Boletín Oficial de Canarias · 07 Oct 2026 · 24 vistas
Medio Ambiente avala la terminal de graneles sólidos del Puerto de Arinaga
Por FactBox Admin

La Dirección General del Medio Natural del Gobierno de Canarias ha formulado el Informe de Impacto Ambiental del “Proyecto técnico de terminal de graneles sólidos y residuos no peligrosos en el Puerto de Arinaga”, promovido por MID Atlantic Bulk Terminal, S.L. en el término municipal de Agüimes, isla de Gran Canaria. La resolución, firmada el 8 de junio de 2026 por el director general Miguel Ángel Morcuende Hurtado, se publica en el Boletín Oficial de Canarias n.º 201, de 7 de octubre de 2026, y concluye que el proyecto no tendrá efectos significativos sobre el medio ambiente. El expediente tramitado es el 27/2023-1129150859.
El pronunciamiento cierra una evaluación de impacto ambiental simplificada iniciada el 6 de septiembre de 2023, cuando el promotor presentó la solicitud ante el Servicio de Residuos de la entonces Dirección General de Transición Ecológica y Lucha contra el Cambio Climático, hoy Dirección General de Calidad Ambiental. Al proyecto le resulta de aplicación el artículo 7.2.a) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, por estar incluido en el Anexo II, Grupo 9, apartados b) y d), relativos a instalaciones de valorización de residuos y almacenamiento de chatarra.
La resolución se dicta por delegación, conforme a la Resolución de 26 de mayo de 2025 (BOC n.º 118, de 17 de junio de 2025), y se apoya en el Decreto 1/2026, de 26 de enero, y en el Decreto 84/2026, de 4 de mayo, de adaptación de denominaciones de determinadas direcciones generales.
Un almacén temporal de chatarra férrica en la nave existente
El objeto del proyecto es habilitar una zona específica de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos dentro de la instalación que ya opera en el Área Funcional n.º 18 de la Zona de Servicio del Puerto de Arinaga. La actuación se limita al residuo identificado con el código LER 19 12 02, correspondiente a metales férreos procedentes del tratamiento mecánico de residuos, como los resultantes de la fragmentación de vehículos fuera de uso.
La zona se ubicará bajo cubierta, en el interior de la nave existente, delimitada mediante paneles y señalización específica. Los residuos se descargarán del buque con grúa pulpo tipo Multidocker, se trasladarán al interior con grúa Liebherr y se cargarán en camión hacia un gestor autorizado en la misma jornada, sin tratamiento ni almacenamiento prolongado.
Las infraestructuras ya presentes en la parcela son:
- Un edificio de oficinas, vestuarios y mantenimiento de 72,07 m².
- Un edificio de control de 23,49 m².
- Una nave de almacenamiento de 647,5 m², que albergará el área habilitada.
- Una báscula para camiones de 16 x 3 metros, con capacidad para vehículos de hasta 60 toneladas.
El análisis de alternativas descartó la no actuación y las implantaciones en suelo rústico y en solar industrial a cielo abierto, y seleccionó la Alternativa 3: la nave industrial cerrada dentro del recinto portuario.
Cuatro informes y ninguna alegación particular
El trámite de consultas del artículo 46 de la Ley 21/2013 se abrió el 9 de enero de 2024 ante administraciones públicas y personas interesadas, entre ellas Puertos del Estado, la Autoridad Portuaria de Las Palmas, el Ayuntamiento de Agüimes, el Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana, el Cabildo Insular de Gran Canaria, la Federación Ben Magec-Ecologistas en Acción y SEO Birdlife. Se recibieron cuatro informes y ninguna alegación particular:
- Dirección General de la Costa y el Mar del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (3 de junio de 2024): exige evitar arrastres o vertidos al mar y, si hubiera obras en el medio marino, un informe de compatibilidad con la Estrategia Marina de la Demarcación Canaria.
- Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad (21 de febrero de 2024): no aprecia mayor riesgo de exposición a contaminantes, pero pide valorar la acumulación con otros proyectos, al existir un núcleo poblacional a menos de 1.000 metros.
- Servicio de Residuos (16 de febrero de 2024): recuerda las autorizaciones previas exigidas por el artículo 33 de la Ley 7/2022 y la comunicación previa como productor de residuos.
- Servicio de Medio Ambiente del Cabildo de Gran Canaria (12 de marzo de 2024): advierte de la proximidad de áreas protegidas y propone iluminación de espectro ámbar, maquinaria híbrida, cierre parcial del recinto y control de vertidos.
Condiciones ambientales y vigencia de cuatro años
El informe considera que los impactos son de magnitud baja, alcance local y carácter mayoritariamente temporal o reversible, y descarta afecciones significativas sobre el paisaje, el patrimonio cultural y las masas de agua. El proyecto se sitúa a 13,5 metros al sur de la Zona Especial de Conservación n.º 34-GC “Playa del Cabrón”, a 412 metros del Área prioritaria n.º 46 y del Área Importante para las Aves n.º 351 “Costa de Arinaga-Castillo del Romeral”, a 534 metros del hábitat de interés comunitario 1420 y a 1.986 metros del Monumento Natural “C-18. Arinaga”.
El municipio de Agüimes cuenta con 33.179 habitantes (2024) y el núcleo más próximo, Playa de Arinaga, con 10.743 habitantes (2024), a unos 710 metros del emplazamiento. El Anexo de la resolución recoge medidas adicionales sobre gestión de residuos de construcción y demolición, impermeabilización, drenaje con separador de hidrocarburos, control de emisiones difusas y calendario de obras que evite trabajos ruidosos de noche y al amanecer.
El Informe de Impacto Ambiental perderá su vigencia si el proyecto no es autorizado en el plazo máximo de cuatro años desde su publicación. La resolución se notificará al Servicio de Residuos de la Dirección General de Calidad Ambiental, al promotor, al Cabildo de Gran Canaria y al Ayuntamiento de Agüimes, y no será objeto de recurso administrativo alguno, sin perjuicio de los que procedan frente al acto de autorización del proyecto.
La decisión despeja el trámite ambiental de una instalación que operará junto a otras actividades industriales del puerto, como la planta de valorización de metales de Ecoinsular, S.L., la instalación logística de Yesos Canarias, S.A. y la planta de betunes de Asfaltos de Arinaga, S.A. Para el sector portuario, los vecinos de Playa de Arinaga y los colectivos ambientales de Gran Canaria, el informe fija las condiciones de control de polvo, ruido y vertidos, pero deja la autorización sustantiva de la actividad en manos de la Dirección General de Calidad Ambiental.
Fuente: Boletín Oficial de Canarias, n.º 201, de 7 de octubre de 2026, III. Otras Resoluciones, pág. 36336 (referencia oficial: n.º 3469).