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BOP de Cáceres · 14 Aug 2026 · 10 vistas

Malpartida de Cáceres sanciona con 1.000 euros un vertido de sanitarios

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres ha resuelto imponer una multa de 1.000 euros a D. Juan Carlos Hinojal Santos por el vertido y depósito de sanitarios fuera del Punto Limpio municipal, hechos ocurridos el 6 de marzo de 2026. La resolución del expediente sancionador, firmada el 10 de agosto por el alcalde-presidente, Alfredo Aguilera Alcántara, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres número 155, de 14 de agosto de 2026, con referencia CVE BOP-2026-3859.

La sanción se adopta al amparo de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (LRYSC), que califica los hechos como infracción leve en su artículo 108.4, apartados b), c) y d), y fija la multa conforme al artículo 109.1 c). Completan el marco normativo la Ordenanza Municipal para la Recogida de Residuos Sólidos Urbanos y Limpieza Viaria (BOP de 22 de enero de 2009, n.º 14) y la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Un expediente tramitado en cinco meses

El procedimiento se abrió tras el informe del jefe de la Policía Local de 9 de marzo de 2026, que documentó el vertido localizado en el entorno del Punto Limpio. La tramitación incluyó:

  • Providencia del alcalde e informe de Secretaría, ambos de 10 de marzo de 2026, y resolución de incoación de 17 de marzo de 2026.
  • Notificación edictal de la incoación en el BOP de Cáceres n.º 86, de 8 de mayo de 2026, al resultar infructuosas las notificaciones en el domicilio conocido, conforme al artículo 44 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
  • Certificado de 17 de junio de 2026 acreditativo de que no se presentaron alegaciones en el plazo de diez días hábiles, junto a la propuesta de resolución del instructor de la misma fecha.
  • Nueva notificación edictal de la propuesta en el BOP de Cáceres n.º 137, de 21 de julio de 2026, y certificado de 6 de agosto de 2026 sin alegaciones.
  • Remisión de las actuaciones a la Alcaldía el 10 de agosto de 2026 para la resolución definitiva.

Infractor identificado por la matrícula

La resolución considera probado el vertido y depósito de sanitarios fuera del Punto Limpio con base en el informe policial. La matrícula del vehículo permitió identificar como propietario y presunto responsable a D. Juan Carlos Hinojal Santos, con DNI *9878, domiciliado en la Avenida de la Constitución, n.º 24, Escalera 1, 3.º T, de Cáceres. La conducta se califica como leve por su escasa cuantía o entidad y por contravenir las ordenanzas locales en la entrega de residuos domésticos no peligrosos.

La sanción impuesta es una multa de 1.000 euros, en aplicación del artículo 109.1 c) de la LRYSC.

Pago en período voluntario y recursos

El pago deberá efectuarse en período voluntario con arreglo al artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria:

  • Si la notificación llega entre los días 1 y 15 de un mes, hasta el día 20 del mes posterior (o el inmediato hábil siguiente).
  • Si llega entre los días 16 y último, hasta el día 5 del segundo mes posterior (o el inmediato hábil siguiente).

Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado puede interponer recurso de reposición potestativo ante el Alcalde en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente.

Un aviso para los usuarios del Punto Limpio

La publicación de esta resolución, ordenada también al amparo del artículo 44 de la LPACAP, convierte el caso en un ejemplo del control municipal de los vertidos ilegales: cualquier depósito de residuos fuera de los cauces previstos, incluido el entorno de los puntos limpios, puede acarrear expediente y sanción económica. Para los vecinos de Malpartida de Cáceres y del resto de la provincia, el anuncio subraya la obligación de usar los servicios de recogida y las instalaciones habilitadas, bajo apercibimiento de multas que en grado leve alcanzan los 1.000 euros.


Fuente: BOP de Cáceres, n.º 155, 14 de agosto de 2026, Sección I - Administración Local, págs. 18890-18894 (referencia oficial: CVE BOP-2026-3859).