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BOP de Burgos · 21 Sep 2026 · 2 vistas

Miranda de Ebro abre la décima convocatoria de ayudas al comercio del centro histórico

Por FactBox Admin

Miranda de Ebro abre la décima convocatoria de ayudas al comercio del centro histórico

El Ayuntamiento de Miranda de Ebro ha aprobado las bases de la X convocatoria de ayudas municipales para la regeneración del centro histórico y de la plaza de abastos de la ciudad. El acuerdo lo adoptó la Junta de Gobierno Local en su sesión de 8 de septiembre de 2026 y el extracto se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos número 179, de lunes 21 de septiembre de 2026, con la referencia oficial BOPBUR-2026-03883 y el identificador de la Base de Datos Nacional de Subvenciones 928304. Las solicitudes podrán presentarse durante 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio.

Objeto y ámbito de las ayudas

Las subvenciones son ayudas económicas a fondo perdido destinadas a financiar inversiones, obras o reformas para la apertura de nuevas actividades y su equipamiento, así como la modernización, ampliación, acondicionamiento y mejora del equipamiento de instalaciones comerciales o profesionales ya existentes.

  • Ámbito: centro histórico de Miranda de Ebro y locales comerciales de la plaza de abastos.
  • Delimitación del centro histórico: la fijada en el Plan Especial de Reforma Interior (P.E.R.I.) «Conjunto Histórico de Miranda de Ebro», aprobado definitivamente por el Pleno del Ayuntamiento el 2 de octubre de 2003.
  • Gastos subvencionables: obras o reformas de apertura o modernización de locales y los elementos de equipamiento recogidos en la cláusula cuarta de las bases.

Quién puede solicitarlas y quién queda fuera

Podrán ser beneficiarios los autónomos y las pequeñas y medianas empresas (Pymes) comerciales minoristas, personas físicas o jurídicas, con domicilio fiscal en Miranda de Ebro y cuyas actuaciones subvencionadas se realicen durante 2026 en establecimientos existentes o de nueva creación ubicados en el centro histórico o en la plaza de abastos.

Quedan expresamente excluidos:

  • Las grandes empresas de distribución y las sociedades o grupos a los que pertenezcan.
  • Las empresas de actividades con regulación específica, como farmacias, gasolineras o estancos.
  • Las dedicadas a la comercialización de productos vinculados a la contratación de servicios, como telefonía y comunicaciones.
  • Los bares y restaurantes, salvo cuando, por su ubicación en el espacio comercial de la plaza de abastos, sirvan de complemento o atracción de consumidores para las actividades allí instaladas.

Cuantías, crédito y presentación de solicitudes

El importe consignado para el ejercicio 2026 es de 15.000 euros. La ayuda podrá alcanzar hasta el 80% de la inversión subvencionable, con un máximo de 3.000 euros por local comercial, y en todos los casos el IVA queda excluido. Si una misma actividad económica se desarrolla en varios locales unidos físicamente entre sí, el solicitante podrá optar a una subvención máxima de 3.000 euros.

La solicitud se dirigirá a la señora alcaldesa-presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Miranda de Ebro, Aitana Hernando Ruiz, y se presentará a través del registro electrónico, obligatorio para las personas jurídicas, o bien en el Servicio de Atención Ciudadana (SAC) del Ayuntamiento, acompañada de la documentación detallada en la cláusula undécima. Las bases completas, los anexos I, II y III y el plano que delimita el centro histórico están disponibles en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la web municipal.

La convocatoria se ampara en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y llega a su décima edición, lo que consolida un instrumento ya asentado de apoyo al pequeño comercio mirandés. Para los comerciantes del casco antiguo y de la plaza de abastos, el anuncio abre una ventana de apenas dos semanas para decidir y formalizar sus proyectos de reforma o equipamiento antes de que expire el plazo.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Burgos, núm. 179, de 21 de septiembre de 2026, sección III. Administración Local, págs. 28-29 (referencia oficial: BOPBUR-2026-03883).