BOP de Huesca · 28 Oct 2026 · 4 vistas
Monzón estrena su nueva ordenanza de tráfico con zonas de bajas emisiones
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Monzón ha aprobado definitivamente la segunda modificación de la Ordenanza Municipal reguladora del Tráfico, sus aspectos de movilidad, su impacto ambiental y la seguridad vial, publicada íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca número 207, de 28 de octubre de 2026, con referencia oficial BOPH-2026-207014. El texto, firmado por el alcalde Isaac Claver Ortigosa, sustituye a la norma vigente desde 2010 y establece nuevas reglas de circulación, estacionamiento y control ambiental para todos los usuarios de la vía pública.
El Pleno del Ayuntamiento de Monzón, en sesión ordinaria del 31 de agosto de 2026, aprobó inicialmente la modificación, que se sometió a información pública y a audiencia previa de las asociaciones vecinales inscritas en el registro municipal mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca número 169, de 4 de septiembre de 2026, y en el tablón electrónico. Al no presentarse reclamaciones, reparos ni observaciones, el acuerdo quedó elevado a definitivo y la norma entrará en vigor transcurridos quince días desde el día siguiente al de su publicación.
El texto ocupa 51 páginas del boletín, con 11 títulos y 102 artículos, y resulta aplicable a todo el término municipal, incluidos los núcleos de Selgua y Conchel, bajo el expediente 1872639N de la Secretaría General. La nueva ordenanza deroga expresamente la Ordenanza general de tráfico publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca número 111, de 14 de junio de 2010.
Velocidades urbanas y zonas de bajas emisiones
La norma fija un cuadro genérico de límites de velocidad para las vías urbanas y travesías:
- 10 km/h en calles peatonales.
- 20 km/h en vías de plataforma única de calzada y acera y en calles residenciales.
- 30 km/h en vías de un único carril por sentido y en las zonas 30.
- 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido, sin contar carriles reservados.
Esos topes podrán rebajarse con señalización específica y solo excepcionalmente elevarse hasta 50 km/h en vías de un carril por sentido.
El artículo 49 regula la Zona de Bajas Emisiones (ZBE), un área delimitada por el Ayuntamiento en la que se aplican restricciones progresivas de acceso, circulación y estacionamiento según la clasificación ambiental de los vehículos. Las ZBE rigen, con carácter general, las 24 horas del día y los 365 días del año, y su control se realiza mediante cámaras fijas y móviles que leen las matrículas de los vehículos. Su establecimiento requerirá la aprobación previa de la reglamentación municipal que las desarrolle.
Restricciones al transporte pesado y protección del casco antiguo
Queda prohibida la circulación de vehículos de transporte de mercancías con masa máxima autorizada superior a 12.500 kilogramos por las vías de la ciudad, con excepciones para itinerarios de continuidad interurbana, operaciones de carga y descarga, servicios públicos y vehículos con autorización anual de la Alcaldía. Los autorizados deberán usar la circunvalación o ronda más exterior y justificar documentalmente las operaciones ante la Policía Local.
En el casco antiguo, la prohibición afecta a los vehículos de más de 3.500 kilogramos de masa en carga, salvo comunicación previa a la Policía Local con la masa autorizada y el recorrido. El perímetro se delimita por la calle Cabañera, avenida de Lérida, plaza Aragón, calle San José de Calasanz, camino La Jacilla, calle Cortes de Aragón, avenida del Pilar del 37 al 63, avenida Pueyo, calle Tajo y el Castillo, todas excluidas.
La ordenanza fija además las horas de circulación intensiva en los días laborables de lunes a viernes: de 7:30 a 9:00, de 12:30 a 14:00 y de 18:00 a 19:30.
Estacionamiento, bicicletas y vehículos de movilidad personal
El texto desarrolla el servicio de estacionamiento regulado y con horario limitado, con tasas remitidas a la ordenanza fiscal, y crea autorizaciones especiales de la Alcaldía que permiten, entre otras ventajas, estacionar hasta una hora en reservas de carga y descarga de uso colectivo o treinta minutos en reservas oficiales.
Para los vehículos de movilidad personal se exige una edad mínima de 15 años, casco homologado, alumbrado encendido permanente y prohibición de circular por las aceras; las bicicletas podrán hacerlo por calles peatonales a un máximo de 10 km/h respetando la prioridad de los peatones. La norma prevé la inmovilización y retirada de vehículos por la Policía Local, incluida la vía ambiental: quien supere los niveles de emisiones o ruido deberá reparar la anomalía en un plazo máximo de 10 días y superar una nueva inspección en la ITV.
La competencia sancionadora corresponde al alcalde o concejal delegado, y las cuantías de las multas se actualizarán automáticamente cuando el Gobierno revise las previstas en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Con esta publicación culmina un proceso iniciado en agosto y abre un marco normativo único para Monzón, Selgua y Conchel, que afecta a conductores, transportistas, ciclistas y peatones y que habilita por primera vez el despliegue de zonas de bajas emisiones controladas por cámaras en la localidad.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca, nº 207, de 28 de octubre de 2026, Administración Local (Ayuntamiento de Monzón), págs. 38-88 (referencia oficial: BOPH-2026-207014).