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Boletín Oficial de Navarra · 05 Nov 2026 · 7 vistas

Navarra fija el nuevo sistema retributivo del profesorado laboral de la UPNA

Por FactBox Admin

Navarra fija el nuevo sistema retributivo del profesorado laboral de la UPNA

El Gobierno de Navarra ha fijado el nuevo régimen retributivo del personal docente e investigador laboral de la Universidad Pública de Navarra (UPNA) mediante el Decreto Foral 65/2026, de 21 de octubre, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 221, de 5 de noviembre de 2026 (págs. 39074 a 39083, referencia BON-2026-221). La norma establece los sueldos de cada categoría, regula los complementos ligados a méritos individuales y deroga los decretos forales 36/2009 y 37/2009, ambos de 20 de abril. Sus efectos económicos se retrotraen al 1 de enero de 2026.

La exposición de motivos del decreto se apoya en el artículo 87.1 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, que atribuye a la negociación colectiva la determinación del régimen retributivo del personal laboral, en el marco de la legislación autonómica. El texto fue aprobado por el Ejecutivo foral en la sesión del 21 de octubre de 2026, a propuesta del consejero de Universidad, Innovación y Transformación Digital, Juan Luis García Martín, con dictamen del Consejo de Navarra, y está firmado por la presidenta María Chivite Navascués. La derogación de los decretos forales de 2009 responde a la adaptación al nuevo marco estatal, que redefinió las modalidades de contratación del profesorado universitario.

Sueldos anuales por categoría

El anexo I fija las cuantías anuales del sueldo, cantidad igual para todo el personal de cada categoría:

  • Profesor/a permanente laboral: 37.145,29 euros.
  • Profesor/a ayudante doctor/a: 30.315,91 euros.
  • Profesor/a asociado/a tipo 1 a 4 horas: 6.093,64 euros; tipo 2 a 4 horas: 7.469,84 euros; tipo 3 a 4 horas: 9.316,02 euros, con importes proporcionales a menos horas.
  • Profesor/a sustituto/a de docencia con 8 horas: 13.263,63 euros.
  • Investigador/a predoctoral y posdoctoral: según convocatoria, con el mínimo del ayudante doctor para el posdoctoral.
  • Ayudante de proyecto: 21.822,90 euros; colaborador/a de proyecto: 26.544,10 euros; colaborador/a doctor/a de proyecto tipo 2: 39.679,50 euros.

Las retribuciones básicas se componen de sueldo, complemento por antigüedad por cada tres años de servicio y dos pagas extraordinarias, en junio y diciembre.

Ocho tramos y 2.270,28 euros por tramo

El capítulo III crea tres modalidades de complemento personal por méritos individuales: docencia, investigación y transferencia, y gestión institucional. La estructura admite un máximo de ocho tramos (tres de docencia, tres de investigación y transferencia y dos de gestión), ampliable a un noveno, denominado de excelencia, para quien tenga reconocido el cuarto tramo de investigación.

  • Cada tramo se retribuye con 2.270,28 euros anuales, actualizables con el incremento general de las administraciones navarras.
  • Los tramos de docencia se solicitan a los 6, 12 y 18 años de actividad con evaluación positiva.
  • En gestión se asignan dos tramos por rectoría, tramo y medio por vicerrectoría o secretaría general y uno por decanato, dirección de centro, departamento o instituto, con tres años mínimos de desempeño.
  • La asignación corresponde al Consejo Social de la UPNA, a propuesta del Consejo de Gobierno, y los complementos se perciben desde el 1 de enero del año siguiente al de la solicitud.

Equiparación con el profesorado titular entre 2027 y 2029

El decreto despliega un calendario de convergencia. El profesorado permanente laboral cobrará en 2026 y 2027 un “complemento convenio” que el anexo 2 cifra en 678,62 euros en 2027; a partir de 2028 su sueldo, complemento de destino y componente general del complemento específico se igualarán a los del profesorado titular de universidad. En 2027 percibirá además el 50 % de los complementos por méritos docentes y de productividad de esos funcionarios, porcentaje que será del 100 % desde 2028. Quien tenga el certificado I3 recibirá, mientras no se complete la equiparación, un complemento personal por la diferencia salarial.

El personal ayudante doctor, asociado y sustituto cobrará el “complemento convenio” en 2026, 2027 y 2028, cuantía que en 2029 quedará integrada en el sueldo de cada categoría. Las modalidades de ayudante y de sustitución por docencia de la normativa anterior se mantienen a extinguir, con un sueldo de 24.814,44 euros para el ayudante.

Evaluación, consolidación y entrada en vigor

La evaluación de la actividad docente corresponderá a la propia Universidad Pública de Navarra, mientras que la investigadora y de transferencia recaerá en la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora. Se consolidan los complementos ya percibidos, sin que los méritos correspondientes puedan volver a evaluarse, y la UPNA dispondrá de un año para diseñar el procedimiento de recálculo de los periodos de actividad docente.

El decreto entra en vigor el día siguiente al de su publicación, aunque su aplicación económica se retrotrae al 1 de enero de 2026, lo que obliga a regularizar las nóminas del ejercicio. El alcance de la norma es amplio: afecta a todas las categorías laborales de la universidad pública navarra y ordena por primera vez en un solo texto el sueldo, la antigüedad, los complementos por méritos y la carrera profesional del profesorado contratado.


Fuente: Boletín Oficial de Navarra, nº 221, de 5 de noviembre de 2026, sección 1.1.2. Decretos Forales, págs. 39074-39083 (referencia oficial: BON-2026-221 / F2613763).