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Federal Register · 27 Oct 2026 · 2 vistas

La agencia de Medicare propone una verificación anual de elegibilidad previa a la inscripción para los intercambios de salud

Por FactBox Admin

Medicare agency proposes annual pre-enrollment eligibility verification for health exchanges

Los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid propusieron el 27 de octubre de 2026 reescribir la forma en que los intercambios de seguros de salud de la Ley de Cuidado asequible de la Salud verifican la elegibilidad, añadiendo una ventana de verificación obligatoria previa a la inscripción abierta y prohibiendo los subsidios anticipados de primas mientras no se resuelva un problema de coincidencia de datos de un consumidor. La propuesta, presentada como CMS–9873–P bajo el RIN 0938–AW03, se publica en el Registro Federal del 27 de octubre de 2026 (Vol. 91, No. 206, Reglas Propuestas, p. 67656) y conlleva un período de comentarios de 30 días que cierra el 27 de noviembre de 2026.

Qué cambiaría la propuesta

El borrador modifica la parte 155 del título 45 del CFR para ajustar la práctica de elegibilidad y verificación de los intercambios a la sección 71303 de la Ley Pública 119–21 del 4 de julio de 2025, la legislación de Recorte de Impuestos para Familias Trabajadoras. Dicha disposición añade la sección 36B(c)(5)(A) del Código de Impuestos Internos, efectiva para los años fiscales que comiencen después del 31 de diciembre de 2027, y establece que a partir del 1 de enero de 2028, un mes generalmente no se considerará un mes de cobertura a menos que un intercambio haya verificado la elegibilidad del inscrito para inscribirse en un plan de salud calificado y, cuando corresponda, para el crédito fiscal anticipado de la prima.

Los CMS declaran que interpretan el término legal “verificar” como los procedimientos de verificación existentes bajo la sección 1411 de la Ley de Cuidado asequible de la Salud y sus reglamentos de implementación y, por lo tanto, se basan en la maquinaria actual de coincidencia de datos en lugar de reemplazarla.

Sin subsidios mientras persista un problema de coincidencia de datos

La norma modificaría el § 155.315(f)(4)(ii) para que los intercambios no puedan autorizar créditos fiscales anticipados de primas o reducciones de costos compartidos para solicitantes con problemas de coincidencia de datos en cualquiera de las siguientes categorías hasta que el intercambio los adjudique:

  • ciudadanía y estado de presencia legal bajo el § 155.315(c);
  • residencia bajo el § 155.315(d);
  • cobertura esencial mínima distinta de la proporcionada por un empleador bajo el § 155.320(b);
  • ingresos anuales del hogar, tamaño de la familia y estado de no ciudadano elegible bajo el § 155.320(c)(3);
  • cobertura patrocinada por el empleador bajo el § 155.320(d).

La restricción no se aplicaría cuando el hogar fiscal del solicitante califique para un período de inscripción especial descrito en el § 155.420(d)(2)(i) o (ii). Un nuevo § 155.315(f)(4)(iii) también establecería reglas para los inscritos que informen un cambio después de que el intercambio ya haya verificado los mismos criterios.

Una ventana de verificación en agosto antes de la inscripción abierta

El nuevo § 155.410(h) requeriría que cada intercambio opere un período de verificación previo a la inscripción abierta que comience el 1 de agosto de cada año y termine cuando comience su inscripción abierta, empezando el 1 de agosto de 2027 para el año del plan 2028. Durante ese lapso, los consumidores podrían proporcionar, como mínimo, los ingresos del hogar, la ciudadanía o el estado de presencia legal, el estado de encarcelamiento y el lugar de residencia. Bajo los cambios propuestos al § 155.335, un inscrito no podría ser redeterminado como elegible para el siguiente año del plan a menos que los ingresos, el tamaño de la familia, la ciudadanía o el estado de no ciudadano elegible, otra cobertura esencial mínima y la residencia fueran proporcionados o confirmados el 1 de agosto o después, y a más tardar el 31 de diciembre del año anterior.

Un nuevo § 155.400(i) permitiría a los solicitantes dejar “pendiente” la selección de un plan para que este llegue al emisor solo después de que se determine la elegibilidad para los subsidios. Las nuevas reglas de fecha de entrada en vigor en el § 155.410(f)(5) y el § 155.420(b)(6) vincularían la cobertura al día 15 del mes: la resolución para el día 15 produce cobertura el primero del mes; una resolución posterior, el primero del mes siguiente.

Estimaciones de costos y cobertura

CMS estima que los cambios reducirían la inscripción en 332,500 personas al año —237,500 en intercambios en la plataforma federal y 95,000 en intercambios estatales— y recortarían el gasto en créditos fiscales anticipados para primas en 7,600 millones de dólares anuales a partir del año del plan 2028, incluyendo 2,600 millones de dólares atribuibles únicamente a la disminución de la inscripción y el resto a la retención de subsidios durante los períodos de inconsistencia. Proyecta 1,749,325 problemas adicionales de coincidencia de datos en la plataforma federal, una carga de trámites anual para el consumidor de 72.6 millones de dólares, un aumento de la prima del 0.4 por ciento y costos de implementación únicos de 1.5 millones de dólares y 32.7 millones de dólares para la plataforma federal y los 22 intercambios estatales respectivamente, solo por la ventana de preinscripción.

Mehmet Oz, Administrador de CMS, aprobó el documento el 13 de octubre de 2026.

Por qué es importante

Para las aproximadamente 16.6 millones de personas que cuentan con cobertura subsidiada de intercambio, la norma pondría fin a la reinscripción automática basada en datos previos y requeriría una confirmación anual de ingresos, tamaño del hogar, estado migratorio y residencia, con la suspensión de los subsidios siempre que haya una inconsistencia abierta. Para los intercambios estatales y los agentes y corredores web que gestionaron el 76 por ciento de las inscripciones en el año del plan 2026, esto significa reconstruir los flujos de solicitud, los avisos y la capacidad del centro de llamadas en torno a un calendario de agosto a diciembre.


Fuente: Federal Register, Vol. 91, No. 206, 27 de octubre de 2026, Proposed Rules, p. 67656 (referencia oficial: CMS–9873–P).