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Diario Oficial El Peruano · 05 Oct 2026 · 21 vistas

MIDAGRI modifica lineamientos para la compra y distribución gratuita de arroz

Por FactBox Admin

MIDAGRI modifica lineamientos para la compra y distribución gratuita de arroz

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) modificó los lineamientos y las normas operativas que rigen la compra y la distribución gratuita de arroz en el marco del Decreto de Urgencia N° 005-2026, a través de la Resolución Ministerial N° D000415-2026-MIDAGRI-DM. La norma fue suscrita el 3 de octubre de 2026 por el ministro Marco Antonio Vinelli Ruiz y publicada el lunes 5 de octubre de 2026 en la sección NORMAS LEGALES del Diario Oficial El Peruano. El objetivo declarado es garantizar la continuidad del proceso de compra y la implementación de las acciones de seguridad alimentaria a cargo del programa estatal.

El Decreto de Urgencia N° 005-2026 dicta medidas económicas extraordinarias ante la crisis de la cadena productiva de arroz, con el fin de apoyar a los productores de la agricultura familiar afectados por la sobreoferta del grano y el alza de los precios de combustibles y fertilizantes. Su artículo 3, párrafo 3.1, autoriza excepcionalmente al MIDAGRI, durante el Año Fiscal 2026, a comprar y distribuir arroz de manera gratuita a favor de la población en situación de pobreza y pobreza extrema de los distritos focalizados según el mapa de pobreza del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). El párrafo 3.2 encarga al ministerio aprobar mediante resolución ministerial los distritos focalizados, las entidades receptoras públicas o privadas y los lineamientos de implementación.

Qué modifica la resolución ministerial

El artículo 1 modifica el documento denominado “Lineamientos para la adquisición, operatividad y distribución extraordinaria de arroz - Año Fiscal 2026 en el marco del Decreto de Urgencia Nº 005-2026”, aprobado por la Resolución Ministerial N° D000200-2026-MIDAGRI-DM y modificado por el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° D000333-2026-MIDAGRI-DM. Los cambios se detallan en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la resolución.

El artículo 2 modifica, en los términos del Anexo N° 02, las “Normas Complementarias y Operativas necesarias para los Procesos de Adquisición, Operatividad y Distribución, para la Implementación de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 005-2026”, aprobadas por el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° D000214-2026-MIDAGRI-DM y modificadas por el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° D000333-2026-MIDAGRI-DM.

El artículo 3 precisa que quedan subsistentes los demás extremos de ambos documentos, en tanto no contravengan lo establecido en la nueva resolución.

AGRO RURAL y el sustento de la modificación

La propuesta fue presentada por el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural (AGRO RURAL), designado como Unidad Ejecutora 011-1296 a cargo de la implementación del decreto de urgencia por la Resolución Ministerial N° D000207-2026-MIDAGRI-DM, norma que además le delegó la autorización excepcional para la compra y distribución de arroz en el Año Fiscal 2026. Mediante el Oficio N° 1902-2026-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE, el programa propuso la modificación con el fin de garantizar la continuidad del proceso de compra sin afectar la finalidad de la adquisición y de optimizar las acciones a cargo de dicha unidad ejecutora.

La medida cuenta con opiniones favorables de las siguientes instancias:

  • Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología, con los informes N° D000077-2026-MIDAGRI-DVDAFIR-DGDAA-SASH y N° D000078-2026-MIDAGRI-DVDAFIR-DGDAA-SASH.
  • Dirección de Estadística e Información Agraria, con el Informe N° D000015-2026-MIDAGRI-DVPSDA-DGESEP-DEIA-MAJA.
  • Dirección de Políticas y Normatividad Agraria, con el Informe N° 138-2026-MIDAGRI-DVPSDA-DGPA-DIPNA.
  • Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, con el Memorando N° D000823-2026-MIDAGRI-SG-OGPP.
  • Oficina de Modernización, con el Informe N° D000141-2026-MIDAGRI-SG-OGPP-OM.
  • Oficina General de Asesoría Jurídica, con el Informe N° D000662-2026-MIDAGRI-SG-OGAJ.

El documento lleva las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, del Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, del Director General de la Dirección General de Políticas Agrarias, del Director General de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología, de la Jefa General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

Difusión y publicación

El artículo 4 encarga a AGRO RURAL la elaboración, publicación en su sede digital y difusión de material orientativo relacionado con los lineamientos y las normas complementarias aprobados por las resoluciones ministeriales N° D000200-2026-MIDAGRI-DM y N° D000214-2026-MIDAGRI-DM, y sus modificatorias. El artículo 5 dispone la publicación de la resolución y sus anexos en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), en la sede digital del MIDAGRI (www.gob.pe/midagri) y en la sede digital de AGRO RURAL (www.gob.pe/agrorural), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

La norma se sustenta, además, en la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del MIDAGRI, y en la Resolución Ministerial N° D000289-2026-MIDAGRI-DM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del ministerio.

La actualización interesa directamente a los distritos focalizados por pobreza y a los productores arroceros de la agricultura familiar: al ajustar los procedimientos de adquisición, operatividad y entrega, el MIDAGRI busca evitar interrupciones en un programa que combina el alivio a la sobreoferta del grano con el abastecimiento gratuito de arroz a los hogares más vulnerables del país.


Fuente: Diario Oficial El Peruano, edición del lunes 5 de octubre de 2026, sección NORMAS LEGALES, págs. 8-9 (referencia oficial: 2561534-1).