Boletín Oficial del Registro Mercantil · 17 Aug 2026 · 3 vistas
Neuraptic SL entra en liquidación y disolución concursal
Por FactBox Admin

Hecho inscrito
La sociedad limitada Neuraptic SL, domiciliada en Pamplona, ha sido declarada en concurso voluntario con apertura directa de la fase de liquidación y disolución, según consta en el Boletín Oficial del Registro Mercantil número 157, correspondiente al lunes 17 de agosto de 2026. El acto fue inscrito bajo la referencia BORME-A-2026-157-31, número de asiento 381523, en la Sección Primera (Empresarios) del BORME.
La resolución judicial que origina esta inscripción es el auto dictado el 15 de julio de 2026 por el Juzgado de lo Mercantil número 0 de la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia Plaza Nº 1 de Pamplona/Iruña, a cargo de la jueza Ana Ávila Hierro. Se trata del procedimiento concursal 286/2026, declarado como concurso voluntario y actualmente no firme.
Modalidad procedimental y resoluciones adoptadas
El auto judicial aplica el procedimiento especial para microempresas regulado en la normativa concursal vigente. Las dos resoluciones principales registradas son:
- Apertura del procedimiento especial de microempresas, conforme a la Ley 16/2022, de reforma concursal, que establece un régimen simplificado para deudores que reúnan determinados requisitos de dimensión.
- Apertura de la fase de liquidación, lo que implica que la empresa no podrá continuar su actividad ordinaria y debe proceder a la enajenación ordenada de su activo para satisfacer a los acreedores.
- Disolución de la sociedad, que supone la terminación de la personalidad jurídica de Neuraptic SL y el inicio del proceso de cancelación registral.
Elregistro mercantil anota la disolución bajo la causa «Otras Causas», lo que indica que no se trata de una disolución por pérdidas que alcancen elcapital social ni por otras causas específicas previstas en los estatutos, sino por elauto judicial que ordena la liquidación concursal.
Antecedentes registrales de la sociedad
Según los datos del Registro Mercantil Central, Neuraptic SL (HNA 40036, hoja NA-40036) ha experimentado una serie de modificaciones corporativas en los últimos años que preceden a esta situación concursal. En enero de 2026, la sociedad había completado una ampliación de capital que elevó el capital suscrito a 102.428,00 euros,participación que se formalizó conforme al Libro Registro de Socios.
En febrero de 2026, apenas unas semanas antes de ladeclaración de concurso, se produjo el cese de ATICUS CORPORATE SL como miembro del consejo de administración. Asimismo, la empresa tenía reconocido desde noviembre de 2023 el carácter de empresa emergente conforme a la Ley 28/2022, con un periodo de disfrute debeneficios de siete años, circunstancia que sorprende dado el desenlace actual.
Régimen de no firmeza y situacióndel procedimiento
La inscripción del concurso se ha practicado con laadvertencia de que la resolución judicial no es firme, lo que significa que cabe la posibilidad de que la empresa o algún acreedor interponga recurso de apelación contra el auto. La no firmeza es una anotación estándar en estos casos, conforme al artículo 240 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y no impide que se inicie la liquidación, si bien los actos de disposición realizados durante este periodo quedarán sujetos a las resultas del recurso.
La publicación en el BORME tiene efectos constitutivos frente a terceros: a partir de hoy, cualquier tercero puede alegar desconocimiento de la situación concursal. El número de procedimiento 286/2026 permite a los acreedores identificar el expediente y presentar sus créditos en el plazo que se establezca en la concursante.
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil, número 157, 17 de agosto de 2026, Sección Primera (Empresarios – Actos Inscritos), pág. 40037 (referencia oficial: BORME-A-2026-157-31).
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil · Boletín Oficial del Registro Mercantil de 2026-08-17