Iris Oifigiúil · 03 Nov 2026 · 7 vistas
El ministro obliga a los empleadores a informar sobre los datos de la brecha salarial de género a partir de noviembre
Por FactBox Admin

La Ministra de Infancia, Discapacidad e Igualdad ha utilizado las facultades conferidas por la sección 20A de la Ley de Igualdad en el Empleo de 1998 para modificar los reglamentos de notificación de la brecha salarial de género, obligando a los empleadores a informar de su información sobre la brecha salarial de género a la Ministra. La enmienda entra en vigor el 1 de noviembre de 2026 y se instrumenta a través de los Reglamentos de 2026 (Enmienda) sobre la Información de la Brecha Salarial de Género (Sección 20A) de la Ley de Igualdad en el Empleo de 1998, publicados como S.I. No. 548 de 2026 en el Iris Oifigiúil No. 88 del 3 de noviembre de 2026.
El instrumento opera sobre los Reglamentos de 2022 sobre la Información de la Brecha Salarial de Género (Sección 20A) de la Ley de Igualdad en el Empleo de 1998, el marco vinculado al deber de notificación creado por la sección 20A de la Ley de 1998. En el aviso publicado, la Ministra “design[a] el 1 de noviembre de 2026 como el día en que” dichos Reglamentos de 2022 “son enmendados, para obligar a los empleadores a informar de su información sobre la brecha salarial de género a la Ministra”.
El deber está redactado en términos generales: el texto enmendado habla de “empleadores” dentro del alcance de la sección 20A y no adjunta ningún otro umbral o categoría a la obligación de notificación en el aviso publicado. El día designado del 1 de noviembre de 2026 cae dos días antes de la edición que contiene el instrumento, por lo que la enmienda ya estaba operativa cuando el Iris Oifigiúil No. 88 entró en prensa.
Qué cambia para los empleadores
El cambio operativo es el destino de la información. Donde se enmiendan los Reglamentos de 2022, los empleadores deben informar de su información sobre la brecha salarial de género a la Ministra; la vía de notificación se establece ahora expresamente en el texto enmendado en lugar de dejarse únicamente a los reglamentos principales.
Debido a que la enmienda se realiza por referencia a la sección 20A de la Ley de Igualdad en el Empleo de 1998, su alcance sigue el alcance de dicha sección: todo empleador cubierto por la sección 20A se ve afectado. El instrumento en sí no añade ninguna exención sectorial, umbral de tamaño o período de transición en el texto publicado.
Facultades habilitantes y competencia ministerial
El preámbulo del instrumento establece la cadena de autoridad bajo la cual actuó la Ministra:
- La sección 20A de la Ley de Igualdad en el Empleo de 1998 (No. 21 de 1998), la facultad sustantiva para dictar reglamentos sobre la información de la brecha salarial de género.
- La Orden de 2020 (Transferencia de Administración Departamental y Funciones Ministeriales) de Discapacidad, Igualdad, Derechos Humanos, Integración y Acogida (S.I. No. 436 de 2020), que transfirió la administración y las funciones ministeriales pertinentes.
- La Orden de 2025 (Alteración del Nombre del Departamento y Título del Ministro) de Infancia, Igualdad, Discapacidad, Integración y Juventud (S.I. No. 180 de 2025), que adaptó dicha orden de transferencia.
El instrumento registra que la Ministra dictó los reglamentos “en ejercicio de las facultades conferidas a ella” por la sección 20A y por dicha orden de transferencia adaptada, la base sobre la cual la cartera de igualdad suscribe las normas de notificación.
Cita, entrada en vigor y disponibilidad
- Cita: Reglamentos de 2026 (Enmienda) sobre la Ley de Igualdad en el Empleo de 1998 (Sección 20A) (Información sobre la Brecha Salarial de Género).
- Entrada en vigor: 1 de noviembre de 2026.
- Publicación: Iris Oifigiúil, Número 88, 3 de noviembre de 2026, página [G-2]; precio 3,00 €.
- Copias: Government Publications, Mountshannon Road, Kilmainham, Dublín, D08 XA06; teléfono 046 942 3100; publications@opw.ie.
- Instrumentos complementarios en la misma edición: S.I. No. 549 de 2026 (Reglas de los Tribunales Superiores (Sucesiones) 2026), S.I. No. 550 de 2026 (orden de entrada en vigor de la Ley de Salud (Prestación de Servicios de Prescripción de Anticonceptivos en Farmacias Minoristas) de 2026) y S.I. No. 551 de 2026 (reglas del Comité de Apelaciones Forestales).
Para los empleadores cubiertos por la sección 20A, la consecuencia práctica es un deber de notificación que ahora se extiende explícitamente al Ministro a partir del inicio de este mes, con el texto enmendado en vigor desde una fecha anterior a su publicación. Los calendarios de cumplimiento, la recopilación de datos internos y la validación de las cifras notificadas deben verificarse conforme a los Reglamentos de 2022 enmendados tal como se encuentran actualmente.
Fuente: Iris Oifigiúil, No. 88 de 2026, 3 de noviembre de 2026, sección I, p. [G-2] (referencia oficial: S.I. No. 548 de 2026).