencia al Departamento

La reordenación deja a la Agencia de la Vivienda de Cataluña sin las competencias de inspección y sanción, que pasan al Departamento. En paralelo, el decreto suprime el Servicio de Procedimiento y Régimen Disciplinario de la Secretaría de Vivienda y deroga la letra c) del artículo 38 del anexo del Decreto 157/2010, de 2 de noviembre, de reestructuración de la Secretaría de Vivienda y aprobación de los estatutos de la Agencia. El personal afectado mantendrá las funciones y retribuciones mientras no se adapten los puestos de trabajo.

El texto lo firma Salvador Illa i Roca, presidente de la Generalitat —por suplencia, Albert Dalmau Miranda, consejero de la Presidencia, de acuerdo con el Decreto 112/2026, de 21 de julio—, a propuesta de la consejera Sílvia Paneque i Sureda, de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica. El expediente tramitado es el 26.210.011.

La nueva estructura da a la Generalitat un único organismo con capacidad para inspeccionar y sancionar en materia de vivienda, con efectos desde el mismo 30 de julio. Para inquilinos, propietarios y grandes tenedores, la medida quiere hacer efectivas las políticas de contención de rentas y de lucha contra los pisos vacíos, en un momento en que el cumplimiento de la normativa de vivienda es una de las prioridades del Gobierno.


Fuente: Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, núm. 9719, 30 de julio de 2026, Disposiciones Generales, pág. 1-7 (referencia oficial: Decreto 130/2026, de 28 de julio).