Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · 30 Sep 2026 · 13 vistas
Madrid convoca cinco millones en subvenciones de inserción laboral con contratación indefinida
Por FactBox Admin

La Comunidad de Madrid ha convocado 5.000.000 de euros en subvenciones para el año 2026 destinadas al Programa de Orientación, Formación e Inserción Laboral con compromiso de contratación en el ámbito empresarial privado. La convocatoria se formaliza mediante la Orden de 23 de septiembre de 2026, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, cuyo extracto publica el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 233, de 30 de septiembre de 2026, con el identificador BDNS 931557.
La medida se apoya en las bases reguladoras fijadas por la Orden de 12 de junio de 2026, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 149, de 25 de junio de 2026. El programa se enmarca en las políticas activas de empleo del Gobierno regional y vincula la ayuda pública a un resultado concreto: que las personas participantes acaben contratadas de forma indefinida.
Itinerarios de formación y práctica en la empresa
Las ayudas sufragarán el desarrollo de itinerarios que combinen actuaciones de formación y de práctica laboral en el ámbito empresarial, con la inclusión de un compromiso para la posterior contratación de carácter indefinido. Los proyectos deberán incorporar además actuaciones de orientación y acompañamiento a las personas participantes a lo largo de todo el programa.
El dinero financiará, en concreto:
- Los gastos derivados del contrato de formación en alternancia de las personas alumnas-trabajadoras.
- Los gastos de formación para la impartición de un certificado profesional correspondiente a la actividad a desarrollar.
- Otra formación complementaria específica, en su caso.
- Las actuaciones desarrolladas por entidades sin ánimo de lucro para la orientación y el acompañamiento de los participantes.
Empresas y entidades sin ánimo de lucro como beneficiarias
Podrán acogerse a las subvenciones las empresas y entidades de carácter privado que no tengan ánimo de lucro, siempre que reúnan los requisitos y condiciones de las bases reguladoras y de la orden de convocatoria. También podrán ser beneficiarias las agrupaciones privadas de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes y cualquier otra unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, pueda llevar a cabo los proyectos.
En el caso de agrupaciones sin personalidad jurídica, cada miembro tendrá igualmente la condición de beneficiario y deberá ejecutar la parte del proyecto a la que se haya comprometido. Será obligatorio nombrar un representante o apoderado único con poderes bastantes, y la agrupación no podrá disolverse hasta que transcurra el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Cinco millones ampliables y veinte días de plazo
El crédito consignado asciende a 5.000.000 de euros, con cargo al programa presupuestario 241M-Promoción y Fomento del Empleo y al subconcepto 47202 “Políticas activas de empleo” de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2026. Esa cuantía podrá incrementarse en un máximo de 2.000.000 de euros adicionales, conforme al artículo 4 quater de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.
La efectividad de esa cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito y, en su caso, a la aprobación previa de la modificación presupuestaria que proceda, siempre antes de la resolución de concesión. El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
La orden está firmada en Madrid a 23 de septiembre de 2026 por la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, con la firma por delegación de la Viceconsejera de Economía y Empleo, María del Carmen Tejera Gimeno, conforme a la Orden de 17 de abril de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 108, de 7 de mayo de 2024).
La convocatoria abre una vía de financiación directa para empresas y entidades sociales que apuesten por contratar de forma indefinida a personas desempleadas, y llega con un plazo de solicitud corto: apenas un mes natural desde la publicación del extracto. Para los desempleados, el programa supone formación certificada y práctica real en empresa con expectativa de empleo estable.
Fuente: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, núm. 233, de 30 de septiembre de 2026, sección I.C “Otras Disposiciones”, págs. 123-124 (referencia oficial: BOCM-20260930-35; BDNS 931557).
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2026-09-30