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Boletín Oficial de Navarra · 05 Oct 2026 · 26 vistas

Navarra destina 550.000 euros a ayudas para alumnado vulnerable en centros concertados

Por FactBox Admin

Navarra destina 550.000 euros a ayudas para alumnado vulnerable en centros concertados

El Departamento de Educación del Gobierno de Navarra ha aprobado las bases de la convocatoria pública de ayudas para el alumnado en situación económica vulnerable de los centros educativos concertados y entidades autorizadas a impartir programas de currículo adaptado, con un gasto total de 550.000 euros para el curso 2026-2027. La decisión se formaliza en la Resolución 614/2026, de 15 de septiembre, del director general de Educación y Formación Profesional, Gil Sevillano González, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 197, de 5 de octubre de 2026, con código BDNS 911662.

La convocatoria se ampara en el artículo 80 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que encomienda a las administraciones una actuación preventiva y compensatoria para garantizar la escolarización del alumnado en situación de vulnerabilidad económica. La desarrolla la Orden Foral 69/2023, de 21 de agosto, de inclusión educativa, cuyo artículo 27 prevé convocatorias anuales de becas y ayudas, y se dicta al amparo del Decreto Foral 245/2023, de 15 de noviembre, de estructura orgánica del Departamento de Educación. El órgano instructor es el Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia.

Una partida de 550.000 euros para el curso 2026-2027

El importe total de la subvención asciende a 550.000 euros, con cargo a la partida que se habilite en el presupuesto de 2027 equivalente a la 420004-42700-4809-322403, denominada “Ayudas al alumnado de centros concertados para inmigración y minorías culturales”, condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente. La resolución contempla la posibilidad de autorizar una cuantía adicional conforme al artículo 31.3 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Los recursos se destinarán a salvar los obstáculos que dificultan la inclusión del alumnado en situación de desventaja económica. El destinatario último es el propio alumno o alumna, y es el centro el que realiza el gasto en función de las necesidades detectadas.

Quién puede solicitarlas y con qué umbrales de renta

Podrán solicitar las ayudas los centros concertados y entidades autorizadas con alumnado matriculado y censado de Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica, así como de PTVA y FP Especial. El alumnado beneficiario debe estar censado en el eje 9-SVS en una de estas causas:

  • Renta familiar (RF): unidad familiar con ingresos de 2025 por debajo del primer quintil de renta.
  • Renta garantizada (RG): unidad familiar perceptora de la Renta Garantizada.
  • Declaración responsable transitoria para alumnado sobrevenido (DRTAS): casos excepcionales no validables por renta.

Los umbrales de base imponible del IRPF de 2025 fijados en las bases son:

  • 1 miembro: 15.676,08 euros.
  • 2 miembros: 19.459,92 euros.
  • 3 miembros: 22.162,68 euros.
  • 4 miembros: 23.784,36 euros.
  • 5 miembros: 25.406,04 euros.
  • 6 o más miembros: 26.487,12 euros.

Gastos cubiertos, plazos y justificación

Serán subvencionables los gastos realizados entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027 en equipamiento personal, libros y material escolar; salidas escolares y actividades complementarias; y servicio de comedor escolar. Quedan excluidos el equipamiento informático, el seguro escolar, las plataformas de gestión y los recursos humanos como personal nativo o auxiliares de conversación.

Las solicitudes se presentarán en los 20 días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, a través del registro general electrónico y dirigidas al Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia. Tras la asignación provisional se abrirá un plazo de diez días hábiles para alegaciones. La justificación de gastos deberá remitirse antes del 30 de julio de 2027 y el abono se efectuará en un único pago a partir de septiembre de 2027. Contra la resolución cabe recurso de alzada ante el consejero de Educación en el plazo de un mes.

La convocatoria refuerza el carácter compensatorio del sistema educativo navarro y traslada a los centros concertados un instrumento estable para atender al alumnado con rentas más bajas, en un curso marcado por la subida de precios de material escolar, comedor y actividades complementarias. Su alcance depende de que los centros censen correctamente a su alumnado y de que la partida presupuestaria de 2027 se habilite con crédito suficiente.


Fuente: Boletín Oficial de Navarra, número 197, de 5 de octubre de 2026, sección 1.4 Subvenciones, ayudas y becas, pág. 35244 (referencia oficial: Resolución 614/2026; BDNS 911662).