BOP de Guadalajara · 14 Aug 2026 · 9 vistas
Masegoso de Tajuña saca a concurso el alquiler de su vivienda municipal
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Masegoso de Tajuña ha sacado a concurso el arrendamiento de su vivienda municipal situada en la calle Real 6, con una renta de 300 euros mensuales y una duración de siete años. La convocatoria fue aprobada por Resolución de Alcaldía de 4 de agosto de 2026 y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara número 155, de viernes 14 de agosto de 2026, con un plazo de quince días naturales para la presentación de ofertas.
El anuncio da publicidad al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que regirá la adjudicación del contrato de arrendamiento del inmueble, calificado como bien patrimonial del municipio, con referencia 5795001WL2159F0001FD. Se trata de un contrato privado, de acuerdo con el artículo 9 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y la selección se tramitará como concurso al amparo del artículo 107.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, con una pluralidad de criterios basada en la mejor relación calidad-precio.
Condiciones del contrato
El presupuesto base de licitación asciende a 3.600,00 euros anuales, resultado de una renta de 300,00 euros mensuales que los licitadores podrán mejorar al alza. La renta se actualizará cada año de vigencia del contrato de acuerdo con la variación anual del índice de precios de consumo.
- Renta: 300,00 euros al mes (3.600,00 euros anuales de presupuesto base), mejorable al alza.
- Duración: siete años, sin posibilidad de prórroga.
- Fianza: una mensualidad de renta en metálico, exigible a la celebración del contrato.
- Obligaciones del arrendatario: destinar el inmueble a vivienda, pagar la renta en los siete primeros días del mes, asumir los suministros de agua, gas y electricidad, suscribir una póliza de seguros y no realizar obras sin autorización municipal.
Presentación de ofertas
Las proposiciones se presentarán en el Ayuntamiento, con domicilio en Plaza Mayor 5, dentro del plazo de quince días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el BOP de Guadalajara. No se exige el uso de medios electrónicos y también podrán presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Podrán licitar personas físicas y jurídicas con plena capacidad de obrar y sin prohibiciones para contratar; cada licitador presentará una única oferta.
- Las ofertas se entregarán en dos sobres cerrados: el sobre «A», con la documentación administrativa (DNI o CIF, escritura de constitución y declaración responsable), y el sobre «B», con la proposición económica.
- El arrendatario deberá acreditar estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en un plazo de diez días hábiles desde el requerimiento.
Criterios de adjudicación
La Mesa de Contratación, constituida conforme al artículo 326 de la Ley 9/2017, valorará las ofertas sobre un total de 100 puntos con arreglo a los siguientes criterios:
- Importe anual ofrecido: hasta 30 puntos, según la fórmula oferta del licitador dividida entre la mejor oferta, multiplicada por 30.
- Hijos a cargo empadronados en el municipio: hasta 40 puntos, a razón de 10 puntos por hijo, acreditado con el libro de familia.
- Tiempo de empadronamiento en el municipio: hasta 30 puntos, a razón de 10 puntos por año completo, comprobado de oficio por el ayuntamiento.
Tras la apertura de los sobres, la Mesa podrá conceder hasta tres días para subsanar defectos y propondrá al adjudicatario, cuya adjudicación, motivada, deberá recaer en el plazo máximo de quince días desde la apertura de las proposiciones y publicarse en el perfil de contratante.
Con una renta de 300 euros mensuales y unos criterios que premian el empadronamiento y a las familias con hijos, el concurso de Masegoso de Tajuña refuerza la oferta de vivienda asequible en el medio rural de la provincia de Guadalajara y trata de fijar población en el municipio. El pliego fue firmado el 11 de agosto de 2026 por el alcalde, Francisco Javier Cortijo Puado, y la resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede recurrirse en reposición ante la Alcaldía o ante el Tribunal de Instancia de Guadalajara.
Fuente: BOP de Guadalajara, nº 155, 14 de agosto de 2026, sección Ayuntamientos, pág. 1 (referencia oficial: anuncio 2026_2183).