Boletín Oficial de Navarra · 08 Oct 2026 · 18 vistas
Navarra declara urgente la expropiación del edificio en ruina de Jarauta 86
Por FactBox Admin

El Gobierno de Navarra declaró urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente expropiatorio del edificio número 86 de la calle Joaquín Jarauta de Pamplona, promovido por el Ayuntamiento de Pamplona. El acuerdo, de 23 de septiembre de 2026, se publica en el Boletín Oficial de Navarra número 200, de 8 de octubre de 2026, dentro del epígrafe 1.7 Otros, y abre la vía a la demolición completa y a la construcción de un nuevo edificio en pleno Casco Viejo.
Una ruina con tres décadas de antecedentes
El inmueble ya fue declarado en ruina parcial en 1991, lo que llevó al Ayuntamiento de Pamplona a ejecutar obras y actuaciones urgentes en 1992, 1993, 2005, 2007 y 2009. El expediente actual arranca con la Resolución de Alcaldía de 18 de mayo de 2022 (RAL 18-MAY-22 (2/US)), que acordó incoar de oficio el expediente de ruina y el procedimiento previo a la expropiación por incumplimiento de deberes urbanísticos, conforme al artículo 128.1 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
La Resolución de Alcaldía de 13 de octubre de 2022 (RAL 13-OCT22 (1/US)) declaró el estado de ruina, concedió un plazo de un mes para demoler el inmueble y construir uno nuevo, y advirtió de que, de no cumplirse esa obligación, se iniciaría el expediente expropiatorio. La propiedad no atendió el requerimiento.
Cronología del procedimiento
- 8 de mayo de 2025: el Pleno del Ayuntamiento de Pamplona acuerda iniciar el expediente expropiatorio, la aprobación inicial de bienes y derechos y la declaración de interés social, y designa beneficiaria a Pamplona Centro Histórico - Iruña Biziberritzen, SA. Se publica en el Boletín Oficial de Navarra número 105, de 28 de mayo de 2025, y en el Boletín Oficial del Estado número 126, de 26 de mayo de 2025.
- 16 de abril de 2026: el Pleno aprueba definitivamente la relación de bienes y derechos, declara la utilidad pública y la necesidad de ocupación y solicita al Gobierno de Navarra la declaración de urgencia. Se publica en el Boletín Oficial de Navarra número 98, de 21 de mayo de 2026, y en el Boletín Oficial del Estado número 104, de 29 de abril de 2026.
- 23 de septiembre de 2026: el Gobierno de Navarra declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados.
Los informes que sostienen la urgencia
El expediente incorpora tres informes de la Oficina de Rehabilitación Urbana del Área de Urbanismo, Vivienda y Salud, fechados el 10 de mayo de 2022, el 25 de abril de 2025 y el 24 de marzo de 2026. Todos ellos fundamentan la urgencia en el incumplimiento del deber de conservar la edificación en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y habitabilidad, lo que obliga a la demolición completa y a la construcción de un nuevo edificio.
La entidad beneficiaria, Pamplona Centro Histórico - Iruña Biziberritzen, SA, certificó en el expediente que dispone de crédito suficiente para afrontar el pago del justiprecio y las demás obligaciones económicas derivadas del procedimiento.
Qué acuerda el Gobierno y cómo recurrirlo
El acuerdo se adopta en uso de las facultades del artículo 57 b) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, con la documentación exigida por los artículos 52 de la LEF y 56 de su Reglamento. Sus puntos son:
- Declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados.
- Publicar el acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, advirtiendo de que pone fin a la vía administrativa.
- Notificarlo al Ayuntamiento de Pamplona y a Pamplona Centro Histórico - Iruña Biziberritzen, SA.
- Trasladarlo a la Sección de Gestión Jurídica y Ordenación Local y a la Sección de Asistencia Técnico-Administrativa, ambas del Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales de la Dirección General de Administración Local y Despoblación.
Contra el acuerdo cabe recurso potestativo de reposición ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, o impugnación directa ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación. Las administraciones públicas pueden formular el requerimiento previo del artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio. El texto aparece firmado por el consejero secretario del Gobierno de Navarra, Javier Remírez Apesteguía.
Impacto en el Casco Viejo
La declaración de urgencia permite al Ayuntamiento de Pamplona y a la sociedad beneficiaria ocupar el inmueble sin esperar al acuerdo de justiprecio, lo que acorta los plazos para demoler un edificio en ruina en una de las calles más transitadas del Casco Viejo. La medida se publica el mismo día en que la Junta de Gobierno Local de Pamplona ha sometido a información pública la modificación pormenorizada del Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Casco Viejo, que contempla la división de viviendas en ocho edificios inadecuados o impropios, dentro de la estrategia municipal de rehabilitación del barrio histórico.
Fuente: Boletín Oficial de Navarra, número 200, de 8 de octubre de 2026, sección 1.7 Otros, págs. 35580-35581 (referencia oficial: BON-2026-200).