Diario Oficial de la Federación · 08 Sep 2026 · 1 vistas
México cuadruplica cuota antidumping a bicicletas chinas para niños
Por FactBox Admin

La Secretaría de Economía concluyó el procedimiento administrativo de revisión de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de bicicletas para niños originarias de la República Popular China y elevó el gravamen de 13.12 a 57.19 dólares por pieza, un incremento de más de cuatro veces. La resolución final se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del martes 8 de septiembre de 2026, número de publicación 244/2026, y entrará en vigor el día siguiente a su publicación.
El documento, firmado el 21 de agosto de 2026 por el secretario de Economía, Marcelo Luis Ebrard Casaubon, confirma que las importaciones de bicicletas para niños con rodadas de 10 a 20 pulgadas se realizaron en condiciones de discriminación de precios por 57.19 dólares por pieza, margen superior al determinado en la investigación original. La mercancía ingresa por la fracción arancelaria 8712.00.05 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), con Número de Identificación Comercial (NICO) 02.
Antecedentes del gravamen
La cuota compensatoria tiene una larga trayectoria. La Resolución final de la investigación antidumping del 21 de diciembre de 2015 fijó el gravamen original en 13.12 dólares por pieza; el examen de vigencia del 1 de abril de 2022 lo prorrogó por cinco años, y la revisión de oficio del 24 de abril de 2024 lo mantuvo sin cambios. El presente procedimiento se inició el 9 de abril de 2025 y su resolución preliminar del 8 de octubre de 2025 ya había anticipado la modificación a 57.19 dólares.
El periodo de revisión comprendió del 1 de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2024. La Secretaría determinó que hubo un cambio de circunstancias respecto del margen de discriminación de precios y confirmó la procedencia de modificar la cuota, con fundamento en los artículos 11.1, 11.2 y 11.4 del Acuerdo Antidumping, 68 de la Ley de Comercio Exterior (LCE) y 99, 100 y 105 de su Reglamento.
Partes y metodología
Comparecieron como partes interesadas las productoras nacionales y dos importadoras:
- Asociación Nacional de Fabricantes de Bicicletas, A.C.
- Bicicletas Mercurio, S.A. de C.V.
- Bicicletas Supermex, S.A. de C.V.
- Bicicletas Veloci, S.A. de C.V.
- Distribuidora de Bicicletas Benotto, S.A. de C.V.
- Comercializadora México Americana, S. de R.L. de C.V. (CMA)
- Importacop, S.A. de C.V.
Para calcular el valor normal, las solicitantes presentaron un estudio con cotizaciones del mercado interno chino obtenidas de las empresas Trinx, Shenzhen Xidesheng, Shanghai Permanent y Shanghai Phoenix, ajustadas por inflación y por el impuesto al valor agregado (VAT) del 13%. La Secretaría excluyó las referencias que no cumplían con la definición del producto y calculó el margen de discriminación de precios comparando el precio de exportación con el valor normal.
Aplicación y alcance
La cuota se liquidará en dólares por pieza, en su equivalente en moneda nacional, y su aplicación en todo el territorio corresponde a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Los importadores no estarán obligados a pagarla si comprueban que el país de origen de la mercancía es distinto a China, conforme a las normas para la determinación del país de origen de mercancías importadas.
La resolución se notificará a las partes comparecientes y se comunicará a la Agencia Nacional de Aduanas de México y al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para los efectos legales correspondientes.
Impacto para el consumidor
El aumento de la cuota compensatoria encarecerá de forma directa el costo de las bicicletas para niños importadas de China, un producto de consumo masivo que compite en el mercado mexicano. Para los importadores y distribuidores implicará un mayor costo por pieza, que en buena medida podría trasladarse al precio final, mientras que la industria nacional de fabricantes de bicicletas se verá beneficiada por una mayor protección frente a la competencia china.
Fuente: Diario Oficial de la Federación, número de publicación 244/2026, martes 8 de septiembre de 2026, Secretaría de Economía, pág. 11 (Resolución final del procedimiento administrativo de revisión de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de bicicletas para niños originarias de la República Popular China).