La Gaceta — Diario Oficial · 23 Sep 2026 · 1 vistas
Mideplan fija nuevos salarios globales para las clases de puesto del INCOP
Por FactBox Admin

La ministra de Planificación Nacional y Política Económica, Carla Morales Rojas, firmó la Directriz Ministerial N.º 008-2026-PLAN, que establece la columna de salario global para las clases de puesto del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP). La disposición se publica en La Gaceta N.º 179 del miércoles 23 de setiembre de 2026 y rige a partir de su publicación. Los montos van de ¢401.896, en la clase Oficinista de INCOP, a ¢2.731.066, en la clase Gerente de INCOP.
La directriz se emite con fundamento en el artículo 46 de la Ley de Salarios de la Administración Pública, Ley N.º 2166, y en los artículos 6, 7 incisos c) y l), 13, 30, 31, 32 y 33 de la Ley Marco de Empleo Público (LMEP), Ley N.º 10159, así como en el Reglamento a la LMEP, Decreto Ejecutivo N.º 43952-PLAN. El artículo 34 de la LMEP dispone que el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplan) y la Dirección General del Servicio Civil (DGSC) elaboren conjuntamente una columna salarial global para las instituciones bajo su ámbito de competencia.
Como antecedente, la Directriz Ministerial N.º 002-2023-PLAN del 08 de setiembre de 2023, publicada en el Alcance N.º 173 a La Gaceta N.º 165, y su Fe de Erratas (Directriz Ministerial N.º 003-2023-PLAN del 22 de noviembre de 2023), oficializaron la aplicación de la Columna Salarial Global para todas las entidades y órganos bajo la cobertura de la LMEP y la rectoría del Sistema General de Empleo Público.
Las clases de puesto y sus montos
El artículo 1º instruye la aplicación del salario global para las personas que ocupen las clasificaciones del INCOP pertenecientes a la familia del inciso a) del artículo 13 de la LMEP, correspondiente a “Personas servidoras públicas bajo el ámbito de aplicación del título I y del título IV del Estatuto de Servicio Civil”. Los montos mensuales en colones son:
- Conductor (a) de INCOP 1: ¢406.463
- Conductor (a) de INCOP 2: ¢484.102
- Oficinista de INCOP: ¢401.896
- Secretario (a) de INCOP 1: ¢548.040
- Secretario (a) de INCOP 2: ¢634.813
- Técnico de INCOP 1: ¢561.741
- Técnico de INCOP 2: ¢634.813
- Técnico de INCOP 3: ¢780.957
- Profesional de INCOP 1A: ¢904.266
- Profesional de INCOP 1 B: ¢1.205.688
- Profesional de INCOP 2: ¢1.328.997
- Profesional de INCOP 3: ¢1.598.450
- Jefe de INCOP 1: ¢1.758.295
- Jefe de INCOP 2: ¢2.036.882
- Jefe de INCOP 3: ¢2.393.108
- Profesional en Informática de INCOP: ¢1.598.450
- Profesional Jefe en Informática de INCOP: ¢1.735.460
- Gerente de INCOP: ¢2.731.066
De la propuesta técnica a la firma ministerial
La norma recoge el trámite previo documentado en los considerandos. La CARTA-DGSC-AOTC-0118-2026 del 25 de agosto de 2026, suscrita por Yolanda Campos Arce, directora a. í. del Área de Organización del Trabajo y Compensaciones de la DGSC, remitió al Despacho Ministerial del Mideplan la propuesta de salarios globales para las clases del INCOP.
Posteriormente, la CARTA-MIDEPLAN-DM-0822-2026 del 03 de septiembre de 2026, suscrita por la ministra Carla Morales Rojas, dio por conocida la propuesta salarial de las clases de puesto institucionales del INCOP. La directriz fue dada en el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, en San José, el 07 de septiembre de 2026.
Alcance y vigencia
El artículo 2º señala que el salario global establecido se realiza conforme con el artículo 34 de la Ley Marco de Empleo Público, N.º 10159, y que se encuentra disponible en el sitio web del Mideplan, https://www.empleopublico.mideplan.go.cr.
El salario global definitivo resulta de aplicación para todas las personas de nuevo ingreso en el empleo público o según las reglas de transición establecidas por la Ley N.º 10159 y su Reglamento, específicamente con nombramientos en puestos de esa clasificación, a partir de la entrada en vigencia de la directriz. La norma rige a partir de su publicación.
La medida ordena la remuneración de las planillas portuarias bajo el esquema de salario global y cierra la vía a nuevas contrataciones bajo el esquema de salario compuesto en el INCOP. Para el sector portuario del Pacífico, el ajuste define de antemano el costo de cada clase de puesto y da certeza a las contrataciones y a las personas que se acojan a las reglas de transición de la LMEP.
Fuente: La Gaceta N.º 179, miércoles 23 de setiembre de 2026, Poder Ejecutivo — Directriz, págs. 5-6 (referencia oficial: IN202601125949).