Diario Oficial de Galicia · 07 Oct 2026 · 32 vistas
Medio Rural convoca 700.000 euros en ayudas a las organizaciones agrarias gallegas
Por FactBox Admin

La Consellería do Medio Rural aprobó las bases reguladoras y la convocatoria para 2026 de las ayudas a las organizaciones profesionales agrarias y a las asociaciones agrarias destinadas a actividades de interés agrario, dotadas con 700.000 euros. La Orden del 30 de septiembre de 2026, firmada por la conselleira María José Gómez Rodríguez, se publicó en el Diario Oficial de Galicia (DOG) núm. 191, del 7 de octubre de 2026, junto con el extracto de la convocatoria en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS 933045). El procedimiento se tramita con el código MR321A y el plazo de presentación de solicitudes es de un mes desde el día siguiente al de la publicación.
La norma invoca la Ley 1/2006, de 5 de junio, del Consejo Agrario Gallego, que reconoce el papel de las organizaciones profesionales agrarias en la vertebración del sector primario, y la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación. La concesión se realiza en régimen de concurrencia por el sistema de prorrateo, previsto en el artículo 19.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, con el objetivo de garantizar una dotación económica a todas las entidades agrarias.
La financiación corre a cargo de la aplicación presupuestaria 15.04.712C.481.1 (proyecto 2013.00635) de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para 2026, por un importe de 700.000,00 euros, cantidad que podrá incrementarse si se genera, amplía o incorpora crédito.
Quién puede solicitar las ayudas
Podrán ser beneficiarias las organizaciones profesionales agrarias y las asociaciones agrarias, aunque cada solicitante solo podrá presentarse por una de las dos vías. Los requisitos son:
- Organizaciones profesionales agrarias: tener más de cinco representantes de la parte productora y no asociada a cooperativas en las elecciones a los consejos reguladores convocadas por la Orden del 7 de noviembre de 2022, y ser entidad colaboradora de la PAC con al menos el 1 % de las solicitudes únicas de la PAC 2026 tramitadas.
- Asociaciones agrarias: ámbito de actuación provincial o autonómico, constituidas conforme a la Ley orgánica 1/2002 y con el código de actividad «811 Agricultura, ganadería, silvicultura, caza, pesca».
- Además, las asociaciones deben cumplir dos de las cuatro condiciones siguientes: representación de la parte productora en los consejos reguladores, inscripción en el Registro de Entidades con Servicios de Asesoramiento o Gestión de Galicia con servicio prestado en 2026, ser entidad colaboradora de la PAC con el 1 % de las solicitudes únicas, o ser entidad colaboradora de la consellería en formación agroforestal con servicio prestado en 2026.
Actividades subvencionables y cuantía
Serán subvencionables los costes de las actividades realizadas entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026:
- Funciones y actuaciones propias conforme a la normativa legal.
- Funciones ordinarias de gestión interna.
- Representación ante las instituciones.
- Participación en los órganos colegiados de la Administración gallega (mesas, comisiones).
- Formación de los asociados y de sus familiares en actividades agrarias o agroalimentarias.
- Fomento del asociacionismo agrario.
Los fondos se dividen en dos partidas con reparto independiente: la partida 1, para organizaciones profesionales agrarias, con el 80 % del crédito, y la partida 2, para asociaciones agrarias, con el 20 % restante, con posibilidad de traspaso parcial entre ambas. La cuantía parte de una prima base de 15.000,00 euros, que se incrementa según estos valores:
- 62,50 euros por cada solicitud de la PAC tramitada por encima de los umbrales del 2 % (organizaciones) y del 1 % (asociaciones), hasta un máximo de 187.500,00 euros.
- 6.250,00 euros por cada representante en los consejos reguladores a partir del sexto, en el caso de las organizaciones, y del primero, en el caso de las asociaciones, hasta un máximo de 125.000,00 euros.
- 20.000,00 euros por cada provincia adicional con oficina, hasta un máximo de 60.000,00 euros.
El importe de la ayuda no podrá superar el 85 % del coste de las actividades subvencionables.
Plazo, tramitación y resolución
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos mediante el formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, con cualquiera de los mecanismos de identificación admitidos, incluido Chave365. El plazo es de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la orden en el DOG; si el último día es inhábil, se prorroga al primer día hábil siguiente.
La instrucción de los expedientes corresponde al Servizo de Explotacións e Asociacionismo Agrario de la Subdirección Xeral de Explotacións Agrarias, que requerirá la subsanación de faltas en un plazo de diez días. La resolución se dictará en el plazo de un mes desde el cierre del plazo de solicitud por la persona titular de la Dirección Xeral de Gandaría, Agricultura e Industrias Agroalimentarias, por delegación de la conselleira, y se publicará en el DOG. Las notificaciones serán exclusivamente electrónicas a través de Notifica.gal, y contra las resoluciones caben recurso potestativo de reposición y recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
Las ayudas son incompatibles con cualquier otra para los mismos objetivos y gastos, y su incumplimiento puede dar lugar a la devolución del importe más los intereses de demora.
La convocatoria llega en un momento en que las organizaciones agrarias actúan como interlocutoras del sector ante la Administración, por lo que la dotación condiciona su capacidad de representación, formación y mantenimiento de oficinas. El reparto por prorrateo garantiza que todas las entidades que cumplan los requisitos reciban financiación, aunque el importe final dependerá del número de solicitudes presentadas y del crédito disponible.
Fuente: Diario Oficial de Galicia, núm. 191, del 7 de octubre de 2026, III. Otras disposiciones, pág. 51710 (referencia oficial: kwsc2375-vii5-qgz0-dew6-1sgyahewl0x4).