Boletín Oficial de la Región de Murcia · 07 Sep 2026 · 1 vistas
Murcia convoca elecciones para renovar los plenos de sus Cámaras de Comercio
Por FactBox Admin

La Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social de la Región de Murcia ha convocado elecciones para renovar los órganos de gobierno de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Murcia, Cartagena y Lorca, con votaciones previstas para noviembre de 2026. La convocatoria se publica en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 206, de 7 de septiembre de 2026, mediante la Orden de la Consejería con referencia A-070926-4268, firmada en Murcia el 17 de julio de 2026 por el consejero Luis Alberto Marín González.
El proceso se enmarca en la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, y en la Ley 12/2015, de 30 de marzo, de Cámaras de la Región de Murcia, que atribuyen a la administración tutelante la convocatoria cuatrienal de elecciones. El proceso quedó abierto con la Orden ECM/1382/2025, de 28 de noviembre (BOE núm. 291, de 4 de diciembre de 2025), que declaró abierta la renovación de los plenos de las cámaras de toda España. Tras la exposición pública de los censos y la consulta a las cámaras, la Consejería procede ahora a la convocatoria.
Calendario y colegios electorales
Las votaciones se celebrarán en todos los grupos y categorías, en horario de 9:00 a 18:00 horas, en la sede de cada cámara:
- Murcia: 5 de noviembre de 2026, en el Colegio Electoral de la sede, Plaza de San Bartolomé nº 3. Se eligen 34 vocales por sufragio directo entre 101.853 electores.
- Lorca: 18 de noviembre de 2026, en la Plaza del Caño nº 3. Se eligen 16 vocales entre 12.821 electores.
- Cartagena: 19 de noviembre de 2026, en la calle Conducto nº 5. Se eligen 33 vocales (24 electos, 8 cooptados por organizaciones empresariales y 1 por cuotas voluntarias).
Junta Electoral y candidaturas
Se constituirá una Junta Electoral de ámbito regional en el plazo de ocho días desde la publicación, con sede en la Dirección General de Impulso al Comercio, Innovación Empresarial e Industrias y Oficios Artesanales, en la calle Alejandro Séiquer nº 11, 2ª planta, Murcia. Estará integrada por tres representantes de los electores, dos representantes de la Comunidad Autónoma —uno de los cuales ejercerá la presidencia— y un secretario con voz y sin voto.
El plazo de presentación de candidaturas será de quince días hábiles desde la publicación de la Orden, ante la Secretaría de cada cámara. Las candidaturas permanecerán expuestas dos días y las alegaciones podrán presentarse antes de las 14:00 horas del día siguiente al cierre de la exposición. La proclamación de candidatos se realizará en los diez días siguientes al fin del plazo de presentación.
Voto por correo y escrutinio
Los electores que no puedan personarse en el colegio electoral podrán votar por correo, previa solicitud por escrito en los modelos normalizados del Anexo IV, dentro de los veinte días siguientes a la publicación de la Orden. La documentación se remitirá con una antelación mínima de diez días a la votación, y los votos por correo deberán recibirse antes de las 12:00 horas del día anterior a la votación.
El escrutinio será público y se extenderá acta con los votos emitidos, nulos y en blanco. Se considerarán elegidos los candidatos con mayor número de votos, resolviéndose los empates por antigüedad en el censo, mayor cuota o, en último término, por sorteo. Al tercer día hábil de finalizadas las elecciones, la Junta Electoral proclamará los vocales electos, y los nuevos plenos tomarán posesión y elegirán a sus presidentes y comités ejecutivos.
La renovación de los plenos de las tres cámaras murcianas es clave para el tejido empresarial de la Región, ya que estos órganos representan a decenas de miles de empresas y canalizan servicios de apoyo al comercio, la industria y la internacionalización. El resultado de las urnas de noviembre determinará la composición de los órganos de gobierno que marcarán la política cameral murciana durante los próximos cuatro años.
Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia, número 206, 7 de septiembre de 2026, I. Comunidad Autónoma, 3. Otras Disposiciones, págs. 20385-20412 (referencia oficial: A-070926-4268).