Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · 28 Oct 2026 · 5 vistas
Madrid aprueba el estudio de detalle de una parcela educativa en Villaverde
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado definitivamente el Estudio de Detalle de la parcela situada en la calle de la Hermandad de Donantes de Sangre, con vuelta a la calle de El Santo de la Isidra y vuelta a la calle de El Caserío, en el distrito de Villaverde. La decisión la adoptó el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 29 de septiembre de 2026, con el expediente 135-2025-00157. El acuerdo se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 258, de 28 de octubre de 2026, dentro de la sección III (Administración Local), con la referencia oficial BOCM-20261028-17.
Un instrumento promovido por la Consejería de Educación
El Estudio de Detalle afecta a una parcela del distrito de Villaverde y fue promovido por la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid, según recoge el propio acuerdo plenario. La aprobación se ajusta a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 61.5 y 62.2 de la misma norma.
El texto aprobado no detalla las determinaciones concretas del documento —alineaciones, volúmenes u ordenación pormenorizada—, sino que se limita al acuerdo de aprobación y a su régimen de publicación y depósito. El instrumento incide en la ordenación urbanística del ámbito en el que se ubica la parcela.
Publicación, depósito y control judicial
El acuerdo plenario ordena, en su punto segundo, publicar el acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, con indicación de que previamente se procedió a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística.
El anuncio precisa además los efectos jurídicos del acuerdo:
- Pone fin a la vía administrativa.
- Contra él puede interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
- El plazo para recurrir es de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el BOCM.
- El cauce se ampara en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
- Queda a salvo la posibilidad de utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de los derechos.
Firma del anuncio y órgano competente
El anuncio lo suscriben la directora general de Planeamiento, María Ángeles Fernández Hernando, y el secretario general del Pleno en funciones, vicesecretario general del Pleno, Juan José Orquín Serrano, en Madrid, a 13 de octubre de 2026. El acuerdo se encuadra en la actuación del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid.
El texto se difunde “para general conocimiento” en cumplimiento del artículo 66.1 de la Ley 9/2001 y deja constancia de que un ejemplar fue remitido al Registro Administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística.
Relevancia para el distrito
La aprobación definitiva cierra la tramitación municipal del instrumento de ordenación pormenorizada y despeja el desarrollo previsto en esta parcela de Villaverde, en un ámbito delimitado por tres viales. Para los vecinos y para cualquier interesado, el calendario de impugnación ya está en marcha: el plazo de dos meses ante el TSJ de Madrid se cuenta desde el día siguiente a la publicación en el BOCM, es decir, desde el 29 de octubre de 2026.
Fuente: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, núm. 258, 28 de octubre de 2026, sección III (Administración Local), págs. 57-58 (referencia oficial: BOCM-20261028-17).
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2026-10-28