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Registro Oficial del Ecuador · 23 Sep 2026 · 7 vistas

Noboa sanciona la ley que fortalece la educación ambiental en Ecuador

Por FactBox Admin

Noboa sanciona la ley que fortalece la educación ambiental en Ecuador

El presidente constitucional Daniel Noboa Azin sancionó la Ley Orgánica Reformatoria de Diversos Cuerpos Legales para el Fortalecimiento de la Educación Ambiental para el Desarrollo Sostenible, cuyo texto se publicó en el Tercer Suplemento del Registro Oficial Nº 375 del miércoles 23 de septiembre de 2026. La sanción consta en el Oficio No. T.488-SGJ-26-0374, suscrito por la Secretaría General Jurídica de la Presidencia de la República y dirigido a la Dirección del Registro Oficial. Con la publicación culmina el trámite constitucional iniciado en la Asamblea Nacional.

El proyecto llegó al Ejecutivo mediante el Oficio No. AN-MDMA-2026-0003-O, del 9 de septiembre de 2026, con el que la presidenta de la Asamblea Nacional lo remitió al presidente de la República para su sanción u objeción. El mandatario sancionó la norma en ejercicio de la atribución establecida en el inciso final del artículo 137 de la Constitución de la República, en concordancia con el artículo 63 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

La ley es reformatoria de “diversos cuerpos legales” y su objeto declarado es el fortalecimiento de la educación ambiental para el desarrollo sostenible. El ejemplar difundido abarca 26 páginas dentro del Tercer Suplemento Nº 375, correspondiente al Año II de la edición, con fecha Quito, miércoles 23 de septiembre de 2026.

La ruta legislativa

  • Oficio No. AN-MDMA-2026-0003-O (9 de septiembre de 2026): la presidenta de la Asamblea Nacional remite el proyecto al presidente de la República.
  • Sanción presidencial conforme al inciso final del artículo 137 de la Constitución y al artículo 63 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.
  • Oficio No. T.488-SGJ-26-0374 (Quito D.M., 23 de septiembre de 2026): la Secretaría General Jurídica remite el auténtico y la documentación habilitante para su publicación.

Documentos remitidos y responsables

La Presidencia de la República envió al Registro Oficial cuatro piezas: el auténtico de la Ley, la copia certificada de la Ley sancionada, la copia del oficio suscrito por la presidenta de la Asamblea Nacional y la certificación de discusión correspondiente. Una vez cumplido el trámite de publicación, el auténtico debe ser devuelto a la Asamblea Nacional.

El oficio lleva la firma electrónica de Aldrin Gómez Valdiviezo, secretario general jurídico de la Presidencia de la República, quien además certificó la copia como fiel del original el 23 de septiembre de 2026. La edición fue suscrita por la directora (E) del Registro Oficial, Martha Jaqueline Vargas Camacho.

Antecedentes ambientales recientes

La publicación se produce tres semanas después de la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico del Ambiente, difundida en el Quinto Suplemento del Registro Oficial Nº 360 del 2 de septiembre de 2026. Esa norma también fue sancionada por el presidente Daniel Noboa Azin tras el envío del proyecto por la Asamblea Nacional mediante el Oficio No. AN-PE-2026-0007-O, del 4 de agosto de 2026.

Ambas reformas integran la agenda legislativa ambiental del actual período y comparten el mismo circuito de trámite: aprobación en la Asamblea Nacional, remisión al Ejecutivo para sanción u objeción y publicación en el Registro Oficial.

La reforma incorpora la educación ambiental al conjunto de cuerpos legales reformados, de modo que su aparición en el Registro Oficial marca el inicio de su vigencia y de los desarrollos normativos que de ella se deriven. Para colegios, universidades y entidades públicas, el texto publicado en el Tercer Suplemento Nº 375 es la referencia oficial que conviene consultar y seguir en su aplicación.


Fuente: Registro Oficial, Tercer Suplemento Nº 375, miércoles 23 de septiembre de 2026, Sección I, pág. 1 (referencia oficial: Oficio No. T.488-SGJ-26-0374).