Butlletí Oficial de les Illes Balears · 03 Nov 2026 · 9 vistas
Mallorca Rural abre las ayudas LEADER 2023-2027 con 1,1 millones de euros
Por FactBox Admin

La Associació Mallorca Rural ha aprobado las bases de la convocatoria de ayudas para el desarrollo rural de Mallorca del periodo 2023-2027, vinculadas a proyectos agrarios y ambientales. La primera convocatoria dispone de un importe máximo de 1.100.000 euros y el plazo para presentar solicitudes va desde el día siguiente a la publicación hasta el 15 de diciembre de 2026. El acuerdo se publica en el BOIB núm. 140, de 3 de noviembre de 2026, con la disposición 10973.
Un marco europeo de tres convocatorias
Las ayudas se enmarcan en la Estrategia de Desarrollo Local Participativo (EDLP) 2023-2027 de Mallorca y se tramitan de acuerdo con la Orden 10/2023, de 5 de abril, de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación, que establece las bases reguladoras del desarrollo rural en las Islas Baleares. El régimen deriva de los reglamentos europeos 2021/1060 y 2021/2115, que obligan a destinar como mínimo el 5 % de la contribución del FEADER al desarrollo local participativo.
El acuerdo prevé un total de tres convocatorias, con este calendario:
- Primera convocatoria: desde el día siguiente a la publicación al 15 de diciembre de 2026.
- Segunda convocatoria: del 15 de abril al 15 de mayo de 2027.
- Tercera convocatoria: del 1 de septiembre al 1 de octubre de 2027.
Solo la primera tiene crédito asignado: 550.000 euros a cargo del presupuesto del FOGAIBA de 2027 y 550.000 euros de 2028. El resto de convocatorias quedan sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado. La financiación se reparte entre el FEADER (40,00 %), la Administración General del Estado (8,00 %) y la Comunidad Autónoma (52,00 %), y un máximo del 30 % del total se puede destinar a proyectos no productivos.
Cuarenta municipios y hasta 50.000 euros por beneficiario
La zona elegible la forman cuarenta municipios de la isla, entre los cuales Alaró, Algaida, Ariany, Artà, Bunyola, Campos, Inca, Manacor, Montuïri, Petra, sa Pobla, Pollença, Porreres, Selva, Sineu, Sóller y Vilafranca de Bonany. En el caso de Calvià, Manacor, Pollença y Sóller se excluyen expresamente los núcleos costeros, como Magaluf, Palmanova, Portocristo, el Port de Pollença o el Port de Sóller.
Podrán ser beneficiarias las personas físicas mayores de 18 años, las sociedades mercantiles de hasta 49 trabajadores, las sociedades agrarias de transformación, cooperativas y sociedades laborales, las comunidades de bienes y las asociaciones o fundaciones sin ánimo de lucro. Quedan excluidas las administraciones públicas locales y autonómicas.
Las ayudas cubren tres grandes objetivos: la competitividad y la digitalización del sector agrario; la soberanía alimentaria, el relevo generacional y el patrimonio natural y paisajístico; y la adaptación climática, la eficiencia hídrica y la gestión forestal preventiva.
Intensidades, límites y obligaciones de los promotores
La intensidad de la ayuda llega al 90 % de los costes elegibles en proyectos no productivos y al 50 % en productivos, porcentaje que sube al 60 % si el beneficiario es una explotación agraria prioritaria inscrita en el registro correspondiente. La subvención máxima es de 50.000 euros por persona beneficiaria y convocatoria, y la inversión mínima exigida es de 5.000 euros.
Los proyectos deberán superar una puntuación mínima en el autobarem del anexo I: 39 puntos en el caso de los productivos y 36 en los no productivos. Las actuaciones son elegibles desde la publicación de la convocatoria, aunque los honorarios técnicos, las tasas y las fianzas de maquinaria se pueden contar desde el 1 de enero de 2026, y deben estar ejecutadas y pagadas antes del 30 de junio de 2029. Para gastos de 5.000 euros o más será necesario solicitar tres ofertas de proveedores diferentes.
La instrucción corresponde al Área de Gestión de Ayudas del FOGAIBA junto con el Grupo de Acción Local, y la valoración la realiza una Comisión Evaluadora presidida por un técnico del Consell Insular de Mallorca, con el gerente del GAL como secretario. Las solicitudes se deben presentar telemáticamente y los defectos se pueden subsanar en un plazo de diez días. El acuerdo lo firma el presidente de la entidad, Pedro Bestard Martínez.
La convocatoria abre una vía de financiación directa para ayuntamientos, entidades sin ánimo de lucro, cooperativas y emprendedores del mundo rural, con plazos escalonados hasta 2027 y un tope claro de 50.000 euros por proyecto que obliga a priorizar las iniciativas mejor puntuadas.
Fuente: Butlletí Oficial de les Illes Balears, núm. 140, de 3 de noviembre de 2026, Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos, pág. 61619 (referencia oficial: 10973).