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BOP de Pontevedra · 06 Oct 2026 · 20 vistas

Nigrán abre ayudas para obras en cementerios privados del municipio

Por FactBox Admin

Nigrán abre axudas para obras en cemiterios privados do municipio

El Ayuntamiento de Nigrán aprobó las bases específicas para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar obras de mejora en las infraestructuras de cementerios de titularidad privada del municipio. La aprobación se produjo por resolución de la Alcaldía de fecha 1 de octubre de 2026, mediante el Decreto nº 2026-2287, y el texto se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (BOPPO) núm. 192, del 6 de octubre de 2026, bajo el expediente 6390/2026. Las ayudas se dirigen a asociaciones y comunidades de propietarios titulares de cementerios privados en el término municipal.

Las bases se enmarcan en la Ley 38/2003, de 12 de noviembre, General de Subvenciones; en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia; y en las Bases Generales Reguladoras de la Concesión de Subvenciones incorporadas a las bases de ejecución del presupuesto general de 2026. El objetivo declarado es mejorar las infraestructuras existentes en los cementerios privados para garantizar el cumplimiento de la normativa sanitaria y prestar un servicio de mayor calidad a los vecinos.

Las subvenciones se concederán con cargo a los créditos presupuestarios que se indiquen en la correspondiente convocatoria dictada por la Alcaldía, en la que se especificará la cuantía máxima destinada a aquellas. La información contable relativa a la ejecución de las aplicaciones presupuestarias de subvenciones y ayudas se expondrá al público trimestralmente en el portal de transparencia de la página web del Ayuntamiento.

Entidades beneficiarias y gastos subvencionables

Podrán solicitar las ayudas:

  • Asociaciones, comunidades de propietarios u otras entidades sin naturaleza religiosa.
  • Titulares de cementerios privados situados en el término municipal de Nigrán.
  • Entidades inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Nigrán.

Se consideran gastos subvencionables las obras necesarias para el adecuado funcionamiento de los cementerios, con la finalidad de mejorar las condiciones sanitarias, de accesibilidad y de uso de las instalaciones. Se incluyen los honorarios de los profesionales encargados de la redacción de los proyectos y de la dirección de las obras. El proyecto a subvencionar será el señalado por la entidad en el momento de la solicitud y, una vez concedida la ayuda, no se podrán justificar gastos de otros proyectos.

Quedan excluidos:

  • Gastos de funcionamiento, como teléfono, combustible, energía eléctrica o similares.
  • El IVA, salvo que no sea recuperable ni compensable por la entidad beneficiaria.
  • Los tributos municipales derivados de la tramitación de los títulos habilitantes y de la ejecución de las obras.
  • Intereses deudores, recargos, sanciones administrativas y penales y gastos de procedimientos judiciales.

Criterios de valoración y órgano instructor

La concesión atenderá a criterios objetivos y se tramitará en concurrencia competitiva, siguiendo un orden entre las solicitudes admitidas hasta agotar la partida presupuestaria. La valoración reparte 100 puntos:

  • Necesidad y urgencia de la actuación: 60 puntos (alta, 60; media, 40; baja, 20), con informe de un técnico competente.
  • Capacidad de los cementerios: 20 puntos, en proporción a la capacidad acreditada.
  • Porcentaje de cofinanciación de las obras: 20 puntos (más del 75 %, 20; entre el 50 y el 75 %, 10; hasta el 50 %, 5).

La instrucción corresponde a la Alcaldía y la valoración a la Comisión de Valoración, integrada por el alcalde, el concejal de Urbanismo, Medio Ambiente, Movilidad, Vivienda, Gestión Municipal y Personal, un concejal de otros grupos políticos de la Corporación, un funcionario o funcionaria de la escala de administración especial de la Unidad Técnica del Departamento de Urbanismo, un empleado público de la Unidad Central que ejercerá la secretaría y un funcionario del departamento de Intervención, con voz pero sin voto.

Solicitudes, plazos y justificación

Las solicitudes se presentarán telemáticamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Nigrán, junto con la documentación acreditativa de la titularidad privada del cementerio, el proyecto técnico o memoria descriptiva con presupuesto y los certificados de estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias con la Administración General del Estado, la Xunta de Galicia y la Seguridad Social. El plazo será el que se indique en la convocatoria.

  • Subsanación de deficiencias: 10 días; si no se subsanan, se propondrá la inadmisión de la solicitud.
  • Plazo máximo para resolver: 9 meses desde la publicación de la convocatoria en el BOPPO, con silencio administrativo desestimatorio.
  • Pago: por transferencia bancaria tras verificar la documentación justificativa.
  • Justificación: memoria de actuación, certificado final de obra, reportaje fotográfico completo, memoria económica con facturas y justificantes de pago.
  • Pagos en efectivo: admitidos con carácter excepcional hasta un máximo de 100 euros.

La falta de presentación de la documentación justificativa en tiempo y forma conllevará la revocación de la subvención. La falsedad u ocultación de datos, la no justificación total o el destino de la ayuda a un fin distinto implicarán el reintegro de las cantidades abonadas y la prohibición de beneficiarse de otras subvenciones durante 2 años.

Para los vecinos de Nigrán, estas bases abren la vía para que las entidades que gestionan cementerios privados puedan acometer obras de conservación, accesibilidad y salubridad que, de otro modo, tendrían que financiar íntegramente con fondos propios. La publicación de las bases es el paso previo a la convocatoria que fijará la cuantía máxima y el plazo de presentación de solicitudes.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra, núm. 192, 6 de octubre de 2026, Administración Local, Nigrán (referencia oficial: expediente 6390/2026, Decreto nº 2026-2287).