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BOP de Soria · 14 Aug 2026 · 9 vistas

Miño de Medinaceli eleva a definitivo créditos extraordinarios por 29.000 euros

Por FactBox Admin

Miño de Medinaceli ha elevado a definitivo el expediente de modificación de créditos número 2/2025, dotado con 29.000 euros en créditos extraordinarios, después de que no se presentaran alegaciones durante el plazo de exposición pública. El acuerdo, adoptado por el Pleno el 22 de junio de 2026, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria número 94, de 14 de agosto de 2026, página 2791 (referencia BOPSO-94-14082026, documento 1577).

La elevación a definitivo se produce en aplicación del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. El expediente de suplemento de créditos se financia con cargo al remanente líquido de tesorería y a mayores ingresos, y el resultado se publica de forma resumida por capítulos.

Distribución del gasto: cinco aplicaciones presupuestarias

El incremento de 29.000 euros se reparte entre cinco aplicaciones de gasto, elevando el total de créditos finales a 86.000 euros, frente a los 57.000 iniciales:

  • Laboral temporal (programa 150, económica 131): 6.000 euros, hasta 36.000.
  • Infraestructuras y bienes naturales (programa 150, económica 210): 4.000 euros, hasta 16.000.
  • Infraestructuras y bienes naturales (programa 161, económica 210): 7.500 euros, hasta 11.500.
  • Edificios y otras construcciones (programa 151, económica 212): 9.000 euros, hasta 19.000.
  • Transferencias de capital a diputaciones (programa 150, económica 761): 2.500 euros, hasta 3.500.

Financiación: subvención autonómica y remanente de tesorería

El expediente se equilibra con dos fuentes de ingresos por importe total de 29.000 euros:

  • Otras subvenciones corrientes de la Administración de las comunidades autónomas (aplicación 45080): 11.667 euros.
  • Remanente de tesorería (aplicación 87000): 17.333 euros.

La mayor parte del gasto se cubre, por tanto, con fondos propios disponibles, complementados por la aportación autonómica, sin recurrir a operaciones de crédito.

Plazo de recurso y publicación

Contra el acuerdo, los interesados pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos previstos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción, conforme al artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004. La interposición del recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acuerdo impugnado.

El anuncio está firmado en Miño de Medinaceli el 10 de agosto de 2026 por el alcalde, Santiago Pérez de Mingo.

La decisión amplía sensiblemente los créditos iniciales de las partidas afectadas y refuerza servicios municipales esenciales como el personal laboral temporal, las infraestructuras, el mantenimiento de edificios y las transferencias a la diputación provincial, con un impacto directo en los servicios que reciben los vecinos del municipio.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria, núm. 94, viernes 14 de agosto de 2026, sección II. Administración Local, pág. 2791 (referencia oficial: BOPSO-94-14082026, doc. 1577).