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Diario Oficial de la República de Chile · 08 Oct 2026 · 18 vistas

Minsal aprueba nueva norma técnica nacional contra la enfermedad de Chagas

Por FactBox Admin

Minsal aprueba nueva norma técnica nacional contra la enfermedad de Chagas

El Ministerio de Salud aprobó la Norma General Técnica N° 263 para el Control y Prevención Nacional de la Enfermedad de Chagas, que sustituye al instrumento normativo vigente desde 2014. La decisión consta en el decreto exento N° 64, firmado el 25 de septiembre de 2026 por orden de la Presidenta de la República, y fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile del jueves 8 de octubre de 2026, edición Núm. 44.569, Sección I, pág. 1 de 3, con CVE 2881485.

Una actualización a doce años de la norma anterior

El texto fue elaborado por la División de Prevención y Control de Enfermedades, de la Subsecretaría de Salud Pública, y se dicta en uso de las facultades del DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, el DFL N° 725, de 1967, Código Sanitario, y la ley N° 20.584, de 2012, sobre derechos y deberes de las personas en su atención de salud.

La tramitación se originó en dos solicitudes de la jefatura de esa División: el memorándum B21/N° 408, del 4 de septiembre de 2025, y el memorándum B21 N° 108, del 22 de abril de 2026. El decreto deja sin efecto la resolución exenta N° 144, del 3 de marzo de 2014, que aprobaba la Norma General Técnica N° 162, y encomienda la publicación del instrumento en el sitio www.minsal.cl a la División de Prevención y Control de Enfermedades, que deberá velar por su estricta concordancia con el texto original.

Qué contiene la nueva norma

La Norma General Técnica N° 263 se adjunta como documento anexo y forma parte del decreto para todos los efectos legales. Según el texto oficial, sus características son:

  • Extensión de 140 páginas, incluidos 19 anexos.
  • Texto visado por la jefatura de la División de Prevención y Control de Enfermedades.
  • Original custodiado por la Oficina de Partes y Gestión Documental del Ministerio de Salud.
  • Directrices centradas en la integración de los equipos de salud y en la atención interdisciplinaria de las personas afectadas.
  • Énfasis en ampliar la cobertura de pesquisa en mujeres en edad fértil, personas que deseen gestar, gestantes y niños y niñas, entre otros grupos prioritarios.
  • Aplicación en todas las instituciones públicas y privadas del país.

Los antecedentes sanitarios que motivan el cambio

El decreto recuerda que la enfermedad de Chagas es causada por el parásito Trypanosoma cruzi, descrito en 1909 por el médico brasileño Carlos Chagas a partir de la sangre de personas infectadas y de las deyecciones del vector Triatoma infestans. La Organización Mundial de la Salud la reconoció como enfermedad tropical desatendida en 2005 y, en 2010, la 63° Asamblea Mundial de la Salud instó a los Estados a reforzar sus programas de control; ese mismo año el Consejo Directivo de la Organización Panamericana de la Salud advirtió que la enfermedad afecta especialmente a las poblaciones más vulnerables de la región.

En el caso chileno, el texto consigna que en 1999 se logró interrumpir la transmisión vectorial intradomiciliaria, meta recertificada por la OPS/OMS en 2016, y que desde 2008 se tamiza toda la sangre donada para transfusiones. A ello se suman el Manual de Procedimiento para atención de pacientes con enfermedad de Chagas, de 2017, y los acuerdos de la IX Reunión Nacional de Referentes del Plan Nacional de Enfermedad de Chagas, realizada en 2023.

Cierre

La nueva norma llega en un escenario epidemiológico distinto al de 2014: la globalización y la migración de personas infectadas desde países endémicos han hecho aparecer casos en Europa, Asia y el centro-norte de Estados Unidos, donde el vector no existe de forma natural. Para los pacientes y para la red asistencial chilena, el cambio implica directrices actualizadas de prevención, diagnóstico y tratamiento, con especial atención a la transmisión vertical y a la pesquisa en gestantes y mujeres en edad fértil, tanto en el sistema público como en el privado.


Fuente: Diario Oficial de la República de Chile, Núm. 44.569, jueves 8 de octubre de 2026, Sección I, pág. 1 (referencia oficial: CVE 2881485).