BOP de Soria · 21 Oct 2026 · 1 vistas
Magaña somete a información pública la ordenanza de recarga eléctrica municipal
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Magaña ha aprobado inicialmente la ordenanza municipal que regula el uso de las estaciones de recarga municipales de vehículos eléctricos en la vía pública. El acuerdo del Pleno, adoptado el 9 de octubre de 2026, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria núm. 121, de 21 de octubre de 2026, pág. 3626, con la referencia oficial BOPSO-121-21102026, y abre un plazo de treinta días para presentar reclamaciones.
La norma llega al boletín en fase de aprobación inicial, no definitiva: el anuncio firmado por el alcalde, Fernando Marín Redondo, el 13 de octubre de 2026, somete el texto a información pública para que cualquier interesado pueda examinarlo y formular alegaciones. El objeto declarado es el uso de las estaciones de recarga de titularidad municipal situadas en la vía pública del término de Magaña (Soria), una infraestructura que hasta ahora operaba sin un marco normativo local específico.
Treinta días para examinar el texto y alegar
El trámite se ajusta al procedimiento habitual de las ordenanzas locales y establece las siguientes condiciones:
- Plazo de información pública de treinta días, contados desde el día siguiente a la inserción del anuncio en el boletín, es decir, desde el 22 de octubre de 2026.
- Consulta del expediente en las dependencias municipales del Ayuntamiento de Magaña.
- Consulta simultánea en la sede electrónica municipal, en la dirección https://www.magana.es.
- Presentación de reclamaciones y sugerencias dentro de ese mismo plazo.
- Aprobación definitiva automática del acuerdo si no se presenta ninguna reclamación.
El anuncio advierte de que, en caso de no registrarse alegaciones en el plazo indicado, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la ordenanza, sin necesidad de un nuevo pronunciamiento del Pleno.
Amparo legal y alcance de la regulación
El Ayuntamiento invoca expresamente los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 56 del Texto Refundido de Régimen Local. Son los preceptos que habilitan a las entidades locales para aprobar ordenanzas y para someterlas al trámite de información pública antes de su entrada en vigor.
La ordenanza se limita, según el título oficial del acuerdo, al uso de las estaciones de recarga municipales ubicadas en la vía pública. El anuncio no detalla tarifas, potencias de carga ni número de puntos disponibles, de modo que esos extremos deberán consultarse en el texto íntegro del expediente durante el periodo de exposición.
Un trámite que ya recorrió Carrascosa de la Sierra
La iniciativa de Magaña no es un caso aislado en la provincia. Un mes antes, el Ayuntamiento de Carrascosa de la Sierra aprobó inicialmente una ordenanza de idéntico objeto —regulación del uso de estaciones de recarga municipales de vehículos eléctricos en la vía pública— por acuerdo de su Pleno de 11 de septiembre de 2026, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria núm. 109, de 18 de septiembre de 2026, pág. 3207, y firmada por su alcalde, David Martínez.
Ambos anuncios comparten la misma estructura, el mismo plazo de treinta días y la misma base legal, lo que apunta a un modelo de ordenanza replicado por ayuntamientos pequeños de la comarca para ordenar una infraestructura que gestionan directamente.
Por qué importa
La aprobación de esta ordenanza fija por primera vez en Magaña las reglas de uso de los puntos de recarga públicos: quién puede conectarse, en qué condiciones y con qué cobertura jurídica frente a ocupaciones indebidas de la vía pública. Para los vecinos y para los conductores de paso por la comarca, el texto que salga del periodo de alegaciones determinará la práctica cotidiana de la recarga en el municipio. El plazo para intervenir está abierto hasta el 20 de noviembre de 2026, y quienes presenten reclamaciones obligarán al Ayuntamiento a resolverlas antes de dar la norma por definitiva.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria, núm. 121, 21 de octubre de 2026, sección II. Administración Local, pág. 3626 (referencia oficial: BOPSO-121-21102026).