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Boletín Oficial de Navarra · 14 Sep 2026 · 3 vistas

Navarra entrega la posesión definitiva de las fincas de Ribaforada II

Por FactBox Admin

Navarra entrega la posesión definitiva de las fincas de Ribaforada II

El Servicio de Infraestructuras Agrarias del Gobierno de Navarra ha hecho pública la toma de posesión definitiva de las nuevas fincas de reemplazo resultantes de la zona de concentración parcelaria Ribaforada II (La Dehesa). La entrega se formaliza mediante un aviso publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 181, de 14 de septiembre de 2026, y deja las fincas a disposición de los interesados desde esa misma fecha.

La decisión la adopta el director general de Agricultura y Ganadería a través de la Resolución 533/2026, de 1 de septiembre, una vez declarado firme el Acuerdo de Concentración Parcelaria de la zona. El aviso, firmado en Pamplona el 3 de septiembre por el director del Servicio de Infraestructuras Agrarias, Juan Pablo Rebolé Ruiz, cierra el proceso iniciado con la entrega provisional de las fincas.

Un proceso iniciado en 2024

La concentración parcelaria de Ribaforada II (La Dehesa) arrancó con la Resolución 1022/2024, de 20 de diciembre, del director general de Agricultura y Ganadería, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 25, de 6 de febrero de 2025. En aquel momento se dispuso la posesión con carácter provisional de las nuevas fincas de reemplazo, sometiéndose el proceso a encuesta conforme al artículo 30 de la Ley Foral 1/2002, de 7 de marzo, de Infraestructuras Agrícolas.

Con la firmeza del Acuerdo de Concentración Parcelaria, la Resolución 533/2026 convierte esa entrega provisional en definitiva. Los propietarios de la zona pueden ya disponer de las fincas que les corresponden, que quedan a su disposición a partir de la publicación del aviso en el boletín.

Documentación expuesta en el Ayuntamiento

Para que los interesados puedan identificar sus nuevas parcelas, el Ayuntamiento de Ribaforada mantiene expuestos y a disposición de los propietarios los siguientes documentos:

  • Los planos que definen las fincas de la zona.
  • La relación de fincas de reemplazo.
  • La relación de mojones que delimitan las mismas.

Un mes para recurrir

Conforme al artículo 30 de la Ley Foral 1/2002, los interesados disponen de un plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación del aviso en el Boletín Oficial de Navarra, para interponer recurso de alzada ante el consejero de Desarrollo Rural y Medio Ambiente. El recurso deberá acompañarse, en todo caso, de un dictamen pericial sobre las diferencias entre la superficie de las fincas de reemplazo y la que conste en el expediente de concentración.

Si el recurso fuera estimado, la Administración podrá, según las circunstancias:

  • Rectificar el acuerdo de concentración.
  • Compensar al reclamante con cargo a las tierras sobrantes.
  • O, si esto último no fuera posible, indemnizarle en metálico.

La entrega definitiva de las fincas de Ribaforada II (La Dehesa) supone el cierre de un largo proceso de reorganización del parcelario agrario en la zona, que permitirá a los propietarios operar sobre fincas regularizadas y mejor definidas. Quienes consideren que la superficie asignada no se ajusta al expediente tienen ahora la ventana de un mes para hacer valer sus derechos ante el órgano competente.


Fuente: Boletín Oficial de Navarra, número 181, 14 de septiembre de 2026, sección 1.7 Otros, pág. 32619 (referencia oficial: F2611904).