Gazette of the Government of Maldives · 24 Sep 2026 · 8 vistas
Maldivas modifica el reglamento sobre programas acreditados impartidos fuera del país
Por FactBox Admin

La Autoridad de Cualificaciones de Maldivas ha modificado el reglamento que rige los programas que acredita cuando se imparten fuera de Maldivas, añadiendo una cláusula que permite a los centros acreditados impartir dichos programas en el extranjero con el permiso de las autoridades del país anfitrión. El cambio es la primera enmienda al Reglamento 2025/R-89 y fue publicado como Reglamento 2026/R-84 en la Gaceta del Gobierno de Maldivas del 24 de septiembre de 2026, Volumen 55, Número 152.
La enmienda fue emitida por la Autoridad de Cualificaciones de Maldivas bajo el Ministerio de Educación, Educación Superior y Desarrollo de Competencias, Malé, y aparece en la Sección I de la gaceta. El texto principal que modifica, el Reglamento 2025/R-89, es el reglamento sobre los programas acreditados por la Autoridad de Cualificaciones de Maldivas que se imparten fuera de Maldivas; el Reglamento 2026/R-84 es su primera enmienda.
El número de la gaceta tiene fecha del 24 de septiembre de 2026, correspondiente al 13 de Rabi’ al-Akhir de 1448, y lleva el número 152 del Volumen 55. Los reglamentos y otros instrumentos son publicados en la gaceta por la Oficina del Presidente, que los recibe para su publicación en su mesa de Asuntos Legales en Malé; la gaceta también se publica en línea en www.gazette.gov.mv.
Qué cambia la enmienda
La disposición operativa inserta una única subcláusula nueva en el artículo 4 del reglamento de 2025, inmediatamente después de la subcláusula (ށ) existente. El artículo 4 es la disposición del reglamento de 2025 a la que se dirige la enmienda.
- Nuevo artículo 4(ނ): un programa impartido por un centro acreditado por la MQA, en un nivel, donde el centro haya obtenido el permiso de las autoridades gubernamentales pertinentes de ese país para impartir dicho programa.
El resto del artículo 4 permanece intacto: la enmienda no reformula ni sustituye las subcláusulas existentes, y no introduce ningún otro cambio en el texto de 2025.
Entrada en vigor
- El reglamento entra en vigor a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta del Gobierno, es decir, el 24 de septiembre de 2026.
- El texto publicado no establece ningún periodo de transición ni ninguna fecha de inicio separada.
Quiénes se ven afectados
- Proveedores de formación maldivenses que posean la acreditación de la MQA y deseen impartir sus programas fuera de Maldivas.
- Estudiantes matriculados en, o que consideren, programas acreditados por la MQA impartidos en el extranjero.
- Instituciones asociadas extranjeras y las autoridades del país anfitrión que autorizan la impartición de dichos programas.
Al incorporar el permiso del gobierno anfitrión en las normas de acreditación, la enmienda otorga a los proveedores acreditados maldivenses una vía explícita para impartir sus programas en otros países y sitúa la impartición transfronteriza sobre una base regulatoria definida. Para los estudiantes, un programa acreditado por la MQA impartido en el extranjero se basa ahora en una condición establecida en el reglamento en lugar de en un vacío no abordado.
Fuente: Gaceta del Gobierno de Maldivas, No. 152, 24 de septiembre de 2026, Sección I (referencia oficial: 2026/R-84).